Esperanza y Crisis: Corte Constitucional de Colombia Defiende Derechos de Pacientes con VIH en un Sistema Sanitario en Debate

«Ante la incertidumbre generada por las recientes intervenciones de la Superintendencia de Salud, es imperativo que los jueces vuelvan a equilibrar el sistema en defensa de los pacientes, tal como lo han hecho a lo largo de los años»


 

Colombia, es un país de contrastes y complejidades, y nuestro sistema de salud de salud no es la excepción, desde su puesta en marcha luego de la expedición de la ley 100 de 1993 el sistema se ha tambaleado en una suerte de dificultades jurídicas, económicas, sanitarias y constitucionales, que han desencadenado la actual necesidad de reforma.

Igualmente con la promulgación de la Constitución colombiana de 1991, los jueces, particularmente a través de la acción de tutela y la Corte Constitucional, han desempeñado un papel fundamental en la configuración y protección del sistema de salud del país. Su capacidad para interpretar y aplicar los principios constitucionales ha permitido garantizar el acceso a la atención médica y proteger los derechos fundamentales de los ciudadanos, incluyendo aquellos relacionados con la salud y la seguridad social. Actualmente, el país  vive tal vez su crisis mas profunda en este sistema,  mientras que por un lado el Congreso archiva el proyecto de reforma propuesto por el Gobierno de Gustavo Petro, que buscaba transformaciones estructurales en el sistema de salud, por otro lado, la Superintendencia de Salud interviene EPS de gran envergadura que afilian a millones de colombianos, generando incertidumbre y preocupación en la población. Sin embargo, en medio de estas turbulencias, la Corte Constitucional emerge como un faro de esperanza, precisando de manera positiva los derechos de las personas con VIH y defendiendo su acceso a una atención médica digna y continua. Este contraste revela la compleja realidad del sistema de salud colombiano, donde coexisten desafíos estructurales y avances judiciales que buscan garantizar la protección de los derechos fundamentales de todos los ciudadanos.

En lo corrido del 2024, la Corte Constitucional de Colombia ha continuado su labor en el desarrollo del precedente en materia de derechos de las personas con VIH, destacando su compromiso con la protección de la salud y seguridad social de pacientes migrantes en el país. La reciente Sentencia T-011 del 2024 subraya esta postura al enfatizar la importancia de garantizar el acceso a la atención médica para este grupo de especial protección. Sin embargo, este esfuerzo no es nuevo; en el año anterior, la Corte emitió la Sentencia T-581 del 2023, donde ordenó a la ARL Sura capacitar a dos empresas sobre la sensibilización respecto de la enfermedad del VIH. Estas acciones reflejan el continuo compromiso de la Corte Constitucional en la promoción y protección de los derechos fundamentales de las personas con VIH en Colombia.

La Sentencia T-011 del 2024 de la Corte Constitucional de Colombia, que aborda el caso de GNR[1] contra la EPS, representa un hito significativo en la protección de los derechos de salud de los pacientes migrantes con VIH en el país. Este fallo se produce en un contexto donde el accionante, un ciudadano venezolano afiliado al régimen contributivo de la EPS, solicitó el restablecimiento de los servicios médicos para su tratamiento antirretroviral por VIH, luego de que la EPS suspendiera dichos servicios debido a falta de aportes y vencimiento de documentos de identidad. Ante este escenario, la Sala Novena de Revisión de la Corte Constitucional se enfrentó al problema jurídico central: ¿Se vulneran los derechos a la salud y a la seguridad social de una persona migrante con VIH cuando la EPS suspende los servicios por razones administrativas y financieras? Tras un análisis detallado, la Corte revocó el fallo del Juzgado Administrativo del Circuito de Medellín y amparó los derechos fundamentales de GNR a la salud y seguridad social. Se ordenó a la EPS restablecer los servicios médicos para su tratamiento antirretroviral, y se conminó al accionante a realizar trámites para ser encuestado en el Sisbén y trasladarse al régimen subsidiado en salud en caso de no poder pagar el régimen contributivo. Esta decisión enfatiza la importancia de garantizar el acceso a la salud de las personas migrantes con VIH, así como la responsabilidad de las EPS en brindar atención médica oportuna, sin interrumpir el suministro de medicamentos esenciales para pacientes con condiciones crónicas como el VIH. La sentencia destaca la necesidad de proteger los derechos fundamentales de los pacientes, independientemente de su condición migratoria, y resalta la importancia de la acción de tutela como un mecanismo efectivo para asegurar el acceso a la atención médica necesaria. En este sentido, la Corte ha reiterado su compromiso con la continuidad del tratamiento de pacientes con VIH, independientemente de barreras administrativas o económicas, reforzando así su postura en la defensa de la salud y la vida digna de todos los ciudadanos, como lo demuestra también la reciente Sentencia T-581 del 2023, donde se ordenó a una EPS capacitar a empresas sobre la sensibilización respecto a la enfermedad del VIH.

La Sentencia T-581 de 2023 de la Corte Constitucional de Colombia, donde se ordena a la ARL Sura capacitar a dos empresas sobre la sensibilización respecto de la enfermedad del VIH, destaca la importancia de prevenir la discriminación en el entorno laboral debido a creencias equivocadas sobre la transmisión de la enfermedad. Esta medida busca promover un ambiente laboral informado, inclusivo y libre de discriminación, reconociendo la necesidad de garantizar el respeto de los derechos fundamentales de los trabajadores, especialmente aquellos en condiciones de debilidad manifiesta por razones de salud. La determinación de la Sala Séptima de Revisión de la Corte se basa en el estudio de una tutela interpuesta por un ciudadano diagnosticado con VIH-1, quien fue despedido de su empleo sin la autorización del Ministerio de Trabajo, alegando discriminación por parte de su empleador debido a su condición de salud. La Corte, al revocar las determinaciones y amparar los derechos del accionante, destaca que las personas diagnosticadas con VIH son sujetos de especial protección constitucional, y subraya la importancia de promover la sensibilización y la prevención de la desinformación sobre el VIH en todos los actores involucrados en el entorno laboral. En este sentido, la capacitación dirigida a las empresas y a sus empleados tiene como objetivo evitar la discriminación y promover un trato justo y respetuoso hacia las personas con VIH en el ámbito laboral, reconociendo así la dignidad humana y los derechos fundamentales de todos los trabajadores.

En un contexto donde los avances legales y jurisprudenciales son cruciales para salvaguardar los derechos de las personas con VIH, las recientes decisiones de la Corte Constitucional de Colombia evidencian un compromiso sólido con la promoción de un entorno de respeto, inclusión y acceso equitativo a la salud. Desde la imposición de la capacitación en empresas hasta la salvaguardia de la continuidad del tratamiento médico, estas sentencias subrayan la importancia de la sensibilización, la prevención de la discriminación y el reconocimiento de la dignidad de cada individuo, independientemente de su situación de salud o migratoria. En un país donde la solidaridad y el respeto a los derechos fundamentales son fundamentales, estas decisiones judiciales refuerzan el camino hacia una sociedad más justa, informada y respetuosa para todos sus ciudadanos. Ante la incertidumbre generada por las recientes intervenciones de la Superintendencia de Salud, es imperativo que los jueces vuelvan a equilibrar el sistema en defensa de los pacientes, tal como lo han hecho a lo largo de los años.


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[1] Para efectos de proteger al actor el nombre del demandante se anonimiza.

Carlos Andrés Gómez García

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