El peligro del intrusismo profesional en redes sociales y sus consecuencias legales

“El fenómeno del intrusismo no se limita a la nutrición. En sectores como la psicología, la educación financiera y el entrenamiento físico, es habitual encontrar personajes sin credenciales verificables que ofrecen asesoramiento como si fueran expertos. La lógica de los algoritmos de redes sociales prioriza la popularidad sobre la veracidad, haciendo que los contenidos con mayor engagement tengan más visibilidad sin importar su rigor científico.”.


En la era digital, las redes sociales han cambiado cómo conseguimos información, permitiendo que cualquier persona con un teléfono y acceso a internet pueda crear contenido. Sin embargo, esta democratización de la comunicación ha llevado a una preocupante invasión de campos profesionales por personas sin la formación o la ética necesaria para dar consejos en ciertas áreas. Este fenómeno, llamado intrusismo profesional, afecta muchas áreas como la nutrición, la salud mental y la educación financiera, donde la falta de información puede causar serios problemas para la gente.

Uno de los sectores más afectados por esta problemática es el de la nutrición. En redes sociales como Instagram, TikTok y YouTube proliferan influencers y «coaches» que recomiendan dietas, suplementos o hábitos alimenticios sin ningún respaldo académico ni aval profesional. Basados en sus propias experiencias o en tendencias de moda, estos creadores de contenido generan recomendaciones que, lejos de promover una alimentación saludable, pueden derivar en problemas de salud pública, como trastornos de la conducta alimentaria o deficiencias nutricionales graves.

Un caso reciente que ilustra este problema es el del autodenominado «Doctor Bayter», un influencer colombiano que ha generado polémica por su discurso despectivo contra ciertos grupos de alimentos y su promoción de dietas restrictivas cuyo  respaldo científico es cuestionado por muchos profesionales de la nutrición. Sus declaraciones, como referirse a las frutas como “frutas con mierda”, han generado críticas no solo por la falta de rigor en sus afirmaciones, sino también por el impacto que pueden tener en la percepción de la alimentación saludable. Este tipo de discursos, amplificados por las redes sociales, pueden inducir a muchas personas a adoptar prácticas nutricionales perjudiciales basadas en información errónea.

Consecuencias legales del intrusismo profesional

El intrusismo profesional no solo es un problema de desinformación, sino también un asunto legal. En España, el artículo 403 del Código Penal sanciona el ejercicio indebido de profesiones reguladas. En Colombia, aunque no existe un delito específico de intrusismo, el Código Penal contempla la falsedad personal en su artículo 296, sancionando a quienes se atribuyan una calidad profesional sin tener el debido respaldo. Sin embargo, la aplicación de esta norma en casos de influencers o figuras públicas que emiten consejos sin credenciales es limitada y poco efectiva.

La Ley 1164 de 2007 creó los colegios profesionales, que se encargan de inscribir a los profesionales de la salud en el Registro Único Nacional del Talento Humano en Salud.

Quienes ejercen como especialistas o subespecialistas sin haber obtenido la legalización, pueden ser sancionados ética y penalmente.

En el caso específico de la nutrición, la Ley 73 de 1979, que regula el ejercicio de la profesión de Nutrición y Dietética en Colombia, establece que solo quienes tengan título de nutricionista-dietista pueden ejercer legalmente en este campo. Esta ley prohíbe explícitamente que personas sin la debida formación profesional asesoren en temas de alimentación y dietética, reconociendo que el manejo inadecuado de la nutrición puede comprometer la salud pública. A pesar de esta normativa, en la práctica sigue habiendo poca fiscalización y sanción contra quienes infringen la regulación, dejando a la población expuesta a recomendaciones irresponsables.

 

Es interesante como en el derecho español existe el delito de intrusismo laboral ocurre cuando alguien hace trabajos de una profesión sin tener el título y la formación necesarios. En este contexto, los actos propios de una profesión son aquellos que son parte de la actividad profesional mencionada en el título y que requieren una lex artis.

El artículo 403 del Código Penal regula el delito de intrusismo profesional.

  1. El que ejerciere actos propios de una profesión sin poseer el correspondiente título académico expedido o reconocido en España de acuerdo con la legislación vigente, incurrirá en la pena de multa de doce a veinticuatro meses. Si la actividad profesional desarrollada exigiere un título oficial que acredite la capacitación necesaria y habilite legalmente para su ejercicio, y no se estuviere en posesión de dicho título, se impondrá la pena de multa de seis a doce meses. Artículo 403.1 del Código Penal

El intrusismo profesional ocurre cuando alguien lleva a cabo las actividades propias de una profesión sin tener el título y la formación necesaria. Estos actos son propios de una profesión y se asignan solo a los profesionales de un sector.

Un problema de salud pública

El fenómeno del intrusismo no se limita a la nutrición. En sectores como la psicología, la educación financiera y el entrenamiento físico, es habitual encontrar personajes sin credenciales verificables que ofrecen asesoramiento como si fueran expertos. La lógica de los algoritmos de redes sociales prioriza la popularidad sobre la veracidad, haciendo que los contenidos con mayor engagement tengan más visibilidad sin importar su rigor científico.

Ante este panorama, es urgente que las instituciones refuercen la regulación y el control sobre quienes ejercen funciones propias de profesiones reguladas sin contar con la debida formación. Asimismo, es fundamental que los usuarios desarrollen un pensamiento crítico frente a la información que consumen, verificando siempre la credibilidad de quienes emiten consejos sobre temas sensibles.

El intrusismo profesional en redes sociales no es un simple problema de competencia laboral: es un asunto de salud pública. Combatirlo requiere tanto la acción de las autoridades como la responsabilidad de cada usuario para exigir información veraz y respaldada por profesionales capacitados. La salud no puede estar en manos de algoritmos ni de tendencias virales: debe ser protegida por el conocimiento, la ética y la ciencia.

Carlos Andrés Gómez García

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