Deja mucho que desear un gobierno donde se persigue a quienes denuncian conductas como la censura, más cuando la censura es por parte de una entidad pública.
Se conoció que la fiscalía imputará cargos contra Diana Marcela Diaz Soto, luego de una demanda interpuesta por Juan Pablo Bieri quien argumenta que Díaz habría violado acuerdos de confidencialidad filtrando audios de una reunión privada en las instalaciones del RTVC.
Todo esto respecta al audio de una reunión de enero de 2019 posterior a que Santiago Rivas, el entonces presentador del programa “los puros criollos” participara en un video de “la pulla” donde se hablaba de la ley TIC, y como esta podría facilitar censuras por parte del gobierno. En los audios se escucha claramente como Bieri diciendo estar muy preocupado con Santiago Rivas, pregunta “¿Cómo hacemos para que no salga más en nuestros productos?”, cuando le mencionan que la temporada del programa “los puros criollos” estaba lista el menciona “le vamos a cambiar el horario” posteriormente dice “Lo cambiamos de horario. Matamos la producción. Lo ponemos a las tres de la mañana, él no sabe, digamos no tiene ni idea de lo que está diciendo, se está burlando del Estado, se está burlando de la entidad que le da de comer y le paga un sueldo (…) la serie se acaba (…) No hay posibilidad que Santiago vuelva a trabajar con esta gerencia, con esta empresa”.
Luego de estas filtraciones Bieri renunció a la entidad, aunque meses después la presidencia le ofreció un contrato por 468 millones de pesos como prestar los servicios profesionales de asesoría al Departamento Administrativo de la Presidencia de la República. Lo que revivió la polémica luego de que muchos consideraran los actos cometidos a Santiago Rivas una censura lo que tendría que ver con delitos de hostigamiento por causas de ideología por atentar contra la imagen de Rivas por el hecho de que este ejerciera su derecho a la libertad de opinión.
El argumento de la fiscalía, mencionado en un comunicado para iniciar el proceso es que “al parecer,(Diana Marcela Díaz) habría incurrido en un tipo penal y supuestamente usó en provecho propio información allegada a su conocimiento por razones de su función y que debía permanecer en reserva”, sin embargo, según lo expresado por penalistas en varios medios de comunicación, las cosas estarían a favor de Diana Marcela Diaz, en primer lugar porque sería difícil probar que se trata de información confidencial, lo que solo ocurre en situaciones como reuniones de ministros o consejos de seguridad, en segundo lugar, el uso de dicha información (confidencial) es válida en ciertos casos, entre ellos denuncia a cuando se está presentando un acto delictivo en contra de otra persona, como sería el caso, donde se evidencia claramente que se censuró a Rivas por sus comentarios en “la Pulla”, si bien el acto de censurar no está penalizado per se, se puede argumentar que se trata de hostigamiento contra el periodista. Además de que luego de la filtración Diaz no tendría ninguna ganancia personal, por el contrario, estaría entrando a un juicio que daña su imagen, le genera gastos de representación y demás factores que la afectarán personalmente, mientras que Juan Pablo Bieri, el supuestamente damnificado, está disfrutando de un multimillonario contrato que le otorgó la presidencia de la república.
Deja mucho que desear un gobierno donde se persigue a quienes denuncian conductas como la censura, más cuando la censura es por parte de una entidad pública, mientras que otros procesos que pueden no ser convenientes para el gobierno se les ponen trabas, se van disolviendo y terminan en vencimiento de términos. También deja mucho que desear que aquel que censure a una persona por diferir en posiciones políticas no sea sometido a una investigación, por el contrario, se le ofrezcan contratos multimillonarios con el gobierno.
Es entonces que cabe reflexionar sobre lo mencionado en 1971 por el entonces magistrado de la corte suprema de los Estados Unidos, Hugo Black cuando dio a conocer la victoria del New York Times y el Washington Post en un juicio contra el Estado. Este expresó que “Los Padres Fundadores dieron a la prensa libre la protección que debe tener para cumplir su esencial cometido en nuestra democracia. La prensa debía servir a los gobernados, no a los gobernantes. El poder del Gobierno para censurar a la prensa se abolió para que la prensa se mantuviera siempre libre para censurar al Gobierno. Se protegió a la prensa para que pudiera destapar los secretos del gobierno e informar al pueblo. Solo una prensa libre y sin restricciones puede sacar a la luz de manera eficaz los engaños del gobierno. Y es primordial entre las responsabilidades de la prensa libre el deber de impedir que cualquier parte del gobierno engañe al pueblo”.
¿Qué reflexión sacamos entonces de nuestra democracia? Si la prensa se persigue, se censura, se deslegitima y se ataca, si aquellos que sacan a la luz esas verdades que incomodan a los poderosos pierden su empleo, y muchas veces tienen que salir del país por su propia seguridad, si la prensa deja de ser transparente, imparcial e informativa y se convierte en un medio de propaganda gubernamental. Cuando una prensa le sirve a los gobernados y no a los gobernantes, se acaba con ella. Mientras eso siga pasando el argumento que dice que nos acercamos a ser como Venezuela, no está muy fuera de lugar después de todo.
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