¿En qué va el proceso contra el gobernador Aníbal Gaviria Correa?

Con un categórico llamado a la Fiscalía General de la Nación y a la Corte Suprema de Justicia para que se materialicen las promesas constitucionales asociadas al actual sistema penal colombiano, la Procuraduría apeló la decisión de la Sala de Primera Instancia de desestimar la solicitud de nulidad del proceso que bajo la Ley 600 de 2000 abrió la Fiscalía contra el gobernador de Antioquia, Aníbal Gaviria Correa.

La Fiscalía, en noviembre de 2019, encausó al primer mandatario de los antioqueños por supuestas omisiones en su deber de vigilancia en la delegación de la contratación para el mejoramiento de la Troncal de la Paz. El ente acusador decidió llevar este proceso bajo la Ley 600 de 2000, la cual, no sólo para la Procuraduría no era la aplicable en razón del fuero funcional del Gobernador, sino que también es considerada anacrónica para todos los casos.

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En efecto, es importante recordar que en Colombia desde el año 2004, es decir, desde hace un poco más de 16 años, por regla general impera el sistema acusatorio (bajo la ley 906 de 2004) y no el sistema inquisitivo, el mismo que el ante acusador propone como marco jurídico para juzgar al Gobernador Gaviria Correa.

Precisamente, es en este sentido en el que se pronunció la Procuraduría, la cual, tras reiterar que la «Ley 600 resulta incompatible con el derecho penal contemporáneo»y que es necesario respetar las «convenciones del bloque de constitucionalidad», resaltó el hecho de que “la ley 906 responde a una política criminal de vanguardia, con lazos de armonía con la Constitución del 91, con garantías como la doble instancia y la doble conformidad».

Con todo, y dada la insistencia de la Fiscalía en escoger el sistema de la ley 600 del 2000, la Procuraduría señaló que es “mandatario que se declare que el modelo procesal no debe ser elegido a discreción de quien investiga” y recalcó que “la Constitución Política limita las facultades de la Fiscalía”, razón por la que requirió “que la judicatura fortalezca y materialice lo que es un mandato constitucional desde 2002″.

Este rifirrafe jurídico será decidido por la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, en una decisión que vas a ser histórica, pues dicha sala del Alto Tribunal, más allá de resolver un debate procesal, decidirá si la Constitución Política de Colombia se va a tomar en serio de aquí en adelante o no… si la reforma constitucional que buscaba dotar de las garantías que adolecían los procesados se va a aplicar o no.

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