Reelección presidencial

La implementación de la paz no requiere una convocatoria a Asamblea constituyente. Requiere voluntad política. Liderazgo para desarmar con acciones concretas a quienes disfrazan de guerra una ruta de coca. Liderazgo que se opaca con ausencias institucionales injustificadas; con trasladar el foro público a un trino; con un gabinete sin crédito y una obsesión por buscar la reelección. La convocatoria a Asamblea es un grito desesperado para ocultar el capricho de quien dice a viva voz respetar el orden constitucional (NO REELECCIÓN) mientras intenta engullirlo (QUÉ RICO REELECCIÓN). Hay que reconocer que el presidente ha sido coherente con llevar al Congreso el proyecto de cada una de las reformas que propuso en campaña. En el camino, ha debido remendar las propuestas y ha concedido mermelada para darle vida a propuestas desahuciadas. Sin prebendas no avanza la política criolla. Así es el curso político. Y es precisamente en el Congreso donde las propuestas se hacen leyes. El Congreso es el verdadero y legítimo pulso a los proyectos políticos del Gobierno. La legitimidad y gobernanza en un Estado ajustado a un orden jurídico se hace en el tránsito legislativo, que goza de unas reglas de juego que deben respetarse celosamente (es justo lo que debe resolver la Corte Constitucional con la reforma pensional), porque no basta que pase por el Congreso, debe pasar bien. ¿Por qué la obsesión por una Asamblea? La razón es simple. Es la única puerta que ha dejado abierta la Corte Constitucional a todos los embates de caudillos avivatos para asaltar la institucionalidad republicana de separación de poderes. La Asamblea constituyente es la única expresión posible de actuación del poder constituyente primario, cuya competencia es suficiente para fundar un Estado o rehacer el orden jurídico a pe a pa. Sin límites jurídicos, ni políticos. Sin intromisión de la Corte Constitucional. En esa ausencia de límites queda abierta la única posibilidad institucionalidad de incoar la reelección. Todos los demás medios de reforma (referendo o acto legislativo) han sido declarados, por la Corte Constitucional, insuficientes para semejante asalto. Y está bien que el cerrojo sea estrecho. Porque el mensaje debe ser claro: un plan de gobierno se hace a cuatro años. ¡Y ese tiempo debe respetarse!.


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John Fernando Restrepo Tamayo

Abogado y politólogo. Magíster en filosofía y Doctor en derecho.
Profesor de derecho constitucional en la Universidad del Valle.

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