Atentados a la diversidad

No podemos retroceder cada tanto a causa de jueces o ciudadanos que olvidan que somos un estado laico, en donde no hay una religión oficial que nos representa.


 En los últimos días hemos sido testigos de dos actos homofóbicos en nuestro país. Ambos agresores de la diversidad se abrigaron en el nombre del Dios de la religión católica para atacar y prohibir el libre desarrollo de la personalidad de tres mujeres. Estos hechos, ocurridos en las ciudades de Cartagena y Bogotá nos devuelven a la época en la que la homosexualidad estaba tipificada en el código penal colombiano y en el cual se manifestaba que “en la misma sanción [pena de seis meses a dos años de prisión] incurren los que consumen el acceso carnal homosexual, cualquiera que sea su edad”; asegurando que quienes tuviesen dichas preferencias sexuales eran enfermos que atentaban contra la moral pública y social. Como consecuencia de este pensamiento arcaico, en Europa y otras partes del mundo se desarrollaron entre el siglo XIX y XX experimentos en pro de una ‘cura’ contra la homosexualidad. Entre los más hostiles se presentaron electroshocks, trasplantes de testículos y hasta cirugías cerebrales. Sin lugar a duda, estas pruebas sólo evidencian una época de ignorancia y desconocimiento humano que dañó a un gran sector de la sociedad. Por fortuna, la Organización Mundial de la Salud invalidó en 1990 la idea de que la homosexualidad era una enfermedad mental, un poco tarde realmente, pero un hecho de gran significancia para los miembros de esta comunidad.

Volviendo al país más feliz del mundo, vimos que el primer caso lo originó el juez décimo civil municipal de Cartagena, el cual rechazó la solicitud de matrimonio realizada por dos mujeres de la comunidad LGBTI. El servidor argumentó que: “no puedo casar a dicha pareja del mismo sexo, porque ello contraría mi moral cristiana, va en contra de mis principios esenciales” y cerró diciendo que en caso de tener que elegir “prefiero la ley de Dios” que la ley humana. La pregunta que surge de esta sentencia es cómo puede un juez de la república despojarse de sus funciones judiciales para negar los derechos civiles de dos ciudadanas. Es tan sencillo como que, si no puede separar sus creencias religiosas de sus responsabilidades como servidor público, que abandone el cargo y se dedique a conservar y promulgar sus creencias, pero que no se las imponga a los demás. No podemos retroceder cada tanto a causa de jueces o ciudadanos que olvidan que somos un estado laico, en donde no hay una religión oficial que nos representa. Y que, además, buscan arremeter contra quienes no siguen sus creencias.

Ignoró también el juez Ramiro Flórez que la Corte Constitucional, en su sentencia T-388 del 2009 declaró que “quien ostenta tal calidad [autoridad pública] no puede excusarse en razones de conciencia para abstenerse de cumplir con sus deberes constitucionales y legales pues con dicha práctica incurriría en un claro desconocimiento de lo dispuesto en los artículos 2º y 6º de la Constitución Nacional”; determinando así, que ninguna creencia religiosa, filosófica, política, etc. podrá influir en la toma de decisiones que le corresponden al funcionario.

El otro caso, ocurrido en la ciudad de Bogotá, se dio mientras la alcaldesa de esta ciudad presentaba algunas medidas de movilidad sostenible en un espacio abierto. Allí, un hombre repentinamente se despachó en contra de López y de nuevo en el nombre de Dios, le dijo: “En el nombre Cristo Jesús te reconvengo. Si tú te quieres volver homosexual hazlo tú, pero no le enseñes eso a nuestros hijos. Nuestros hijos no estamos de acuerdo con esas enseñanzas.” Claramente un acto reprochable que atenta contra el libre desarrollo de la personalidad de la mandataria y que además estimula pasiones irracionales e intolerantes hacia las diversidades sexuales.

Tristemente, estos actos son justificados bajo una lógica moral y religiosa en la que se presupone que Dios no permite otras orientaciones y que además deben ser reprimidas o castigadas. Pues no, no distorsionen los mensajes de tolerancia, respeto y amor de Dios; no se excusen en creencias fanáticas e intransigentes que reproducen estigmas y estereotipos que culminan en la violación de derechos civiles, en un incremento de la desigualdad, del hostigamiento, de amenazas y hasta homicidios. Esto no es lo que proclama un Dios que es amor, al que no le importan las diferencias porque lo relevante es lo que lleva cada uno en su interior. No persistan en su idea de asediar a quien piensa y actúa diferente.

Por esto y más, es que hoy hay una gran deuda con este sector de la población. Deuda que no sólo tiene la iglesia católica y sus derivadas, sino la ciencia, la academia, la política; una deuda que, si bien se ha ido subsanando, es claro que falta mucho por hacer.

 

[Información de: Bustamante, W. 2008. El delito de acceso carnal homosexual en Colombia Entre la homofobia de la medicina psiquiátrica y el orden patriarcal legal]

Andrés Trujillo Ossa

Mi nombre es Jorge Andrés Trujillo Ossa, estudiante de noveno semestre de Pedagogía de la Universidad de Antioquia. Soy un ciudadano inconforme al cual le gusta escribir y expresar sus ideas en el papel, pero que se siente en la obligación de compartir su opinión con el resto de la ciudadanía y de esta forma ser la voz de muchos que hemos permanecido relegados y casi silenciados.

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