«Lo que demuestra la Ley de Seguridad Ciudadana es que el Estado, en su incapacidad de disminuir el crimen y la inseguridad, le cede la batuta a la ciudadanía (de bien)».
Solo falta la sanción presidencial, la firmita del señorísimo presidente (por poco y así lo tendríamos que ensalzar a él y a todos los funcionarios y exfuncionarios públicos si no fuera por la revocatoria del mico contra la libertad de prensa; injuriarlos o calumniarlos equivaldría a cinco o a diez años de prisión, con una multica de mil quinientos millones de pesos, además de clausurar a la organización comunitaria a la que corresponda… Pero no hablaré de esta ponencia caída del representante por el Cambio Radical, Juan Carlos Arango… Digo, César Lorduy) para que la Ley de Seguridad Ciudadana se haga realidad, muy a pesar de las críticas de estudiosos, de grupos de investigación y de penalistas.
El artículo más ventilado es el de la «legítima defensa privilegiada», que dice así: «Se presume también como legítima la defensa que se ejerza para rechazar al extraño que usando maniobras que superen las barreras de la propiedad o mediante violencia penetre o permanezca arbitrariamente en habitación o dependencias inmediatas, propiedad comercial cerrada al público o vehículo ocupado. La fuerza letal se podrá ejercer de forma excepcional para repeler la agresión al derecho propio o ajeno», más un parágrafo: «En los casos del ejercicio de la legítima defensa privilegiada, la valoración de la defensa se deberá aplicar un estándar de proporcionalidad en el elemento de racionalidad de la conducta».
Esta «legítima defensa», en palabras del Grupo de Prisiones de la Universidad de los Andes, pone al «patrimonio y el sistema económico al mismo nivel de la vida». Lo cual recuerda al discurso mediático-gubernamental en los tiempos de protesta: las cosas adquieren un valor inconmensurable, la propiedad privada es la que debe ser protegida, lo material (estaciones de policía, sistema de transporte, vías bloqueadas) está sobre los jóvenes asesinados, descuartizados, sobre las mujeres violadas y sobre las lesiones oculares…
Hubo un argumento de no sé quién sobre un niño que pasaba al jardín de otra persona a coger una fruta, entonces el dueño del árbol podría actuar en «legítima defensa privilegiada» para sacarlo, vivo o muerto, de su jardín. Y continuaba el argumento diciendo que la ley no contempla las dinámicas del campo. Ante lo cual asumo: llevando esta ley a los Procesos de Liberación de la Madre Tierra en el norte del Cauca, donde las balas del ejército y los operativos del ESMAD asesinan a indígenas y a campesinos, ¿no se creará una especie de Convivir? ¿Los terratenientes no tendrán luz verde para arremeter con fuego, de una vez por todas y amparados por el coto de caza que les abre la «legítima defensa privilegiada» en sus propiedades? Una utopía paramilitarista; la utopía Andrés Escobar.
Ahora bien, para Diego Molano esta ley previene que los CAI sean vandalizados, lo que demuestra el carácter vengativo de su defensa y el doble filo de lo que dice: ¿y qué previene que en los CAI se vandalice, es decir, se viole y se torture? ¿Qué previene e investiga lo que sucede dentro de los CAI en momentos de agitación social, donde muestran una parte de la historia y la otra se la guardan en los bolsillos?
Leamos las palabras de Juan Manuel Daza, representante por el Centro Democrático: «La seguridad empezamos a corregirla cuando los ciudadanos de bien se pueden defender. Porque eso disuade al criminal que hoy está empoderado. Aquí no estamos criminalizando ninguna protesta». ¿Y si el criminal empoderado es el ciudadano de bien? Hagamos memoria del engendro que ya existía en nosotros, pero que conocimos en el Paro: la gente de bien: Toyotas, sombreros aguadeños, caballos de paso fino, camiseta blanca, «Plomo es lo que hay»…
Lo que demuestra la Ley de Seguridad Ciudadana es que el Estado, en su incapacidad de disminuir el crimen y la inseguridad, le cede la batuta a la ciudadanía (de bien). Lo mismo sucedió con las Convivir, lo mismo puede suceder en este caso. Se verán un montón de situaciones donde la hermenéutica desvirtúe los artículos o los artículos se encarguen de embrollar la mente de los jueces. Y la sanción presidencial que tiene en vilo al país —o al que sabe que sucede esto— no eliminará, por lo menos, el agravar la judicialización a las personas encapuchadas. Citando al abogado Francisco Bernate: «Las personas no están obligadas a mostrar su identidad, entonces aumentar la pena por una capucha o por una máscara es un absurdo más de este proyecto de ley». Otro absurdo peligroso más.
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