Evaluar los contextos sobre los cuales el elector pueda encontrarse a la hora de depositar su voto son innumerables. En primer lugar porque deben tenerse en cuenta factores como su ubicación geográfica, su condición social, su idiosincrasia, en qué medida la violencia afecto su desarrollo económico y social, entre otras; y por otra parte, porque cada voto es un universo distinto el cual para analizar al menos un caso aplicado debería existir una muestra – término estadístico- totalmente garantizada.
Por tanto el propósito de este escrito corresponde a examinar un aspecto que se asemeja a las primeras líneas del párrafo anterior y es la consecuencia que puede un nombre causar en un elector en el momento acerque a la urna, para con ello hacer una crítica a un hecho que se aproxima el campo electoral colombiano.
Con esto me refiero específicamente al nombre FARC del próximo partido político producto del Acuerdo de Paz entre Gobierno y FARC, el cual para los electores cuando lleguen a las urnas tendrá en algunos una consecuencia.
Y me detengo en este caso, porque como bien lo dicen los reglamentos del Consejo Nacional Electoral y las resoluciones que ha proferido, como la Resolución 3443 de 2013 , donde niega a un movimiento político que su nombre y su logo incidan en la decisión de los votantes, bajo el argumento que este hecho podría influir en la decisión. Hoy quiero decirles que el nombre FARC también incide en esto.
Afirmo lo anterior porque basado en teorías filosóficas y psicológicas, asociadas a la violencia simbólica, que según Pierre Bourdie es un hecho donde un dominador (nombre FARC) ejerce violencia indirecta sobre un dominado (elector). Esta violencia según Bourdie hace que el dominado (elector) acepte como legitima la condición de dominación que ejercen sobre el.
En el contexto del análisis de Bourdie, esta violencia simbólica puede ejercerse en múltiples casos y por muchos actores, según la ocasiones. En ese escenario este hecho puede imponer una visión sobre un tema en especifico, el cual resume Bourdie puede tener resultados sin un gasto aparente de energía.
¿Por qué digo entonces que el nombre FARC ejerce violencia indirecta sobre el elector? Porque en algunas regiones del país, donde la violencia directa ha sido tan marcada, la violencia simbólica tiene cabida. Sobretodo en épocas electorales, en las cuales si el elector no votaba por quien el grupo armado dijera, las consecuencias serían irreparables.
Por tanto ese comportamiento habitual en las elecciones dejó una huella en los electores de muchas regiones del país, quienes al ver el nombre FARC en el tarjetón podrían sentirse presionados bajo la teoría de violencia simbólica y sin una razón distinta al “miedo” llegarían a votar por las FARC, en el entendido que lo que antes se configuró como violencia directa, hoy se refleja en violencia indirecta.
Basados en lo anterior, ¿qué energía podrían gastar las FARC con su logo y nombre en el tarjetón para llevar a un elector a tomar una decisión? o ¿ hasta qué punto el daño psicológico causado haría que el elector, al ver nombre FARC en el tarjetón, lo lleve a tomar una decisión implícita por razones ajenas a su decisión autónoma?
Esto, entre otros cuestionamientos, me llevan hoy a considerar que el nombre FARC para un partido político va en contravía del sistema electoral colombiano.