La constitución feminista

Las profesoras Chilenas Bárbara Sepúlveda Hales y Florencia Pinto Troncoso coordinaron la producción del libro La Constitución feminista que se erige como una gran apuesta académica para poner en el núcleo de esencial de la discusión de la teoría constitucional la efectividad de los derechos y libertades de las mujeres.

Con gran acierto y casi que como una premonición las profesoras centran el desarrollo del texto en la discusión constitucional de la creación del contrato social que siempre dejó por fuera la protección judicial y política de las libertades de las mujeres.

“Tanto como eje normativo como de organización política, la Constitución encarna la metáfora del contrato social. Los feminismos, sin embargo,  han denunciado que desde sus inicios ese contrato social no incluyó a las mujeres, tanto en la participación política como en la propia definición de ciudadanía”. 

Esto cobra especial relevancia para el mundo en el momento en que la Corte Suprema de Estados Unidos con una votación de 6 – 3 decidió revocar el precedente de 50 años que protegía el aborto como un derecho federal. Los Magistrados de mayoría conservadora escribieron que en la Constitución de los Estados Unidos de América no existe el derecho al aborto y que este tampoco estaba arraigado en la estructura social de la unión.

La decisión de la Corte Suprema de Estados Unidos materializa así lo expuesto por las profesoras chilenas. Las mujeres nunca han sido parte del contrato social y en consecuencia la estructura arcaica del Estado Constitucional impide que ellas puedan materializar sus derechos y libertades, pero va más allá y nos demuestra que mientras los Conservadores están en el poder nuestras libertades nunca estarán a salvo.

En 18862 el Profesor Ferdinand Lassalle puso en la discusión académica este importante problema de la teoría Constitucional en su libro ¿Qué es una Constitución? puesto que, demostró que los problemas constitucionales no son, primariamente, problemas de derecho, sino de poder, la verdadera Constitución de un país sólo reside en los factores reales y efectivos de poder que en ese país rigen (…) y en palabras modernas de mi profesor de hacienda pública en la Universidad de Medellín la Constitución es lo que los jueces digan que es la Constitución.

Nuestra Corte Constitucional despenalizó el aborto hasta la semana 24 de gestación pero el gobierno decidió solicitar la nulidad de la sentencia del más alto tribunal del país, la Corte Colombiana de mayorías liberales seguramente mantendrá la vigencia del fallo judicial, pero en contraste con EE.UU. no se avizora que en ese país los demócratas puedan llevar al poder judicial magistrados progresistas prontamente ya que el legado de Donald Trump son sus tres jueces ultraconservadores que se plantean revisar hasta la legalidad del sexo interracial. SI NO VOTAMOS DEMÓCRATAS Y PROGRESISTAS NUESTROS DERECHOS JAMÁS ESTARÁN A SALVO.

German Stiven Arenas Betancur

Fundador de Jóvenes Forjando Cambios. Estudia derecho en la Universidad de Medellín y fue parlamentario juvenil de Mercosur, comisionado nacional de paz del mismo. Delegado ante la 10 conferencia nacional de las FARC y la firma del acuerdo de paz, y en repetidas ocasiones ha sido premiado por instituciones como la Universidad de los Andes, Andiarios, Fenalper, la Fundación MI Sangre y la Organización de Naciones Unidas.

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