Los médicos no matan, los médicos tratan.

“La muerte de un paciente es una verdadera tragedia para todos. Los médicos también cargamos con ese dolor, en silencio lloramos esas pérdidas como pesadas derrotas, nos lamentamos, nos auto castigamos y nos auto criticamos con severidad. Pero nos toca hacer de tripas corazón porque nos exigen ser fuertes y mantener la calma en situaciones como estas. Tenemos que continuar con nuestro trabajo”


El pasado 2 de febrero se conoció el fallo de primera instancia del Juzgado Primero Penal con Funciones de Conocimiento de la ciudad de Neiva, en el cual se condenó al Dr. Adonis Tupac Ramirez, como responsable del delito de homicidio culposo por el lamentable fallecimiento de una paciente a quien él operó en 2012 por cálculos en la vesícula, y días después falleció por una complicación en la clínica Medilaser de la capital huilense.

Habiendo leído con juicio la sentencia, me preocupa enormemente la falta de criterio clínico con el cual los administradores de la justicia toman decisiones y sientan una peligrosa e injusta jurisprudencia al respecto, y aunque es claro que los jueces deben tomar decisiones en derecho, también es cierto que aquellas deben estar basadas en criterios objetivos propios de la materia en cuestión, que para el caso que nos convoca le corresponde exclusivamente a la lex artis médica.

Como es costumbre en la administración de justicia, para los casos en los cuales se endilga un caso de responsabilidad médica, los jueces no toman con suficiente seriedad los conceptos médicos allegados por la defensa, probablemente porque no los entienden o porque están en una esfera epistemológica diferente a la jurídica. Resulta fácil pensar que, en consecuencia, los jueces toman las decisiones con base únicamente en los principios del derecho y no contrastan los hechos clínicos, que son los que están sujetos a la controversia litigiosa, con los principios de la medicina.

Hay que recordar que cuando un médico es juzgado, lo que se pone en tela de juicio es su conducta, y las conductas de los médicos son tomadas con base en criterios clínicos, esto es, con base en la ciencias médicas. Si los jueces van a juzgar un acto médico, deben recurrir a los principios de la medicina para establecer si cumplen con el estándar aceptado por la comunidad científica médica, es decir, por la lex artis.

Lo que se observa en casi todos estos casos, es que no se tienen en cuenta los conceptos de los expertos, ni los peritos.

Al doctor Adonis Ramirez se le juzga por una complicación que le puede pasar a cualquier cirujano en ejercicio. Los médicos somos, más que nadie, los más interesados en que a nuestros pacientes les vaya bien, que sanen, que mejore su calidad de vida y en algunas ocasiones que se curen; pero no podemos garantizar el resultado, porque la vida y la salud son situaciones tan inciertas, que algunos las consideran un milagro.

Ni que decir de la Fiscalía. ¿Cómo podemos entender que sujetos realmente peligrosos andan sueltos mientras los fiscales persiguen a personas de bien como es el caso de muchos médicos?

Establecer el nexo de causalidad entre un acto médico y una complicación subsiguiente (inherente al acto médico mencionado) se ha vuelto un ejercicio superfluo por parte de los jueces y en general de los actores de la administración de la justicia (La Fiscalía, por ejemplo) que solo se limitan a determinar si hay una relación de causa-efecto sin tener en cuenta los riesgos inherentes de la misma ciencia médica. Estos riesgos, propios de esta disciplina, no se le pueden trasladar al médico de una forma tan folclórica, sin hacer un análisis profundo de la situación clínica. Hasta al cirujano más experto se le complican  los pacientes.

La ligereza con la que la fiscalía trabaja en los casos de responsabilidad médica, por ser casos “fácilmente ganables”, hace que los médicos seamos “presa fácil” para engordar las estadísticas de resultados de la Fiscalía, que parece que ahora se dedica más al show mediático que a resolver los verdaderos problemas de criminalidad que aquejan la sociedad. Muestra de ello es el trato cuestionable que le dieron a la captura e imputación del presunto asesino de la DJ en Bogotá. Los médicos nos hemos convertido en un artículo para engrosar la productividad en un sistema que aún no supera la falacia de dar resultados sea como sea, y con el método que sea.

La muerte de un paciente es una verdadera tragedia para todos. Los médicos también cargamos con ese dolor, en silencio lloramos esas pérdidas como pesadas derrotas, nos lamentamos, nos auto castigamos y nos auto criticamos con severidad. Pero nos toca hacer de tripas corazón porque nos exigen ser fuertes y mantener la calma en situaciones como estas. Tenemos que continuar con nuestro trabajo: el difícil trabajo de mantener la salud de nuestros pacientes aun a riesgo propio.

¿Llegará el día en que los médicos dejarán de atender a los pacientes por temor a ser condenados por las complicaciones inherentes a la ciencia médica?

 

Sanders Lozano Solano

Médico y Cirujano de la Universidad Surcolombiana y Abogado de la Universidad Militar Nueva Granada, es Especialista en Gerencia de Servicios de Salud y Magíster en Educación. Experto en responsabilidad médica, se ha dedicado en los últimos años a su verdadera pasión: la academia y la escritura.

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  • Este artículo es un lobby para quedar bien ante el gremio médico pero no favorece sus críticas a la verdadera justicia y a la fiscalía. He leído esta sentencia con detenimiento y aunque me duele por ser una condena a un médico probó y honesto en todos sus actuales, es un ejemplo claro de justicia. Jamás un médico puede ser condenado por un riesgo permitido ni por la presencia de una complicación inherente a un tratamiento médico y quirúrgico, son eximentes de responsabilidad civil médica. No es cierto lo escrito por el articulista médico y abogado Dr. Lois Sanders Lozano, que la justicia ha proferido una condena por la ocurrencia de una perforación del duodeno dentro del acto quirúrgico de una colecistectomía laparoscópica. Y este fue el error cometido por los dos peritos de la defensa, afirmar que la paciente fallece por la ocurrencia de una complicación inherente a la cirugía de colecistectomía laparoscópica. La condena se fundamenta en la negligencia médica en la modalidad de una tardanza en resolver la complicación de perforación del duodeno. Debemos ponernos los pies en los hechos consignados en la historia clínica relacionada en la sentencia. Y para no esperar más, el abogado de la defensa no presentó TEORÍA DEL CASO, realmente no tuvo la más mínima defensa técnica. Este acápite es la oportunidad de defender al médico encausado. No hubo defensa. Y los dos peritajes aportados por la defensa se fundaron en afirmar que la causa de muerte de la paciente obedece a una complicación médica ( la perforación del duodeno) que no era el cargo que le endilgó la fiscalía al galeno, sino la tardanza en tratar la complicación, siendo esta tardanza una falla en el deber de cuidado que obliga al médico. Los peritajes de la defensa deberían romper el nexo de causalidad de la tardanza y tratar de probar que esa TARDANZA no existió. Bajo la gravedad del juramento afirmo que mi opinión se funda en la objetividad analítica que he realizado de la sentencia y que este comentario lo hago con respeto al Dr. Adonis, a quien profeso admiración y respeto, en lenguaje coloquial le faltó abogado y abstrusos los peritajes aportados.