El Senado

El Senado fue un cuerpo creado por los romanos desde la propia fundación de Roma en el año 753 a.d.C. y que representaba a los patricios, las familias que fueron padres de la ciudad, representadas por los de mayor edad, de ahí la palabra senado: de senilidad.

Cuando la revolución inglesa en el siglo XVII el Parlamento se escindió en dos cámaras: Cámara de los Lores y Cámara de los Comunes, dando origen al bicameralismo.

La Rebelión de los Estados Unidos de América en 1776 al inventar la federación, creó el bicameralismo como lo entendemos hoy: un Senado de la República que representa a los Estados miembros y una Cámara de representantes que personifica a la nación misma, esto es, a los habitantes.

La Revolución francesa del siglo XVIII acabó con los privilegios de la nobleza (los lores) y estableció una sola Cámara: la Asamblea Nacional.

El Senado de la República de Colombia es un cuerpo que hace parte del Congreso Nacional, que desde 1821, fecha de la primera constitución colombiana, hace parte de nuestra vida republicana. En esa Constitución, en su art. 93, se estableció que los senadores eran nombrados por los Departamentos.

La Constitución de 1830 en su artículo 48 determinó que cada Provincia elegía un senador.

La Constitución de 1832 en su artículo 41 ordenó que cada Provincia eligiera un senador, por lo menos, y uno por cada 60.000 almas.

La Constitución de 1843 en su artículo 43 estableció que los senadores eran uno por cada provincia y uno más por cada 70.000 almas.

La Constitución de 1853 en su artículo 16 determinó que habría un Senador por cada Provincia.

La Constitución de 1858, Confederación Granadina, en su artículo 20, expresó que por cada Estado habría tres senadores representándolos.

La Constitución de 1863, Estados Unidos de Colombia, en su art. 39, determinó que cada Estado tendría tres senadores.

La Constitución de 1886, República de Colombia, estableció en su art. 93, que habría tres senadores por cada departamento.

Es decir, desde el concepto moderno de la noción del senado, en 1776, es claro que el Senado representa a las regiones, a las provincias, a los territorios, llámense Provincias, Estados, Departamentos. Así se refrendó a lo largo de toda nuestra historia constitucional.

Sólo en 1991, para darle gusto a los bandidos del M19 que habían asesinado a las Cortes colombianas, y a tantos ciudadanos ilustres de la República, se determinó que el Senado era nacional, esto es, que no representaban a las regiones, pues de otra manera, el M19 no lograría senadores. Todo obedeció a una de las tantas claudicaciones del Estado colombiano ante los grupos de bandoleros y asesinos ante los cuales ha cedido, aún en contra de la nación colombiana.

Ha sido nefasta la disposición constitucional de 1991 que estableció la circunscripción nacional para los senadores, al punto que muchos departamentos significativos se han quedado sin senadores (Caso Risaralda), y, por el contrario, otros de menor calado (Sucre), han tenido exceso de senadores.

Es muy importante que cara región tenga su voz en el Congreso de la República. Esa voz es la voz del Senado, siendo el primer cuerpo del Congreso.

Es muy importante que Antioquia tenga sus senadores propios, de acá, que conozcan nuestra idiosincrasia, nuestras necesidades, que nos entiendan a través de nuestras costumbres y nuestro pasado.

No es conveniente que los votos de los antioqueños los entreguemos a las voces de otras regiones. Antioquia, tiene algo que decir, y deberá decirlo por la boca de sus propios hijos. Más ahora, cuando peligra la democracia entre las falsías pronunciadas por los mismos asesinos de nuestras Cortes.

Antioquia debe labrarse su propio camino a través de las voces de sus propios hijos.

Julio González Villa

Doctor en Derecho U. Externado de Colombia; Abogado UPB; Magíster Administración de EAFIT; Especialista Derecho Ambiental U. Externado y Derecho Administrativo y Comercial.

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