¿No a los toros, sí al aborto?

Es el Congreso de la República, lo que representa eso que conocemos como democracia desde la Antigua Grecia, donde Demos es pueblo y Kratos es poder. Es la casa de las leyes como la conocemos en Colombia, el escenario natural para defender los intereses superiores de la patria y de los colombianos, quienes están representados en cada una de las 296 curules.

Como es apenas obvio, cada debate se torna ideológico lleno de pasiones y pocas razones, donde se desconoce el tecnicismo, la realidad económica y social, para darle paso a doctrinas perjudiciales para la democracia, que está siendo sometida a un populismo absurdo e irracional que hemos llamado “¡el cambio, en reversa!”.

Actualmente se debate en la Cámara de Representantes, el famoso Proyecto de Ley 328 de 2022, “por medio del cual se pretenden prohibir en Colombia las corridas de toros, el coleo, las riñas de gallos y otras prácticas tradicionales”, iniciativa de la Senadora Andrea Padilla y el Representante Juan Carlos Lozada, quien ha liderado en varias oportunidades proyectos con el mismo fin, incluso con más sustento técnico, y que no han prosperado, debido a que este tipo de prohibiciones dejaría a más de 300 mil colombianos sin empleo, y acabarían de un pupitrazo una cultura de 200 años. Esto es de alguna manera la llamada “vetocracia” de la que habla Francis Fukuyama, donde una minoría se impone sobre unas mayorías que lo único que exigen es respeto a sus libertades.

Recordemos que tan sólo nueve días después del 20 de julio de 1810, Día de la Independencia, se celebró la primera corrida republicana. En efecto, el día 29 hubo misa de gracias con gran solemnidad, y en la tarde, corrida de toros con mucha alegría y regocijo. Con motivo de la instalación del Congreso, en la tarde de los días 23, 24 y 25 también hubo toros, que fueron breves, y en la noche iluminación.

Sin embargo, llama la atención como prima el debate ideológico de quienes lideran este Proyecto de Ley 328 al usar el relativismo moral, para anunciar la defensa de la vida de los animales, cuando en su discurso se promueve el asesinato del no nacido mediante el aborto, que hoy en Colombia, es permitido hasta antes del nacimiento.

Para hacer claridad, recordemos que desde el año 2022 con la Sentencia C-055 se despenalizó el aborto hasta la semana 24 de gestación, lo que significa que se puede asesinar al no nacido, sin que para ello se requiera el cumplimiento de ningún tipo de requisito o condición. Pero si el embarazo supera las 24 semanas de gestación, la normatividad le permite a la mujer el aborto si cumple las tres causales contempladas en la Sentencia C-355 de 2006.

Como quiera que sea, aborto es aborto y se traduce en el asesinato de una vida que está por nacer.

Volviendo al trámite legislativo del Proyecto de Ley 328, esta iniciativa ha configurado prácticas que desconocen a todas luces las reglas mínimas del decoro y la decencia, pero que además ha transgredido el Reglamento del Congreso, generando vicios profundos en su trámite, y ni que decir de las jugaditas, que al parecer les encantan a las bancadas del “cambio histórico”.

Por mencionar que, en la búsqueda de lograr el voto de la bancada de la región caribe en el Senado, la Ponente excluyó del texto la prohibición de las corralejas y las riñas de gallos, pero en la ponencia para primer debate de la Cámara de Representantes, que se presentó ante la Comisión Quinta, incluyeron las corralejas y los gallos como juego de azar, mejor dicho, pretenden acabar la cultura y la actividad de los gallos en el país. Y por si fuera poco, la ponencia positiva en la Cámara Representantes, fue radicada a solo dos horas de haber sido designada a uno de los Representantes, plazo totalmente absurdo si se entiende la complejidad del tema que el proyecto de ley pretende resolver. ¡Otra jugadita!

Este tipo de proyectos, van más allá de los argumentos, más allá del debate estrictamente técnico y económico. En este caso, este es un proyecto que tiene un alto contenido ideológico, una iniciativa que de aprobarse, en un momento donde la economía anual crecerá solo el 1.1%, con un nivel de desempleo del 13.7% y con una inflación a marzo del 13.34 %, dejaría a 300 mil colombianos sin empleo, y no precisamente a colombianos con capacidad adquisitiva, sino a colombianos campesinos, de estratos bajos, que se buscan la vida día a día, como es el caso de los galleros, que son unos berracos.

No prohibir, pero sí morigerar y regular. Debemos buscar que se haga tránsito a prácticas mucho más conscientes en la protección animal y a su trato como seres sintientes. Además, debemos cumplir con el mandato que la Corte Constitucional de acuerdo a la sentencia C- 666 de 2010, que establece que se deben morigerar en el futuro las conductas especialmente crueles contra ellos en un proceso de adecuación entre expresiones culturales y deberes de protección a la fauna.

Prohibir los gallos finos combatientes en el país, que tienen preferida en 1.100 municipios, con la existencia de 7.700 galleras y 27.500 gallerías, representando 125 mil empleos directos y 165 mil indirectos, es una canallada, si se tiene en cuenta, además, que 290 mil familias dependen económicamente del sector de los gallos y sin dejar de mencionar que los gallos finos utilizan alrededor de 20 mil toneladas de granos al mes, que a 270 dólares por tonelada, significan cerca de 330 mil millones de pesos.

Finalmente, cómo entender la incoherencia del gobierno del “cambio”. ¿A quién le creemos? A la ideología absurda del Presidente Petro que envía el mensaje de apoyo al Proyecto de Ley o a los tres conceptos negativos, con sustento técnico de los Ministerios de Hacienda, Cultura y Trabajo.


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Juan Espinal

Representante a la Cámara por Antioquia. Centro Democrático. 2018-2022.

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