¿El Primer Ministro Benjamín Netanyahu de Israel asistiendo al próximo acto de traspaso de poderes en Costa Rica?

El pasado 27 de abril, un titular de un artículo de LaNación se lee como sigue: “¿Vendrá el presidente o el primer ministro de Israel a la toma de posesión de Laura Fernández? Esto dijo el canciller Arnoldo André”.

La lectura del artículo no permite saber cuál de los dos dirigentes israelíes vendrá a Costa Rica, o si será, finalmente, otra alta autoridad israelí de menor rango la que se hará presente en Costa Rica para el acto oficial de traspaso de poderes.

La duda persiste desde que se editó esta nota, el 27 de abril pasado, al no haberse precisado en los días subsiguientes la identidad del dirigente israelí que se hará presente el próximo 8 de mayo: salvo error de nuestra parte,  ningún medio costarricense tuvo la curiosidad de solicitar una pequeña aclaración desde esta publicación de La Nación.

Cabe precisar que es muy probable que lleguen para la ocasión a Costa Rica, jefes de Estado de América Latina muy cercanos a Israel en la actualidad, como los de Argentina, Ecuador, El Salvador y Paraguay. Con relación a los viajes emprendidos en el exterior, hace ya un buen tiempo que el único destino de los vuelos internacionales del Primer Ministro israelí se reducen a uno: Estados Unidos.

De manera a tener una idea de los invitados internacionales que se hacen presentes a traspasos de poderes recientes, remitimos a este artículo publicado en ElPais (España) relacionado al acto oficial celebrado en Santiago de Chile el pasado 11 de marzo, y a esta nota de prensa sobre el acto realizado en La Paz (Bolivia) en el mes de noviembre del 2025.

Las obligaciones internacionales que pesan sobre Costa Rica

De venir en persona el actual Primer Ministro de Israel, objeto de una orden de captura por parte de la Corte Penal Internacional  (CPI) desde noviembre del 2024 (véase anuncio oficial de la CPI), las autoridades de Costa Rica deberían en buena lógica, proceder a capturarlo y ponerlo de inmediato a disposición de la justicia penal internacional de La Haya.

Esta posibilidad resulta difícil de considerar: si el Primer Ministro emprende un largo vuelo desde Israel hacia Costa Rica, es porque ha recibido seguridades oficiales de que no será capturado por las autoridades costarricenses, dispuestas en este caso, a hacer a un lado todas las obligaciones internacionales asumidas por Costa Rica; y porque se han realizado las consultas correspondientes con el aparato de inteligencia de su incondicional aliado, Estados Unidos, en aras de prevenir cualquier desliz y/o riesgo de captura en suelo costarricense.

De no capturarlo el Poder Ejecutivo, sería entonces la justicia costarricense la llamada a proceder a ordenar su captura y puesta a disposición de la justicia internacional de La Haya. Con, en perspectiva, un eventual nuevo pulso entre el Poder Judicial y el Poder Ejecutivo: uno más de tantos que se han observado en los últimos cuatro años en Costa Rica.

Es de recordar que desde el 2002, la ley 8272 (véase texto), tipifica en la legislación penal costarricense, los crímenes de guerra y de lesa humanidad. En respuesta a la consulta prescriptiva con relación al Estatuto de Roma, la Sala Constitucional en su voto Nº 09685 – 2000  del año 2000 (véase texto completo) señaló que:

Desde la perspectiva del derecho costarricense, la detención y entrega de un extranjero no plantea dificultades de orden constitucional, porque no hay norma alguna en la Constitución que pudiera invocarse para impedir su detención y entrega en el marco delEstatuto“.

Este documento colgado en el sitio de la CPI (sin fecha ni autoría o encabezado…) posiblemente haya sido elaborado por las autoridades diplomáticas de Costa Rica a la hora de sistematizar las diversas iniciativas para implementar el Estatuto de Roma en el ordenamiento jurídico costarricense, algunas de ellas aún encontrándose en trámite en la Asamblea Legislativa.

Desde la perspectiva del derecho internacional público, Costa Rica es un Estado Parte al Estatuto de Roma (véase texto), un tratado que cuenta con 124 Estados Partes y que establece una serie de obligaciones a los Estados Partes en materia de cooperación con relación a la captura de personas requeridas por la CPI (en sus artículos 86 a 102).

La lista de los 124 Estados Partes (véase estado oficial de firmas y ratificaciones) explica la escogencia de destinos “seguros” para el Primer Ministro de Israel como Washington, Miami y Nueva York, ciudades a las que ha viajado de manera repetida en los últimos tiempos (evitando, por ejemplo, pese a recibir una invitación oficial, viajar a Roma para honrar los restos fúnebres de su Santidad el Papa Francisco en abril del 2025). Desde que fue electo, el nuevo alcalde de Nueva York ha enfatizado que sí ordenaría la captura del Primer Ministro como alcalde de Nueva York (véase nota de prensa), dispuesto a enfrentar a las autoridades federales de Estados Unidos si fuera del caso: será de sumo interés observar si viajará nuevamente (o no) a Nueva York el actual Primer Ministro de Israel para la próximo Asamblea General de Naciones Unidas, a realizarse en septiembre del 2026.

La coherencia y la consistencia (también…) puestas a prueba

A las diversas obligaciones jurídicas que derivan de un instrumento como el Estatuto de Roma, en particular en los artículos 86 a 92 del Estatuto de Roma, hay que añadir la coherencia y la consistencia de las actuales autoridades costarricenses con respecto a la CPI, que obligarían también a proceder a la captura del actual Primer Ministro israelí.

A menos … que las actuales autoridades costarricenses salientes estén dispuestas a realizar un nuevo ejercicio sobre incoherencias e inconsistencias, y ello a la faz de la comunidad internacional, este próximo 8 de mayo.

 Al respecto, cabe recordar que el 22 de marzo del 2023, la máxima autoridad de Costa Rica visitó en La Haya la sede de la justicia penal internacional (véase comunicado oficial de la CPI), ocasión en la cual externó que:

In these times of great global challenges, it is essential to have an independent and impartial International Criminal Court to guarantee that the worst international crimes do not go unpunished. Costa Rica reaffirms its unwavering commitment to international criminal justice, the integrity of the Rome Statute and the protection of the judicial independence of the International Criminal Court”.

De igual manera, durante la última Asamblea de Estados Partes al Estatuto de Roma, celebrada en La Haya en diciembre del 2025, Costa Rica reafirmó su pleno apoyo a la labor de la CPI, indicando que (véase comunicado oficial):

Costa Rica recordó que todos los Estados Parte del Estatuto de Roma están llamados a trabajar de manera comprometida con la Corte, y a brindar un apoyo consistente para que esta pueda cumplir con su mandato de forma eficaz y coherente, en todas las situaciones bajo su jurisdicción”.

El texto anterior proviene de un comunicado de prensa elaborado por el aparato diplomático costarricense, cuyo actual titular fue el que anunció, el pasado 27 de abril,  la presencia de altos dirigentes de Israel en Costa Rica el próximo 8 de mayo, sin precisar su identidad exacta.

Como no ha habido cambios de titular en la conducción de la diplomacia costarricense desde el mes de mayo del 2022, podemos considerar que la coherencia y la consistencia de lo escuchado en La Haya en el 2023 y en el 2025 se mantienen.

Resulta de interés señalar que en marzo del 2026, mientras que la comunidad internacional repudió la adopción de una polémica ley  en Israel instaurando la pena de muerte de manera discriminatoria en Israel, al ser aplicable únicamente para condenados palestinos (véanse entre muchos comunicados oficiales, el de España, de Francia, de la misma Unión Europea y el  comunicado conjunto  de Alemania, Francia, Italia, Nueva Zelanda y Reino Unido así como este comunicado de varios expertos de Naciones Unidas), el aparato diplomático costarricense se mantuvo omiso. Al respecto resulta oportuno leer el comunicado oficial de Costa Rica del 2024 en el día internacional de la abolición de la pena de muerte.

De igual manera es menester recordar la posición del delegado de Costa Rica en abril del 2014 al votarse una resolución del Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas exigiendo un embargo de armas a destinación de Israel (véase nota de Delfino.cr). A la fecha, ninguna explicación del voto se ha hecho pública al respecto, teniendo los delegados de los Estados, en Ginebra como en Nueva York, la posibilidad de explicarse ante las demás delegaciones.

Algunos precedentes recientes con respecto a Estados que invitan a criminales de guerra buscados por la CPI

Más allá de los extraños silencios del aparato diplomático de Costa Rica cuando Israel viola principios que ha defendido en el plano internacional, con relación al continente europeo, resulta oportuno precisar el hecho siguiente: hasta hace muy poco, el actual Primer Ministro de Israel disponía de una capital en Europa para aterrizar sin problema, en un Estado Parte al Estatuto de Roma.

No obstante, con las recientes elecciones realizadas y el cambio de autoridades en Hungría, la única capital en Europa donde podían aterrizar sin mayores dudas los pilotos del actual Primer Ministro israelí, dejó de serla: véase nota sobre posición de las nuevas autoridades húngaras con respecto a la justicia penal internacional de La Haya.

Es de notar que en julio del 2025, la CPI emitió una decisión condenando a Hungría por no cumplir con las obligaciones derivadas del Estatuto de Roma (véase texto de esta decisión). Se trata de una decisión muy similar a otra anterior, en contra de Mongolia, al haber invitado sus autoridades (sin capturarlo) al actual Presidente de Rusia, también objeto de una orden de captura en su contra emitida por la CPI en marzo del 2023 (véase comunicado oficial de la CPI): la decisión relativa a Mongolia es del 24 de octubre del 2024, y por cierto, lleva la firma mancomunada del actual juez costarricense en la CPI (véase texto).

Como se puede observar, los pilotos de las aeronaves del actual Primer Ministro de Israel y del Presidente de Rusia tienen que evitar aterrizar en Estados Partes al Estatuto de Roma: de hacerlo y no ser capturados sus ilustres ocupantes, ambos buscados por la justicia penal internacional por crímenes de guerra, las autoridades nacionales de estos Estados se exponen a una fuerte condena por parte de la CPI (tal y como ocurrió con Mongolia en el año 2024 y con Hungría en el año 2025).

Estos pilotos también deben preocuparse por escoger planes de vuelo o itinerarios “seguros”: en el caso de Francia, en abril del 2025, un colectivo de juristas externó su profunda indignación al haber Francia autorizado el sobrevuelo de una aeronave en la que viajaba el Primer Ministro de Israel (véase carta dirigida al Presidente de Francia).

En septiembre del 2025, como se puede apreciar en esta nota de prensa, los pilotos israelíes optaron por evitar a toda costa sobrevolar a Grecia, Italia, Suiza, Francia, pero también España y Portugal en el viaje del Primer Ministro israelí a la ciudad de Nueva York, con motivo de la Asamblea General de Naciones Unidas.

Mapas extraídos de esta nota de prensa, titulada “Benjamin Netanyahu avoids French and Spanish airspace on flight to UN”, The National, edición del 25 de septiembre del 2025

Con relación al destino final de este vuelo para el Primer Ministro de Israel del mes de septiembre del 2025, evitando sobrevolar a varios Estados europeos, no está de más recordar la verdadera humillación que sufrió el dirigente israelí al tomar la palabra y al ver cómo se vaciaba rápidamente el recinto de la Asamblea General de Naciones Unidas en Nueva York (véanse al respecto este video y esta  nota del medio digital costarricense Delfino.cr), en señal de profundo repudio por su presencia en Naciones Unidas. Por cierto, entre las delegaciones que no salieron de la sala, figuran las de Argentina, Estados Unidos, Costa Rica, Ecuador, Hungría y Paraguay y unas pocas más. Podríamos decir que el recinto dejó de ser el de las “Naciones Unidas” y se sutituyó por unos breves minutos por las “Naciones Netanyhadas“: es decir delegaciones oficiales de Estados, que, por alguna razón que sería de interés conocer, no fueron autorizadas por sus respectivas capitales a acompañar el movimiento generalizado de indignación y de rechazo a la presencia del Primer Ministro de Israel.

Nunca en la historia de Naciones Unidas, un dirigente político objeto de una orden de captura por parte de la CPI se había atrevido a venir a tomar la palabra en la tribuna anual en Nueva York, antes del actual Primer Ministro israelí.

Recientes episodios en Costa Rica con relación a Israel y al genocidio en curso en Gaza

Resulta oportuno señalar que  al finalizar el mes de febrero del 2026, la Universidad de Costa Rica (UCR) anunció el otorgamiento de su máxima distinción académica a la Relatora de Naciones Unidas para los Derechos del Pueblo Palestino, la jurista italiana Francesca Albanese (véase anuncio oficial de la UCR): un apoyo a su valentía y a su labor que bien podría replicarse en otros recintos universitarios, y ello pese a la intensa campaña en su contra orquestada desde Estados Unidos e Israel y desde sus círculos afines (Nota 1).

Sobre las recientes acusaciones en su contra, se recomienda en particular leer el texto de la misma Francesca Albanese publicado en Le Monde Diplomatique (número de marzo 2026), titulado “Réponse a mes détracteurs” y cuyo texto integral esta disponible desde el 1 ero de abril. El pasado 2 de abril, se informó que Francesca Albanese recibió la máxima distinción académica remitida por tres universidades en Bélgica (véase nota de prensa).

En Costa Rica, personalidades e intelectuales han saludado esta llamativa iniciativa de la UCR (véase artículo de opinión publicado el pasado 29 de marzo en La Extra y este otro publicado con anterioridad en Delfino.cr, entre muchos más), al tiempo que otros han considerado oportuno repetir en artículos de opinión las falacias que el aparato diplomático israelí ha difundido en su contra, y ello desde su primer informe antes mencionado y titulado “Anatomía de un genocidio“, cuya lectura integral se recomienda.

El anuncio hecho el pasado 8 de abril sobre la declaración como organizaciones terroristas de cuatro entidades de Oriente Medio por parte de las autoridades de Costa Rica, evidencia la total alineación de Costa Rica a Estados Unidos (véase nota de La Nación), que tuvimos la oportunidad de señalar con relación a otra iniciativa conjunta entre Costa Rica y Estados Unidos (Nota 2). Sería de interés conocer la justificación oficial exacta para declarar justo en estos momentos, horas después de anunciar Estados Unidos un cese al fuego con Irán, a estas cuatro entidades como entidades terroristas, una iniciativa que consideramos que no es exempta de riesgos dada la fuerte tensión que se vive en Oriente Medio y la gran cantidad de turistas israelíes que visitan a Costa Rica, en particular en algunas playas en el Pacífico (Nota 3). En diciembre del 2025, tuvimos la ocasión de analizar el anuncio hecho desde Israel por parte del titular del comercio exterior costarricense, al firmar un Tratado de Libre Comercio (TLC) con Israel (Nota 4): se trata del primer TLC en el mundo firmado con Israel, estando su máxima autoridad sujeta a una orden de captura por parte de la CPI y siendo objeto Israel de una acción ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ) por genocidio, interpuesta por Sudáfrica desde el 30 de diciembre del 2023.

No está de más indicar de la repentina atención de toda la prensa internacional sobre Costa Rica que provocaría la presencia del Primer Ministro israelí en suelo costarricense el próximo 8 de mayo.

A modo de conclusión

Usualmente, las diversas contribuciones nuestras refieren a comentarios o análisis, desde la perspectiva jurídica internacional, de hechos o de situaciones pasadas: se puede tratar de fechas conmemorativas en derecho internacional pasadas totalmente desapercibidas, de algunas de las “trumpadas” a repetición que sacuden el ordenamiento jurídico internacional desde el 20 de enero del 2025, de decisiones de la justicia internacional de La Haya, de decisiones de la misma CPI, de sanciones adoptadas contra los jueces de la CPI o su Fiscal, de un acuerdo internacional que lleva orgullosamente el nombre de un cantón costarricense y no se ratifica por parte de Costa Rica, o bien de informes de Naciones Unidas publicados, etc…

En este preciso caso, se trata de una duda persistente, inducida por el precitado título de un artículo de prensa publicado en La Nación.

Si el objetivo de este titular era simplemente el de sembrar una pequeña duda, hay que reconocerle a su autor que logró plenamente su objetivo. La persistencia de la misma obedece al correr del tiempo y a la falta de claridad sobre la identidad de la persona que llegará al traspaso de poderes el próximo 8 de mayo en proveniencia de Israel a la capital costarricense. Si hemos logrado que esta incertidumbre lo acompañe hasta el mismo próximo 7 de mayo con una mezcla de intranquilidad y de pesadumbre, consideraremos, estimado/a lector/a, que estas cuantas líneas también habrán cumplido con su objetivo.

– – Notas – –

Nota 1: Estados Unidos, en el mes de julio del 2025, una reconocida ONG como Amnistía Internacional calificó de “vergonzosas” las sanciones tomadas por Estados Unidos contra, esta vez, ya no integrantes de la CPI, sino contra la Relatora Especial de Naciones Unidas sobre los Derechos del Pueblo Palestino, la jurista italiana Francesca Albanese (véase comunicado de prensa).Tuvimos la oportunidad de analizar su tercer informe sobre Gaza del mismo mes: remitimos a nuestros estimables lectores a nuestra nota titulada “Gaza / Israel: reflexiones desde una Costa Rica omisa sobre reciente informe de Naciones Unidas detallando la responsabilidad directa de empresas privadas en el genocidio en curso en Gaza“. Desde entonces, las intensas presiones contra la labor de Francesca Albanese no han cesado: el 12 de febrero del 2026, un colectivo de juristas franceses presentó una demanda contra las autoridades francesas (véase comunicado del 12 de febrero) y emplazó al Secretario General de Naciones Unidas ante una condena por parte de Francia a la persona de Francesca Albanese (condena hecha con base en un montaje bastante burdo que al parecer no detectó el jefe de la diplomacia de Francia, lo cual plantea algunas interrogantes sobre la capacidad de lectura de este alto funcionario galo y la de su equipo de asesores): véase al respecto la carta del Presidente de la ONG francesa JURDI del 20 de febrero del 2026 con dos anexos que evidencian lo burdo de la maniobra.

Nota 2: Véase BOEGLIN N., “Costa Rica – Estados Unidos: algunos apuntes con relación al reciente “acuerdo migratorio” sobre deportaciones vía aérea“, 27 de marzo del 2026. Texto integral disponible en este enlace.

Nota 3: Son muy diversos los artículos publicados en inglés en el exterior como éste y este otro  y esta nota y que detallan la presencia de una importante comunidad israelí en algunas playas en Costa Rica. Un reportaje de la televisión costarricense (véase enlace) de marzo del 2024 explica cómo en pocas horas, de surfear en un conocida playa en el Cóbano, jóvenes israelíes pasan a combatir en Gaza unos días después. Este reportaje merecería ser completado por otro para saber un poco más sobre los israelíes que, de regreso de varios meses en Gaza, entran a Costa Rica para ir a surfear en esta misma playa de Santa Teresa de Cóbano, objeto del precitado reportage. En el 2021, en esta misma playa se registró la muerte de un israelí por parte, al parecer, de coterráneos de la misma víctima (véase nota de CRHoy). En diciembre del 2025, en otra playa en Guanacaste, se registró un fuerte altercado con activistas denunciando el genocidio en Gaza (véase nota del Semanario Universidad).

Nota 4: Véase BOEGLIN N., “El tratado de libre comercio (TLC) con Israel firmado por Costa Rica el 8 de diciembre del 2025: reflexiones y preguntas, algunas incómodas“, 22 de diciembre. Texto integral disponible en este enlace.

Nicolás Boeglin

Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR)

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