Inversión social: el enfoque de la nueva tributaria

El gasto social es el fuerte de esta reforma, aunque la crítica se siga radicalizando en la insuficiencia de los ingresos vía gasto social, hay que dar el mensaje que, en ausencia de mecanismos de empleo, fortalecimiento de las Pymes y flujo de inversión, el Estado por sí solo no puede romper los límites fiscales”


Con las nuevas estimaciones ajustadas de la tasa de crecimiento económico para Colombia, entre el 7.2% y el 8.0% (escenario optimista) y un 5.6% (escenario conservador), el gobierno nacional enfila la estrategia de la inversión social a través de una proyección del gasto situada en austeridad, eficiencia fiscal y sostenibilidad, la estrategia está basada en la reducción de gasto en funcionamiento por parte del Estado, con un horizonte de 10 años, aportando a nivel recurrente durante este ciclo $1.9 billones.

De otro lado, el financiamiento de esta tributaria, alcanzando los 15.2 billones, es parte de una estrategia de reacomodación del ingreso del Estado a partir del efecto renta para personas jurídicas quienes entrarán a tributar una tarifa del 35% en 2022, reduciendo el margen de privilegio que establecía la legislación hacia una reducción paulatina de la tarifa que debería situarse en el 30%. No obstante, de lo anterior, el sector productivo tendrá una participación del 69% en los recursos totales que requiere esta reforma.

El sistema financiero aportará además una sobre tasa transitoria de 3 puntos porcentuales hasta 2025, es decir pagarán una tarifa de impuesto de renta del 38% a partir de 120.000 UVT ($4.356.960.000 base gravable), con lo cual el gremio aceptó el incremento aun cuando manifestó ser un mecanismo antitécnico. De otro lado el impuesto de normalización tributaria es otro de los eslabones de financiamiento de esta reforma pues pasa del 15% a una tarifa general del 17% sobre el valor fiscal de los activos no declarados, con la salvedad que el contribuyente que en condición de declarante de activos inexistentes los traiga al país, es decir, decida repatriarlos y constituirlos como fuente de inversión interna, tendrían un beneficio del cálculo de la base gravable equivalente al 50%, este impuesto no es deducible del impuesto de renta y se deberá hacer un pago anticipado del 50% al término del año.

En términos de evasión, el Estado endurece las condiciones de reporte de información sobre las declaraciones así como sobre los activos omitidos o erróneamente valorados como el caso de los bienes inmuebles cuyo valor comercial en la mayoría de los casos no corresponde a la situación del mismo ni a los precios del mercado, en este caso crea la figura de georreferenciación  a través de la cual los notarios tienen la obligación de reportar al sistema determinado para este fin el valor comercial del inmueble de acuerdo con sus características propias a precios de mercado, el hecho de no hacerlo terminará en sanciones.

Se crea el Registro Único de Beneficiarios RUB, que contiene la información de personas naturales que obtienen beneficios de una empresa o participan de ella a partir de un 5% en capital e inversiones, a través del cual se busca corregir los actos ilegales de lavado de activos y evasión. Así mismo, el intercambio de información tributaria a nivel internacional compromete al contribuyente a la transparencia sobre sus activos y actividades en moneda extranjera de la cual derive su beneficio, muy importante además en el retorno de impuesto a la renta que se consideraba como una fracción sombra de la información reportada por el contribuyente.

De otro lado, el RUT se podrá elaborar de oficio a través de la competencia de la DIAN quien estará encargada para sus efectos de incluir en el RUT a las personas naturales que dada su actividad productiva o de la que derivan ingresos son sujetos de registro en el momento en que se conviertan en declarantes, esto no, es más, que fortalecer los registros de información de los contribuyentes.  La Dian además tendrá capacidad para informar a los contribuyentes de renta el valor a pagar a través de la factura de renta, es un mecanismo por medio del cual la Dian formaliza el cobro a través de la información reportada por terceros y lo remite al contribuyente, si este no está de acuerdo, podrá presentar su declaración con los elementos de información correctos y coincidentes con el registro del ente fiscal.

Grosso modo la Ley de inversión social, es una oportunidad para robustecer los registros de información disponibles, profundizar en la transparencia tributaria por parte de los contribuyentes, facilitar el acceso a los recursos informáticos de reporte, avanzar en la lucha contra la evasión y fortalecer los recursos inmersos en la transparencia y sostenibilidad fiscal.

Con estos mecanismos se busca fortalecer la creación de nuevos puestos de trabajo especialmente para jóvenes entre 18 y 28 años hasta el año 2023 con 319.358 nuevos empleos y 4.68.637 nuevos empleos para personas mayores de 28 años; extender el PAEF hasta diciembre de este año, con posibilidad de ir hasta junio de 2022, promover la matrícula cero y el acceso a la educación superior en IES públicas con carácter permanente, lucha contra la pobreza por medio del Ingreso Solidario y el sostenimiento de los demás programas sociales de transferencias monetarias.

El Ingreso solidario pasa a ser perfeccionado a partir de una nueva distribución de ingreso por tamaño de hogar entre $ 80.000 y $ 320.000 hogares en condición de pobreza y pobreza extrema identificados en el SISBÉN IV. Finalmente se mantendrá el beneficio de los 3 días sin IVA, una política que se institucionaliza en el país por sus buenos resultados.

El paso a la inversión social se convierte en una estrategia que se convierte en pilar fundamental para la lucha contra la pobreza, el mejoramiento del capital humano, la eliminación de barreras al mercado laboral, el subsidio a la productividad y los mecanismos de convergencia económica sostenible en el largo plazo.

Termino por decir, que una vez esté lista esta propuesta y sus mecanismos lleven a mejorar las condiciones del ingreso de los hogares colombianos, Colombia pasará la página de la pobreza endémica y el retraso en infraestructura social, hay mucho por hacer, pero de plano, este ya es un paso enorme que abrirá las puertas a otras formas de pensar el desarrollo.

Ciro Alejandro Ramírez C.

Abogado egresado de la Universidad Javeriana; especialista en derecho minero-petrolero de la Universidad Externado de Colombia, derecho contractual de la Universidad del Rosario y derecho de sociedades de la Pontificia Universidad Javeriana. Magister en Gerencia Pública de la Universidad de los Andes, escuela de gobierno Alberto Lleras Camargo. Actualmente, cursa programa de Doctorado en Derecho en la Universidad Santo Tomás.
Representante a la Cámara por el Departamento de Boyacá para el periodo constitucional 2014-2018, miembro de la Comisión tercera constitucional de la Cámara de Representantes. Actualmente es Senador de la República, por el partido Centro Democrático.

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