La Superservicios en AFINIA

Luis Guillermo Velez Alvarez economista

El 25 de febrero el diario La República informó que la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios decidió activar el Comité de seguimiento al programa de gestión suscrito con AFINIA, como consecuencia de la caída en los indicadores cuyas metas cumplimiento pasaron de 96% a 75%[1]. Se están incumpliendo, entre otras cosas, las metas de reducción de pérdidas y de reducción del riesgo eléctrico, todo lo cual depende de la adecuada y oportuna ejecución del programa de inversiones al que está comprometida la Empresa con la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG), por las resoluciones 025 y 079 de 2021 mediante las cuales se aprobaron las tarifas.

La magnitud de lo que está en juego en AFINIA es bien significativa. El total de inversiones entre 2021 y 2030 asciende a 4 billones de pesos de 2017, el 51% en infraestructura, 23% en gestión de pérdidas y 26% en tecnología.

Aparentemente, para adelantar el programa de inversiones y manejar las relaciones con los contratistas, el gerente Lastra Fuscaldo nombró un equipo de seis asesores con suelos multimillonarios, a pesar de contar con 14 subgerencias y direcciones que dependen directamente de la gerencia general.

Sorprendentemente, contando con todos esos asesores y directivos, en el portal de CARIBEMAR no se encuentra información detallada sobre los avances del plan ni sobre los contratos realizados. No se encuentra esa información en el portal de Grupo EPM, donde si aparece la concerniente a las principales filiales: CENS, CHEC, EdeQ, ESSA y EMVARIAS.  Tampoco hay información del programa de adquisiciones mediante el cual se ejecutarán tan cuantiosas inversiones ni sobre los proveedores registrados en CARIBEMAR con los que eventualmente se contratarían.

El Comité de seguimiento, que entrará a operar el 28 de febrero, debería solicitar información sobre los contratos celebrados hasta la fecha en desarrollo del plan de inversiones. También debería indagar sobre el plan de adquisiciones de 2022[2] y sobre el registro de proveedores[3] . La Superintendencia debería informarse sobre las funciones de los “asesores y asesoras”, en particular, sobre el papel que juegan en el proceso de contratación.

LGVA

Febrero de 2022.

[1] https://www.larepublica.co/empresas/superservicios-activa-comite-de-seguimiento-al-programa-de-gestion-suscrito-con-afinia-3311202

 

[2] Como mínimo, el plan de adquisiciones debe contener la siguiente información: descripción de la adquisición, fecha estimada de inicio de la solicitud de oferta, fecha estimada de presentación de ofertas, fecha estimada de adjudicación, duración estimada del contrato (días), modalidad de selección (directa, invitación privada, licitación pública), fuente de los recursos, valor estimado total, valor estimado en la vigencia actual, estado de solicitud de vigencias futuras, unidad de contratación, ubicación (departamento, municipio, sede de la empresa), nombre del responsable, teléfono del responsable y correo electrónico del responsable.

 

[3] La información sobre proveedores mínima es la siguiente: Identificación del proveedor (razón social y nombre comercial, persona jurídica o persona natural, nacional o extranjero, actividad económica), Registro Único Tributario o el equivalente en el país de origen, Certificado de existencia y representación legal o equivalente en el país de origen, registro mercantil para persona natural, identificación del representante legal. (nombre, dirección, correo electrónico), estados financieros última vigencia fiscal y experiencia certificada.

Luis Guillermo Vélez Álvarez

Economista. Docente. Consultor ECSIM.

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