¿Reforma Tributaria para qué?

En Colombia existe un sistema Tributario enemigo del emprendimiento y del desarrollo empresarial. Los empresarios deben pagar impuestos nacionales y territoriales que hacen que no sea rentable desarrollar negocios en Colombia. Estamos esclavizados en una especie de sistema de “doble tributación” que alcanza niveles confiscatorios si se suman todas las cargas tributarias nacionales y territoriales que se deben pagar. Por esas razones la economía colombiana sobrevive en la informalidad.


Lo primero que se debe decir  es que los tributos son cargas u obligaciones dinerarias para sostener el funcionamiento de las instituciones que administran los asuntos públicos. Los tributos se clasifican en impuestos, tasas y contribuciones. Específicamente el artículo 338 de la Constitución Política prescribe el principio de la legalidad tributaria en virtud del cual solamente los órganos de representación popular pueden crear tributos.

En términos generales los impuestos son nacionales o territoriales, los nacionales directos son el impuesto de renta y complementarios, patrimonio y retención en la fuente a título de renta; los nacionales indirectos son el IVA y retención en la fuente a título de IVA, timbre, Consumo, GMF, bolsas plásticas, aranceles. Los territoriales directos son el predial y el de vehículos, y los indirectos territoriales son Industria y Comercio, sobretasa a la Gasolina, consumo de cigarrillos y cervezas, publicidad exterior, plusvalía, fondo del deporte, alumbrado público, estampilla, sobretasa bomberil, alumbrado público, entre otros. Estos son algunos de los tributos que debe pagar un residente fiscal en Colombia.

Los asuntos tributarios son de delicada importancia y su indebido manejo ha provocado revoluciones y cambios en el sistema de gobierno de muchos países. Ejemplo de ello es la Carta Magna de 1215, origen del principio constitucional de la legalidad tributaria[1], promovida por la nobleza inglesa revelada contra los abusos del Rey; la declaración independencia de los Estados Unidos de América en 1776 exacerbada por los abusos tributarios de la corona británica y más recientemente en la realidad colombiana el levantamiento social de 2021 contra el proyecto de reforma tributaria del hoy saliente Iván Duque Márquez.

Durante el último gobierno los colombianos fuimos testigos de tres reformas tributarias. La ley 1943 de 2018 inauguró el primer año de gobierno Duque, la cual implementó importantes cambios al impuesto del IVA, renta, establecimiento permanentes de sociedad extranjera, rentas pasivas, elusión y evasión tributaria, régimen especial de mega inversiones, y régimen de sociedades holding colombianas entre otras. Desafortunadamente fue declarada inexequible por la Corte Constitucional mediante sentencia C-481-19 por vicios de procedimiento en su formación. Algo realmente vergonzoso pues evidenció la falta de rigor jurídico del Congreso de la República. Sin mencionar los efectos desastrosos para la credibilidad y estabilidad jurídica de Colombia. Por esa razón el 27 de diciembre de 2019 se expidió la ley 2010 que revivió lo prescrito en la ley 1943 e introdujo otras modificaciones. En el 2020 sufrimos la pandemia ocasionada por el virus Sars-Cov2 y el presidente de la república gobernó por decreto. En el 2021 propuso una nueva reforma tributaria con el ánimo de reducir el déficit fiscal y reactivar la economía. Las declaraciones del tristemente célebre Alberto Carrasquilla provocaron un levantamiento social de tal magnitud que obligó al ministro a renunciar. Sin embargo, el Congreso de la República aprobó en septiembre de 2021 la ley 2155 con la cual se modificaron nuevamente las normas tributarias. Esta ley Esencialmente busca evitar ciertas prácticas evasivas como la omisión de activos o la creación de pasivos inexistentes y aumento la tarifa de renta corporativa a 35%.

En términos prácticos, la DIAN en el año 2021 recaudó $161 billones de pesos[2]; la meta de recaudo para el año 2022 es de $196 billones de pesos,  cifra de recaudo que podría ser ampliamente superada dado que para junio de este año la DIAN ha recaudado aproximadamente $100 billones de pesos. También es importante mencionar que Colombia recaudó por regalías en el año 2021 la suma de $8 billones de pesos, más $59 billones de ingresos provenientes de empresas del sector público, más los ingresos de por deuda interna de $55 billones, más las donaciones que hacen otros estados para financiar asuntos específicos[3]; más las utilidades del Banco de la República de aproximadamente $717 mil millones. Todo lo anterior no incluye el recaudo de los impuestos territoriales, por ejemplo, la Secretaría de Hacienda de Bogotá recaudó casi $10 billones de pesos en el 2021 para financiar el presupuesto de la Alcaldía Mayor de Bogotá.

Con todo y estas cifras de recaudo no alcanzan para financiar la administración pública colombiana. Entonces emerge el concepto de la evasión y la elusión tributaria para explicar la falta de ingresos al erario público.  Para algunos de los analistas fiscales más serios la evasión[4] de impuestos en Colombia equivale aproximadamente a $50 billones de pesos cada año.

Es evidente que en Colombia hay una cultura de evasión de impuestos, a casi ningún contratista persona natural le gusta que le hagan retención en la fuente a título de renta, incluso se enojan si les retienen algún dinero por concepto de impuestos, muchas personas proponen cuentas de cobro en lugar de facturas porque amenazan con el cobro de IVA, otros nunca reciben dinero en cuentas bancarias sino todo en efectivo para evitar que la DIAN rastree el ingreso, muchos restaurantes no recaudan el impuesto al consumo. En este último caso es más que vulgar, con solo ir a una pollería de barrio – en Bogotá hay al menos 3 en cada cuadra– podrá constatar en el tiquete de venta, porque ni siquiera facturan, que solo incluyen el costo del producto adquirido. Es precisamente contra esa cultura evasiva que la DIAN debe enfocar todos sus esfuerzos.

Adicionalmente, en Colombia aproximadamente solo 4 millones de personas naturales declaran renta, lo cual no implica que tenga que pagar impuesto. El Estatuto Tributario prescribe las reglas para realizar una debida depuración que posiblemente hará que el contribuyente declare sus ingresos pero no haya lugar a pagar impuesto. Esa cifra de contribuyentes debería sorprendernos porque según  la Registraduría Nacional del Estado Civil en Colombia hay 39 millones de colombianos mayores de 18 años. La lógica común dice que a esa edad se empieza a trabajar y a generar ingresos.

Entonces desde el punto de vista técnico tributario, podría decirse que el error  que cometen todos los gobiernos es mantener un sistema tributario muy complejo de entender para el ciudadano común, con inestabilidad en las reglas de juego, erosionado por la corrupción burocrática. No se trata de disminuir la base gravable para hacer que los ciudadanos con menores ingresos declaren, no se trata de aumentar las tarifas, no se trata de eliminar las exenciones o beneficios. Se trata de hacer crecer a la economía de forma inclusiva para que la gran mayoría de ciudadanos escale socialmente y se enriquezca para que pague impuestos. Si revisamos las cifras de las personas naturales que declaran renta, evidenciamos que 35 millones de colombianos no declaran renta porque aparentemente sus ingresos no alcanzan la base gravable.  Dentro de ese universo hay ciudadanos que reciben grandes ingresos que no declaran por falta de cultura o por rebeldía – ¿Para qué pagarle a un Estado perpetuamente saqueado por políticos corruptos? ¿Para qué pagarle a un Estado que no retorna el pago de impuestos en desarrollo?-. También hay otro grupo de ciudadanos que no declara porque recibe pocos ingresos, vive con el salario mínimo y, hay otro gran grupo de ciudadanos que simplemente está en estado de pobreza multidimensional.

Por lo tanto, sigo insistiendo que no es necesaria una reforma tributaria de corto plazo que supuestamente sea la panacea para sanear el hueco fiscal. Esa práctica debe acabarse y en su lugar debe expedirse un Código Tributario que incluya tanto los tributos nacionales como los territoriales. En Colombia existe un sistema Tributario enemigo del emprendimiento y del desarrollo empresarial. Los empresarios deben pagar impuestos nacionales y territoriales que hacen que no sea rentable desarrollar negocios en Colombia. Estamos esclavizados en un sistema de “doble tributación” que alcanza niveles confiscatorios si se suman todas las cargas tributarias nacionales y territoriales que se deben pagar. Por esas razones la economía colombiana sobrevive en la informalidad.

Colombia necesita que el 90% de los ciudadanos alcancen un nivel de riqueza material suficiente para agrandar el universo de contribuyentes y acabar con la mentalidad mafiosa del funcionario público que ejerce un cargo con el único propósito de saquear las arcas del erario. Esa sería la verdadera reforma macroeconómica que transformaría a Colombia.  ¿Aún considera que es necesaria la Reforma Tributaria propuesta por el presidente electo Gustavo Petro?


[1] No taxes may be levied without consent of parliament.

[2] https://www.dian.gov.co/impuestos/InformeMensualRecaudo/12-Informe-de-Recaudo-total-2021.pdf consultado el día 16 de julio de 2021.

[3] Estados Unidos de Norteamérica financia programas de las FFMM y la Policía Nacional.

[4] La evasión significa que las personas o empresas que están obligadas a declarar y pagar impuestos no lo hacen.

Juan Manuel Sáenz de Brigard

Abogado, Especializado en Derecho Tributario (Universidad Javeriana), Maestro en Derecho con énfasis en Negocios Internacionales (Birmingham City University). Litigante en diversas áreas del Derecho con más de 10 años de experiencia. Estructuración de negocios agroindustriales y forestales. Litigios internacionales, asesor de multinacionales de industria minera. Ex candidato a la Cámara de representante por Bogotá de la CCE.

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