Breve concepto de la República

Subjetivamente, podría señalar la vocación democrática como una exhortación de la razón a convivir armónica y pacíficamente con los demás seres humanos, a partir de la convergencia ideal en los acuerdos tribales logrados por la inteligencia (trazada en el lenguaje) en favor de un orden que se propende justo. Suscribo así, a esta frase de Platón en la República:

“El alma no conserva ningún conocimiento que haya penetrado en ella por la fuerza.”

Como República se entiende a la Forma de Gobierno en la que el poder político es administrado por el Presidente de la República (que es el que se elige para estar al frente, el que re-presenta; NO es un dictador que se impone por fuerza o corrupción, NI un monarca cuyo derecho sea divino o de linaje, NI un tirano que asciende usurpando y denigrando a los demás) que se encuentra sometido al imperio de las Leyes en el Estado de Derecho; Estado de Derecho que a su vez cuenta con otros dos poderes de naturaleza independiente, correspondientes al poder judicial (de juicio, juzgamiento, impartición de justicia) en cabeza de los Máximos Tribunales y los demás Jueces de la República, y el poder legislativo (de legislar, crear leyes, construir el marco de acción y las reglas de juego) representado ‘democráticamente’ por el Congreso de la República.

La República separa, aísla, al Presidente del poder totalitario en el momento en que reconoce que la autoridad que emana deviene del imperio de las Leyes y no de su condición humana misma. Una República Democrática establece los lineamientos de participación de un número cada vez más plural de personas, para que éstas determinen, mediante los mecanismos y procedimientos adecuados, los márgenes de poder del gobierno y los pretendidos alcances del mismo; en un régimen constitucional, estas proclamas del Pueblo (conjunto de ciudadanos habilitados para ejercer un poder político legítimo) se encuentran señaladas principalmente en la carta de Constitución Política, que contiene derechos sustanciales (identidad, individualidad, libertad, autonomía, acreencias y obligaciones públicas…) y lineamientos orgánicos (separación de poderes, establecimiento de instituciones independientes con fines específicos y determinados técnicamente, competencias y responsabilidades públicas…) para la protección de la Dignidad Humana en Sociedad, recogida en la Ciudadanía (condición del ser humano en Democracia).


Nota de la Autora: Es preciso considerar las acciones autocráticas de nuestros gobiernos y nominarlas como tal, pues la flagrante violación a las bases del poder en la República por parte de Presidentes, pone en cuestión la imagen general que se tiene de esta figura, arriesga la Democracia y nuestra propia integridad.

Haciendo énfasis en Colombia y el reciente Decreto Presidencial emitido por Gustavo Petro, que versa sobre el tratamiento político de crímenes cometidos por personas identificadas como ‘Primera Línea’, es preciso señalar que amenaza frontalmente el orden democrático establecido en el país al extralimitar sus competencias recurriendo a analogías improcedentes en el marco del conflicto armado, desconociendo la autoridad de las instituciones nacionales y la división de poderes, tanto como la dignidad y la merecida justicia para los ciudadanos víctimas; desconociendo la República.

María Camila Chala Mena

Poeta. Abogada con énfasis en Administración Pública y Educadora para la Convivencia Ciudadana, Especialista en Gerencia de Proyectos y Estudiante de Maestría en Ciudades Inteligentes y Sostenibles. Fundadora de Ágora: Laboratorio Político. "Lo personal es político".

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