Civismo Activo, ¿Responsabilidad del Derecho?

Civismo activo es ejercido en la actualidad en Colombia por unos entes organizacionales llamados Sociedades de Mejoras Públicas, creadas en 1899 en Medellín por  23 ciudadanos, y éstas, al igual que el derecho, tuvieron su origen en la idea de mejorar y organizar la calidad de vida de los individuos que habitan una ciudad. Además, es el Derecho la disciplina que asegura la permanencia de estas organizaciones que procuran el mejoramiento constante de las ciudades capitales de departamentos, sin embargo, ¿no deberían estas sociedades traspasar un poco más del plano físico de las zonas urbanas?, ¿qué papel jugaría el derecho si tuviese la disposición de que esto fuese así?

El derecho tiene varios sentidos y funciones que aseguran la permanencia y eficacia de  las Sociedades de Mejoras Públicas (SMP), como un ejemplo nombraré la ley 1217 de 2.008, que tiene como objetivo social: velar por  el respeto y la formación de cultura ciudadana; fomentar los valores y los actos que reflejen la paz; velar y administrar el patrimonios cultural colombiano; gestiones para el embellecimiento de las ciudades; calidad de vida óptima para los moradores de la ciudad. De igual manera faculta la ley, a ciudadanos para registrar y velar por su justa aplicación, que a su vez con dichas veedurías podrán participar en los Planes de Desarrollo. Ésta ley tiene como referente constitucional el artículo 103, que es sin duda la garantía que los herederos, de estas ideas cívicas iniciadas por estos 23 ciudadanos pioneros, prescribieron en la constitución política para asegurar su debido funcionamiento.

Pero, ¿es suficiente aquello que nombra la ley para mantener en la ciudad el bienestar social en constante mejoramiento?, ¿ha visto usted en las últimas décadas que los sectores pobres de su ciudad se hayan disminuido, aumentando así los barrios de clase media trabajadora? No, ¿cierto? Es quizás porque las Sociedades de Mejoras Públicas no cumplen eficientemente el desempeño del civismo activo, o, quizás porque al trabajo que cumplen dichas organizaciones no se complemente una voluntad social comprometida con las mejoras de la ciudad. Por más que estas sociedades hagan un trabajo eficiente y de calidad, la tarea de mejorar la calidad cívica de una ciudad es un trabajo que se debe cumplir en coyuntura con los ciudadanos. En nuestras ciudades se debe procurar más porque hayan  ciudadanos: que se preocupen por no tirar basura al suelo; que no caminen sobre el césped o sobre los sardineles de las avenidas principales para acortar distancias; que, sin importar que tan tediosas o dispendiosas sean, como aprender a pasar las calles por donde estén pintadas las cebras, cumplan las normas al pie de la letra; ciudadanos que, ante todo, comprendan que los bienes de posesión publica, son bienes de toda la comunidad, son bienes de los habitantes de la ciudad y de los que la visitan, que comprendan que los bienes y espacios públicos son de todos y no como piensan muchos, que “los bienes públicos no son de propiedad de nadie”.

 

Es cierto que el derecho, según los fundamentos y cumpliendo las funciones por las que fue fundado, tiene la obligación de procurar, por medio de leyes normativas, que las Sociedades de Mejoras Publicas, o cualquier otro método que idee para el mejoramiento de los asuntos cívicos, ejerzan debida y efectivamente el civismo activo. Es importante que sea de esta manera, pero, ¿Qué sucede si, como podemos observar, este método es solo una fracción del debido proceso que se debe ejecutar para ejercer el civismo activo eficientemente para fomentar el embellecimiento de las ciudades? Haciendo uso del conocimiento de la experiencia adquirida caminando por mi ciudad natal constantemente, pienso que para colaborar al embellecimiento de una ciudad no basta con crear entes organizacionales que procuren por mantener la metrópolis bella y acorde a las necesidades de la población, pienso que además el derecho debe presionar porque los colegios impartan una mejor y más completa educación a los ciudadanos, una educación que además de enseñar materias fundamentales como lo son las matemáticas o el castellano, profundice en enseñar los valores del ciudadano, al ciudadano. Una educación que además disperse la idea de un contrato social que refuerce las convicciones por el mantenimiento de las cosas públicas y de la ciudad, generando un sentimiento de amor por lo propio, que ahora “lo mío” no se constituirá únicamente por lo que tengo en mi hogar, ahora lo propio será además la propiedad pública en mi ciudad.

 

Con la dispersión de esta educación, ahora respetare a los demás ciudadanos, su distinta forma de pensar, su peculiar apariencia, guardare mi basura en mi bolsillo en caso de no encontrar una caneca cercana, respetare las normas de convivencia y amaré y respetaré a mi patria como amo y respeto a mi madre.

[author] [author_image timthumb=’on’]https://alponiente.com/wp-content/uploads/2014/12/simon-arias.jpg[/author_image] [author_info]Simón Arias Valencia Nacido en el Eje cafetero, estudiante de derecho en la universidad de Manizales. [/author_info] [/author]

 

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