Cadena perpetua ¿una verdadera solución?

“Esto significa que, cualquier intento de pena que incluya la privación de la libertad de manera perpetua, va en contra de la libertad y la dignidad humana; que son a su vez principios rectores y derechos fundamentales de un Estado Social de Derecho”


Hablar sobre cadena perpetua siempre genera un revuelo de comentarios y análisis jurídicos subjetivos y poco centrados generando controversias sin ningún sentido, tendríamos que irnos no muy lejos para entender que somos totalmente ajenos a los antecedentes de la cadena perpetua y como en muchas ocasiones esta puede verse comparada o incluso confundida con la pena de muerte.

En Colombia, aunque existe una frágil política criminal  uno de los pilares fundamentales de esta que toda pena que se tenga cumpla con un fin determinado, y como en diferentes ocasiones nuestra Corte Constitucional lo ha mencionado uno de los que ostenta mayor importancia es la resocialización, pues si la pena no busca una resocialización del individuo esta sería totalmente inútil y por demás sería calificada como un trato inhumano por la Convención Interamericana de Derechos Humanos y que inicialmente estaría prohibido por nuestra Carta Constitucional en su artículo 34. Esto significa que, cualquier intento de pena que incluya la privación de la libertad de manera perpetua, va en contra de la libertad y la dignidad humana; que son a su vez principios rectores y derechos fundamentales de un Estado Social de Derecho.

…de acuerdo con cifras del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, indicó que durante el periodo enero 2015 – junio 2019, los principales agresores de la niñez son sus parientes, con el 46 por ciento de los casos. Les siguen los conocidos (22%), otros (14%), los amigos (11%) y la pareja o expareja (7%)…

Ahora bien, ¿Cuál es el verdadero sentido de agregar a nuestro amplio listado de penas una pena de prisión perpetua? Los impulsores de esta modificación en nuestro sistema argumentan que este puede ser el mecanismo idóneo para la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes de los delitos que vulneran su integridad, formación y libertad sexual, los partidarios de esta postura establecen que esta pena podría convertirse en una política de prevención eficaz porque a su consideración las penas que contamos actualmente para estos delitos no le hacen justicia a la infracción provocada a los bienes jurídicos tutelados, porque por ejemplo la pena máxima del acceso carnal violento agravado  es de 30 años en comparación con el hurto calificado agravado que puede llegar a una peña aproximada de 36 años.

De acuerdo con Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses en 2020 se reportaron 15.359 casos de violencia sexual perpetrados a menores de edad. Eso quiere decir que, diariamente, se presentaron 42 casos de este delito en el país. ¿De verdad está cumpliendo una función preventiva iniciativa planteada desde el 2020? La criminología afirma que lo que realmente desmotiva la ejecución de una conducta delictiva no es lo alto o severa que pueda ser la pena, sino la verdadera posibilidad de enfrentarse en un proceso que termine por castigarlo. En pocas palabras, lo que disuade a los posibles autores es la posibilidad real de verse inmerso en un proceso penal que puede terminar en una pena mas no es lo gravoso de esta. En este sentido la sanción de prisión perpetua pierde el total sentido de corresponder a una política de prevención y que en definitiva tendrá muy poca efectividad.

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Adicional a esto, uno de los apartados propuestos para este proyecto es la “revisión de la pena por evaluación de resocialización de prisión perpetua” Entonces la pena de prisión perpetua será revisada, cuando la persona sentenciada haya cumplido 25 años de privación efectiva de la libertad, para evaluar el proceso de resocialización del condenado. Esto se torna curioso cuando regresamos a evaluar los argumentos propuestos para impulsar el proyecto dado que consideraban que las penas eran demasiado bajas pero llevado nuevamente a los números con el sistema penal SIN REFORMA el acceso carnal violento agravado tendría una pena, como se menciona anteriormente, de 30 años, pero con el nuevo proyecto una persona condenada por acceso carnal violento agravado, podría solicitar revisión de la prisión perpetua a los 25 años, es decir 5 años menos que la pena inicial.

Finalmente, con ocasión del ‘Encuentro con periodistas: Una aproximación a la violencia sexual contra niñas, niños y adolescentes, tras las últimas recomendaciones del CDN’, la Alianza por la Niñez Colombiana, de acuerdo con cifras del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, indicó que durante el periodo enero 2015 – junio 2019, los principales agresores de la niñez son sus parientes, con el 46 por ciento de los casos. Les siguen los conocidos (22%), otros (14%), los amigos (11%) y la pareja o expareja (7%). Lo que nos permite preguntarnos ¿de verdad estamos teniendo en cuenta a los niños, niñas y adolescentes para tomar decisiones respecto de sus derechos? ¿Es la prisión perpetua una verdadera solución para la prevención de futuras agresiones sexuales a niñas, niños y adolescentes?

Nuestros niños, niñas y adolescentes son vulnerables a delitos que atentan contra su integridad, formación y libertad sexual, pero la medida adoptada por el Congreso aporta de una manera mínima por no decir nula en el mejoramiento de la situación, por el contrario desconoce totalmente la raíz del problema y se niega a crear una política de prevención eficiente y eficaz, para poder adoptar soluciones reales centradas inicialmente en propuestas a nivel familiar que es donde se concentra el verdadero riesgo para niños, niñas y adolescentes.


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Manuela Vanegas Manrique

Soy estudiante de décimo semestre de Derecho en la Universidad de Medellín con línea de énfasis en Derecho Penal. Le tengo un amor muy grande a la docencia por lo que soy monitora académica de la Unidad de Organización Curricular Derecho Penal en la Universidad de Medellín. Mi experiencia profesional comenzó participando en diferentes ONG como voluntaria lo que más adelante me permitió tener nuevas oportunidades en Juzgados de la Ciudad de Medellín y dos firmas de abogados del país.

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