#LaOpinionDeColmenares
Acertó el gobernador de La Guajira cuando decidió promover un Acuerdo de Reestructuración de Pasivos (ARP) para superar la crisis fiscal en la que encontró el Departamento, porque no se sabía cuánto se debía ni a quién se le debía.
Se han cumplido los pasos de solicitud, estudio y aceptación del ARP; falta la negociación y suscripción del acuerdo para terminar con la ejecución y pago de las acreencias.
Actualmente el ARP y los términos están suspendidos porque hay diferencias en las acreencias con uno de los acreedores, y se presentaron observaciones ante la SuperSociedades. De tal manera que los derechos de votos y acreencias no están en firme.
Dicha suspensión debe servir para que el Departamento utilice el tiempo correctamente, y ordene los procedimientos necesarios, pero no para incurrir en conductas contrarias a los intereses del pueblo guajiro porque están ocurriendo cosas extrañas en materia contractual alrededor del ARP.
El 1° de julio de 2021 expidieron el certificado de disponibilidad presupuestal por $350 millones, solicitado por el gobernador Nemesio Roys para la prestación de servicios profesionales y apoyo para la auditoría técnica, jurídica y financiera de las obligaciones del departamento relacionadas con el ARP. (CDP)
El 18 de agosto el gobernador encargado contrató a A.P. GLOBAL ESTUDIO LEGAL S.A.S. por valor de $350 millones a cuatro meses (contrato)
Hasta ahí relativamente no se encuentra objeción alguna, pero cuando se revisa el proceso aparecen los detalles que llevan a las objeciones para concluir que no se cumplieron los principios de “transparencia, economía y responsabilidad” de la Ley 80, empezando porque el presupuesto oficial no fue publicado en el SECOP.
Según la Cámara de Comercio de Barranquilla, A.P. GLOBAL ESTUDIO LEGAL S.A.S. fue creada por Francisco Carlo Barrios Ortega el 20 de octubre de 2020, y matriculada el 26 de octubre con capital de $10 millones. (constitución)
El 3 de julio de 2021 vendió las acciones a Jesús María Acevedo Magaldi por el mismo valor del capital, y la registró el 6 de agosto. (acta de venta)
Es decir, la empresa fue creada el 20 de octubre de 2020, vendida el 3 de julio de 2021, registrada el 6 de agosto de 2021 y suscribe un contrato con la gobernación de La Guajira el 18 de agosto de 2021.
¿Sin transcurrir el primer año de creación y sin ninguna experiencia A.P. GLOBAL ESTUDIO LEGAL S.A.S contrató por $350 millones, y el RUT desactualizado porque todavía aparece el primer dueño como representante legal? (RUT)
El capital no alcanza ni para responder por el correcto manejo del anticipo del contrato que es de $70 millones (cámara de comercio)
¿Por qué se llevó a cabo mediante contratación directa con A.P. GLOBAL ESTUDIO LEGAL S.A.S, o es que no existen en el país empresas con suficiente idoneidad y experiencia para asesorar el pago de acreencias en ARP?
Los estudios previos exigen acreditar experiencia específica en dos contratos que correspondan con el objeto contractual, pero el contratista presenta dos copias (contratos) que no se relacionan con ARP, suscritos por el primer dueño de la empresa, con el municipio de Galapa (Atlántico). (estudios previos)
Será que los funcionarios de la gobernación no se dieron cuenta? ¡Es una vergüenza!
El Representante Legal de A.P GLOBAL ESTUDIO LEGAL S.A.S. es Jesús María Acevedo Magaldi, controvertido exContralor Distrital de Barranquilla denunciado por el gerente de la Triple A por haberle recomendado contratar a la firma de abogados American Lawyer Corporation para que asumieran procesos que la misma Contraloría le estaba llevando a cabo.
La Procuraduría General de la Nación le ordenó suspensión provisional por presuntos actos de corrupción, posible tráfico de influencias, abuso de autoridad y desviación de poder.
El exContralor renunció el mes de julio del año pasado, pero ese solo hecho constituye una circunstancia para valorar la transparencia del proceso contractual. (información)
Además, mis fuentes me informan que Acevedo Magaldi es asesor informal del contralor departamental de La Guajira, es decir, asesora al controlado y controlador.
¿En todo caso, cuáles son las explicaciones que tienen el gobernador elegido, el gobernador encargado, el contratista, y la secretaría de hacienda en su función de interventoría del contrato?
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