#Politipedia | Candidaturas por Firmas ¿cuántas se necesitan y cuánto cuesta la póliza de seriedad?

POLITIPEDIA: Candidatura por firmas

En Colombia, las candidaturas por firmas representan una opción democrática para aquellos ciudadanos que desean postularse a cargos de elección popular sin pertenecer a un partido político. Este mecanismo permite a los candidatos independientes acceder a la contienda electoral y promover sus propuestas ante el electorado. En este artículo, exploraremos los fundamentos normativos, el proceso de inscripción y los requisitos de firmas para las candidaturas por firmas en elecciones locales.


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Requisitos de Firmas para Inscribir Candidaturas en Elecciones Locales

El número de firmas requeridas para inscribir una candidatura independiente en elecciones locales varía según el cargo y las regulaciones específicas de cada entidad territorial. En general, se establece un porcentaje de firmas con respecto a los votos válidos emitidos en la elección anterior para el mismo cargo. Por ejemplo, para postularse como alcalde, el respaldo de firmas puede representar al menos el 5% de los votos válidos emitidos en la elección anterior para ese cargo en el municipio correspondiente.

El proceso de recolección de firmas

  1. Organización del comité promotor: El candidato independiente debe conformar un comité promotor, compuesto por ciudadanos que apoyen su postulación. Este comité será responsable de recolectar las firmas necesarias para respaldar la candidatura.
  2. Obtención de formularios: El comité promotor debe acudir a la autoridad electoral correspondiente, generalmente la Registraduría Nacional del Estado Civil, para obtener los formularios oficiales de recolección de firmas. Estos formularios contienen espacios para que los ciudadanos interesados en apoyar la candidatura firmen y proporcionen su información personal.
  3. Campaña de recolección de firmas: El comité promotor lleva a cabo una campaña de recolección de firmas, solicitando el apoyo ciudadano para respaldar la candidatura. Se establece un plazo determinado para recolectar las firmas requeridas.
  4. Verificación de firmas: Una vez recopiladas las firmas, el comité promotor debe presentar los formularios ante la autoridad electoral correspondiente. Esta entidad realizará un proceso de verificación para determinar la validez de las firmas recolectadas. Se verifica que las firmas correspondan a ciudadanos aptos para votar en el territorio y que cumplan con los requisitos establecidos.
  5. Inscripción oficial: Si se verifica que el candidato ha obtenido el número suficiente de firmas válidas, se le otorgará la inscripción oficial como candidato independiente. A partir de ese momento, el candidato podrá participar en la contienda electoral y llevar a cabo su campaña.

¿Cuántas firmas se necesitan?

Se necesita reunir al menos el veinte (20) por ciento del resultado de dividir el número de personas ciudadanas aptas para votar entre el número de puestos o cargos por proveer. En ningún caso se exigirán más de cincuenta mil firmas para permitir la inscripción de un candidato.

(Censo electoral)/ (Número de curules) ×20%


¿Cuánto cuesta la póliza de seriedad para las candidaturas?

De acuerdo con las disposiciones establecidas por el Consejo Nacional Electoral (CNE), los candidatos que deseen postularse para cargos de gobernadores y asambleístas en Colombia están sujetos al pago de pólizas cuyo valor varía según la cantidad de habitantes en edad de votar en el respectivo departamento.

  • En el caso de las zonas con menos de 100.000 habitantes habilitados para votar, se requiere el pago mínimo de 75 salarios mínimos legales vigentes, lo que equivale a aproximadamente $87 millones.
  • Para los departamentos con poblaciones entre 100.000 y 390.000 votantes habilitados, el valor de la póliza se incrementa a 100 salarios mínimos, lo que representa alrededor de $116 millones.
  • En el siguiente nivel, aquellos departamentos con poblaciones entre 390.000 y 700.000 votantes habilitados, el monto de la póliza se eleva a 125 salarios mínimos vigentes, es decir, alrededor de $145 millones.

Estos montos establecidos por el CNE corresponden a las pólizas que los candidatos deben pagar como requisito para su participación en las elecciones. Es importante destacar que estos valores están sujetos a cambios y deben ser consultados con la autoridad electoral competente en cada proceso electoral específico.


FUENTES

La inscripción de candidatos por firmas en Colombia está regulada por diversas normas y disposiciones legales. A continuación, se mencionan algunas de las principales normas que establecen los requisitos y procedimientos para la inscripción de candidaturas por firmas:

Ley 1475 de 2011 (Ley de Partidos y Movimientos Políticos): Esta ley establece los mecanismos y procedimientos para la inscripción de candidatos independientes mediante el respaldo ciudadano. En su artículo 9, se establece que los ciudadanos pueden presentar candidaturas por firmas siempre y cuando cumplan con los requisitos y procedimientos establecidos.

Resolución N° 0674 de 31 de enero de 2023. Por la cual se fija el valor de las pólizas de seriedad de candidaturas que deben otorgar los grupos significativos de ciudadanos y los movimientos sociales que inscriban candidatos a gobernaciones, asambleas, alcaldías, concejos municipales y distritales; así como a juntas administradoras locales, para las elecciones que se lleven a cabo en el año 2023.

 

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