Sobre el mínimo vital en el Plan de Desarrollo de Medellín 2020-2023

Recuperar lo social es prever las consecuencias de la contingencia por la pandemia

Fuente: Elaboración propia

 

En esta época de la pandemia global, son diversas las voces que solicitan revisar y reformular el Plan de Desarrollo Municipal de Medellín, no solo para corregir los vacíos y las deficiencias técnicas, sino para orientar los recursos públicos hacia el aseguramiento de las necesidades básicas insatisfechas y al rescate de la economía de la Ciudad, que se verán muy afectadas por la actual contingencia a raíz de esta. Al respecto vale la pena recordar que es un deber constitucional que el gasto público social sea prioritario en la toma de decisiones sobre el presupuesto, y, aunque, en el anteproyecto no se menciona como se distribuye el gasto social en la inversión, es importante recordar lo que la Corte Constitucional en Sentencia C-221/11 establece sobre el tema[i]: “su objetivo (el de gasto público social) no es otro que financiar aquellos campos de la acción estatal que conforman el mínimo vital de las comunidades y que, por ende, las habilitan materialmente para el ejercicio de los demás derechos”.

 

El Derecho al Mínimo Vital, se define como[ii]: “(…) como un derecho fundamental que le permite al individuo vivir de acuerdo con el estilo de vida que lo caracteriza, conforme a su situación económica y todo lo que requiere para vivir dignamente”. Y aunque la Corte no identifica plenamente cuales son los componentes de este Derecho, desde su compendio de normas se identifica como pilares la salud, la educación, el saneamiento y la vivienda.

 

En relación con la salud, en el anteproyecto se destinan el 18,8% del presupuesto para el cuatrenio (alrededor de 3,4 billones) y se contempla la construcción de dos unidades hospitalarias, pero no se menciona para nada como se impacta la cobertura universal, tal como lo propone la Corte, ni tampoco el compromiso con Savia Salud.

 

La educación, sigue siendo un rubro importante en el anteproyecto, significa un 30,1% del presupuesto 2020 – 2023, es decir, alrededor de 5,5 billones de pesos y busca[iii] “garantizar la educación de calidad como un derecho que moviliza la transformación humana, económica, política, ambiental y social de la ciudad de Medellín”. Plantea una cobertura universal y se compromete con el acceso a la educación superior, pero, no se ve un compromiso con la alfabetización.

 

Frente al saneamiento básico, se destina el 6,1%, alrededor de 1,1 billones y se resalta el compromiso de aumentar la cobertura de acueducto y alcantarillado para los cinco Corregimientos de la Ciudad y el conectar a 10.200 viviendas urbanas a los servicios de acueducto y alcantarillado, aunque, no se menciona la línea base, se considera que esta cifra no alcanza a cubrir la totalidad de los hogares desconectados de la zona urbana. También llama la atención de que en el documento no hay compromiso con el acceso al mínimo vital de agua potable.

 

La vivienda, representa un 4,1%, es decir, 746 mil millones de pesos. Se resalta los 12.000 mejoramientos de vivienda y las 8.000 soluciones[iv], pero llama la atención que solamente se destine 2.000 millones de pesos al mejoramiento integral de barrios.

 

En conclusión, la Ciudad requiere aumentar más el gasto público social, ya que se ha demostrado en esta actual contingencia es la existencia de  necesidades básicas insatisfechas, es hora de reorientar la inversión en el Plan de Desarrollo hacia el recuperar lo social, tal como se propuso en el programa de gobierno de Daniel Quintero.

 

 

 

 

[i] Corte Constitucional de Colombia. SENTENCIA C 221/11. Bogotá. (M.P. María Victoria Calle Correa)

[ii] Corte Constitucional de Colombia. SENTENCIA T 469/18. Bogotá. (M.P. Carlos Bernal Pulido)

[iii] Alcaldía de Medellín. ANTEPROYECTO PLAN DE DESARROLLO DE MEDELLÍN 2020 – 2023. Medellín. 2020

[iv] Aunque en charlas a gremios se habla de 10.000.