Se debe negar la solicitud de preclusión de Bedoya

Tomado de: Fundación Paz y Reconciliación.
Tomado de: Fundación Paz y Reconciliación.

El 21 de septiembre, a las 8:30 A.M, será la audiencia que decida la preclusión DE JULIAN BEDOYA PULGARIN, y la comunidad académica espera que el juez penal del circuito  de MEDELLIN encargado de resolver lo haga en derecho NEGANDO LA PRECLUSIÓN PORQUE NO SE DA NINGUNA CAUSAL.

La prueba recogida por la sala de instrucción de la corte demuestra que Bedoya es determinador o instigador de profesores y personal directivo de la Universidad de Medellín, en las siguientes conductas:

  • Certificar que presentó 11 exámenes de suficiencia, 1 especial y 5 preparatorios, sin haberlos presentado, firmando los profesores lambones del rector, actas de calificaciones en Blanco, y. Yolanda Cossío Colocando notas que se inventaba y que oscilaban entre 3,9 y 4.5, esto se hizo a cambio de votos para que Aura Marleny Arcila, amante del ex rector Hincapié, pudiera salir concejal de Medellín, como efectivamente ocurrió, o sea, se canjeo un grado por 5 o 6000 votos. Confesión que les hizo Julián Rendon al profesor posada, a la ex consiliaria Stella Zuluaga y presenció la abogada Manuela Garzón, los que rindieron testimonio bajo la gravedad del juramento ante la Corte
  • La jefe de admisiones y registro de ese centro educativo Sandra Patricia Giraldo Montoya Certifica: «Para completar el plan de formación del Programa de Derecho, tenía pendiente para aprobar las siguientes asignaturas: Consultorio jurídico I, Sociología Jurídica, Procesal Civil General y Especial, Filosofía del Derecho, Seminario Procesal Administrativo, Hacienda Pública, Sucesiones, Derecho de Familia, Títulos valores, Seminario Procesal Laboral y tres asignaturas optativas».
  • Que el señor JULIÁN BEDOYA PULGARÍN no tuvo la calidad de estudiante de la facultad de derecho desde el 14 de octubre de 2009 hasta el 22 de octubre de 2018, pues en dicho lapso «no asentó matrícula» lo que significa que. Debía aplicársele el artículo 146, en consecuencia, el reingreso tenía que autorizarlo el consejo de facultad de derecho y no el consejo académico de la universidad y menos aún el subsecretario de la Universidad FELIPE HERNÁNDEZ. Era necesario que se le matriculara en el nuevo plan de estudios y no en el viejo que le evitaba tener que acreditar que hablaba la segunda lengua. Las falsedades de HERNANDEZ, afirmar que el consejo académico le dio facultades para aceptar reingresos y en ejercicio de ellas aceptó el reingreso de Bedoya manteniéndole el mismo plan de estudios, desconociendo las funciones del consejo de facultad de reubicarlo, pretextando hacer exámenes de suficiencia que nunca hizo y presuntamente evaluando asignaturas como filosofía del derecho, sociología jurídica y procesal civil general y especial, de las que no figuraba como profesor. Irreglamentariamente aceptó el reingreso de bedoya violando el acuerdo 075 de 2013 pues la matricula extraordinaria solo es posible hasta la semana después de iniciadas las clases (artículo 17) y aquí se hizo el 23 de octubre, evidente el animo de graduarlo de manera exprés e irreglamentariamente. Además de la prueba documental está su testimonio en el que en el que no puede dar explicaciones razonables a sus extralimitaciones.
  • Las irregularidades de YOLANDA COSSIO van desde la designación de profesores áulicos que se prestaron para este fraude hasta el llenar las actas de calificaciones con notas que se inventaba y que los profesores le firmaban sin hacer examen alguno, así no fueran del área que evaluaban. nombró un solo profesor para la elaboración de un examen especial que debía hacerse por dos profesores; sin ser profesora firmaba actas actuando como docente. Ello se demuestra con las mentiras y la falta de una explicación satisfactoria en su testimonio, y con ls prueba documental allegada.
  • Otra irregularidad la constituye el trabajo de grado que debía presentar Julian Bedoya, ayudado por su compañero de aula JHON MARIO FERRER, envió un correo electrónico a la directora del centro de investigaciones jurídicas PAOLA CASTAÑO, en el que falsamente certifica que JULIAN BEDOYA había cumplido sus funciones como auxiliar y que por lo tanto cumplía el requisito de grado. Resulta que Bedoya ingreso a la facultad en octubre de 2018 y el prólogo del profesor Ferrer es de abril de 2017, incluso fue publicado antes del ingreso de Bedoya a la facultad. Lo que además de delictivo viola los artículos 89 a 100 del régimen académico y disciplinario de UDEM y según la Corte ya había transcurrido más de un año desde que el comité técnico de investigación de ese centro educativo lo evaluara y aprobara (febrero y diciembre de 2017, respectivamente) e, incluso, se había recomendado y autorizado su  publicación como libro, lo que en efecto ocurrió en el mes de Septiembre de 2018  bajo la denominación: «Sistemas JURIDICOS». Y BEDOYA INGRESO EN OCTUBRE DE 2018. Ahora se viene a afirmar que era un libro y una revista y bedoya trabajo en la revista, no deja de causar sorpresa como la defensa de Bedoya aparece con unas pruebas que no encontró la corte, ni el fiscal encarga grado de investigar a los profesores y a directivos y se anexa certificación del centro de investigación diferente al inicialmente aportado y el señor Bedoya públicamente dijo que había trabajado en unas fichas bibliográficas, las cuales no pudo aportar porque no las tenia y ahora se habla por la defensa de BEDOYA de 72 hojas que iba a dejar a disposición del despacho. Extraña a la opinión pública Las sorpresivas pruebas que no estaban en los documentos aportados por la Universidad. El defensor de bedoya como si fuera un mago hizo aparecer otra investigación anexa al libro y que fue publicada en una revista, lo que es constitutivo de una falsedad en documento privado.
  • Analizado el récord académico de JULIAN BEDOYA PULGARÍN, la Corte encontró que cursó la cátedra de “consultorio Jurídico N°1 en el primer semestre del año 2018, pese a no ostentar para ese momento la calidad de estudiante, pues no se había matriculado, Otra falsedad que se prueba con el récord académico de Julián Bedoya… y con el registro de matrícula de octubre de 2018. El Doctor Perdomo que se cree el pontífice dueño de la verdad, trata de justificar diciendo que como la carrera de derecho eran anual, se convalidaba con la matrícula del segundo semestre, cuando la prueba arroja que se lo aprobaron o reconocieron en el primer semestre de 2018, pretende el señor Perdomo justificar toda violación al reglamento académico con sus descabelladas comentarios  y no tiene empacho alguno en manifestar que con esa interpretación no del reglamento sino de él, se desvirtuaba cualquier violación reglamentaria.

 “La defensa de Bedoya se fundamenta en falacias lógicas y argumentos falaces. Una falacia lógica es aquella donde el razonamiento es aparentemente correcto, pero en realidad no lo es; si por ejemplo, en la UdeMedellín algunas personas presentaron varios exámenes preparatorios y de suficiencia un mismo día y no les anularon el grado y Julián Bedoya presentó en la universidad varios preparatorios y suficiencias el mismo día, entonces su grado no es nulo, porque si es reglamentario para ellos, es reglamentario para Bedoya.

La ilegalidad no es fuente de legalidad; una conducta no puede ser lícita e ilícita al mismo tiempo, como pretende demostrar el ex Vice Fiscal Jorge Perdomo, defensor de Bedoya, en toda su intervención.

Esta falacia también es conocida como de apelación a la multitud, el argumento se da por cierto porque todo el mundo lo hace. La validez del argumento basado en el número de personas que lo comparten es una falacia lógica, porque la veracidad no depende de la de la cantidad de personas que lo crean, sino de las evidencias y los razonamientos que llegan a esa conclusión.

Los casos de autorización y presentación de varios preparatorios y exámenes de suficiencia irreglamentarios, llevan a una inferencia lógica que es perjudicial para Julián Bedoya en lugar de favorecerlo; otras titulaciones irreglamentarias no pueden entenderse como una convalidación de otra graduación irreglamentaria e ilegal porque en Colombia la costumbre no es derogatoria de la ley.

Lo que se ratifica son la serie de irregularidades que se dieron en la rectoría de Néstor Hincapié y que sus intereses políticos estaban por encima de los intereses de la Universidad: graduaciones irregulares en canje para su propio beneficio.

Esta impunidad no torna en legales los delitos no sancionados. Se pretende justificar la matrícula extemporánea e irreglamentaria de Bedoya por los casos que se han presentado o justificar la irresponsabilidad de los profesores imputados porque Raúl Marín que participó en uno de los exámenes de Julián Bedoya no fue vinculado penalmente”. LA VERDAD ESTÁ EN CAMINO,NADIE LA DETENDRÁ(Emilio Zolá)”. PUBLICADO EN EL LENTE.

La defensa de BEDOYA está basada en falacias.

Esta es otra falacia por vía de autoridad, creer que por ser ex vice fiscal y fiscal general de la nación, encargado, todo lo que diga es lo cierto y descalificar al apoderado de víctimas y al ministerio público diciendo que no conocen el proceso. Agrandando situaciones irrelevantes como lo dicho por el doctor Bolaños que Bedoya no había asistido a su grado cuando existe un video cuando recibió de último su grado y no estuvo con los otros graduandos en la ceremonia, sino que estuvo escondido en la parte de atrás del teatro y por eso no salió cuando estaban llamando a los graduandos por la B, ¿porque esta situación anómala? Qué estaban escondiendo?. El mismo defensor des interpreta que al finalizar la ceremonia se aplaude a todos los graduandos, no a Bedoya que no goza la simpatía de los egresados, como una ovación a Bedoya. Será que los aplausos fueron por la hazaña de ser el único en la universidad de presentar 11 examenes un mismo día, 4 suficiencias que implican 8 examenes, 4 orales y 4 escritos y, los tres preparatorios mas duros de la carrera, penal, políticos y civil 2 y aprobarlos por encima de 4.0, no obstante en un primer intento perdió el preparatorio de penal con 3 jurados considerados como “madres”, MOJICA, DIAZ Y JIMENEZ. O la ovación era porque 16 pruebas las presento en 4 sesiones, 26 de octubre, 23 de noviembre de 2018, 22 de enero y 1° de febrero de 2019, o se en 4 días como dice la corte y repite el doctor bolaños.

La solicitud de preclusión es manifiestamente contraria a la ley,  es por esta razón que el juez debe compulsar copias para que se investigue penalmente a fiscal de la Unidad anticorrupción, por PREVARICATO POR ACCIÓN.

German Stiven Arenas Betancur

Fundador de Jóvenes Forjando Cambios. Estudia derecho en la Universidad de Medellín y fue parlamentario juvenil de Mercosur, comisionado nacional de paz del mismo. Delegado ante la 10 conferencia nacional de las FARC y la firma del acuerdo de paz, y en repetidas ocasiones ha sido premiado por instituciones como la Universidad de los Andes, Andiarios, Fenalper, la Fundación MI Sangre y la Organización de Naciones Unidas.

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