La Elecciones del Domingo 13 de marzo del 2022 (Pedagogía Electoral)

Foto: republicanaradio.com

Mañana domingo 13 de marzo del 2022 se harán las elecciones para el Congreso de la República, que en Colombia son Cámara de Representantes y Senado de la República.

Históricamente el Senado de la República debe representar las regiones, que en Colombia han sido: Provincias, Estados, Departamentos. Hoy, desafortunadamente, por la Constitución de 1991, se plasmó que el Senado representaba a la Nación colombiana, no a los departamentos, por ello es que hoy se puede votar por un senador de otro departamento.

La Cámara de Representantes representa a la población, por ello es que, dependiendo del número de habitantes, cada departamento tiene derecho a un número de representantes.

Anteriormente el sistema de repartición del número de curules a cada partido político se hacía por el llamado sistema de cociente electoral, que es el resultado de dividir el número de votos por el número de curules. Hoy se ha cambiado al sistema de cifra repartidora.

Dada la importancia de las elecciones en este año 2022 al aparecer en escena un antidemocrata, un comunista, un exguerrillero bandolero y asesino, como Gustavo Petro Orrego, que, al igual que hicieron en Venezuela, nos quiere llevar al abismo populista venezolano, y ante la existencia de un sujeto que funge como alcalde de Medellín que apoya a este antidemocrata y que a la vez tiene que ser revocado, solicito a todos que vamos a votar mañana domingo 13 de marzo.

El futuro de nuestros hijos y nietos nos lo estamos jugando este año 2022. Aunque el voto es un derecho, también es una obligación.

Las leyes de la República son expedidas por los congresistas, los que elegimos mañana. Ellos definen los impuestos, ellos definen los tratados internacionales, ellos pueden juzgar al Presidente de la República y censurar a los ministros; ellos pueden reformar o hacer otra Constitución (art. 150 .C.N.). Ellos deben exigir a través del control político que se dé cumplimiento a la Constitución Nacional; ellos eligen a los miembros del consejo nacional electoral que ahora no ha querido dar vía expedita a la revocatoria de Medellín (art. 209 C.N.); ellos eligen contralor general (art. 141 C.N.); ellos eligen al Procurador General de la Nación (art. 173 C.N.); ellos eligen los magistrados de la Corte Constitucional (art. 173 C.N.); ellos eligen al Defensor del Pueblo (art. 178 C.N.)

Por la importancia del tema, de estas elecciones y las inquietudes que hay sobre las votaciones, le pedí a una estudiante de derecho de la Universidad Pontificia Bolivariana que me hiciera un concepto sobre la cifra repartidora para, con base en él, escribir este artículo de pedagogía electoral.

Me ha gustado tanto el artículo que he decidido dejarlo tal cual, por lo que el mérito del mismo es suyo.

ASUNTO: Concepto sobre cifra repartidora

Por: Karina Villegas Uribe

¿Qué es la cifra repartidora y cómo se materializa en el proceso electoral para el periodo 2022-2026?”

Para dar respuesta a cada uno de sus interrogantes, procederé de la siguiente manera:

En primer lugar, es preciso identificar el origen jurídico del sistema de la cifra repartidora para las elecciones al Congreso.

De acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 12 del Acto Legislativo 01 del 2003:

las curules de las corporaciones públicas se distribuirán mediante el sistema de cifra repartidora entre las listas de candidatos que superen un mínimo de votos que no podrá ser inferior al dos por ciento (2%) de los sufragados para Senado de la República o al cincuenta por ciento (50%) del cuociente electoral en el caso de las demás corporaciones, conforme lo establezca la Constitución y la Ley.”

Una vez abordado su origen en el ordenamiento jurídico colombiano, me dedicaré a explicar el concepto de cifra repartidora. Pero antes, hemos de tener en cuenta lo siguiente:

  1. Para el periodo 2022-2026, el Congreso de la República contará con 296 curules. 108 para el Senado y 188 para la Cámara de Representantes. Esto significa que se posesionarán 296 congresistas este año.

 

  1. El umbral es el número mínimo de votos que debe obtener cada partido político para poder aspirar a una curul. Para el Senado, el umbral se obtiene del 3% del total de los votos válidos obtenidos en la elección. Para la Cámara, el umbral varía dependiendo del número de curules que tenga asignado cada territorio (Para los territorios que tienen 2 curules asignadas, el umbral equivale al 30% del cuociente electoral y, para los territorios que tienen más de 2 curules asignadas, el umbral equivale al 50% del cuociente electoral).

 

  1. El Cuociente Electoral es el producto del total de votos válidos dividido por el total de curules a proveer. (Cuociente Electoral = Total Votos Válidos Curules a Proveer).

 

  1. Son válidos todos los votos que no sean nulos, los votos son nulos:

 

  • Cuando las marcas realizadas por el votante no definen claramente su intención de voto.
  • Cuando los electores marcan dos o más partidos o movimientos políticos, bien sea en sus logos y/o en la lista de candidatos.
  • Cuando los electores marcan un partido o movimiento político y la casilla “voto en blanco”.
  • Cuando el elector marca el logo de un partido y el número de un candidato de otro partido o movimiento.
  • Cuando el elector marca una casilla correspondiente a un candidato y el voto en blanco.
  • Cuando los electores no hicieron ninguna marca en la tarjeta electoral.
  • Cuando las marcas que hacen los electores en la tarjeta electoral no afectan directamente las áreas de marcación de los partidos o movimientos políticos o la casilla de “voto en blanco”.

 

  1. Inicialmente, cada departamento tiene derecho a dos curules en la Cámara de Representantes, pero se le añade una curul por cada 360.000 habitantes que tenga.

 

  1. La Circunscripción Electoral es la subdivisión que se hace del territorio para fines electorales, hay:

 

  • Circunscripción Nacional: que abarca todo el Territorio Nacional. El Senado tiene una circunscripción nacional.
  • Circunscripción Territorial: compuesta por representantes de los 32 Departamentos y Bogotá. La Cámara de Representantes tiene una circunscripción territorial.
  • Circunscripción Especial: compuesta por Indígenas (1 curul), Afro descendientes (2 curules) y Colombianos en el Exterior (1 curul).
  • Circunscripción Transitoria Especial de Paz: compuesta de 16 curules para la Cámara de Representantes[1].

 

  1. En el Congreso de la República sólo los partidos políticos que han superado el umbral tienen la posibilidad de aspirar a una curul.

 

  1. Las curules de la Cámara de Representantes se reparten aplicando dos sistemas:

 

  • Sistema del Cuociente Electoral: aplica para circunscripciones con solo dos curules asignadas.
  • Sistema de la Cifra Repartidora: aplica para circunscripciones con más de dos curules asignadas.

 

  1. Para las elecciones del Senado, se reparten curules con el sistema de cifra repartidora entre aquellos partidos políticos que hayan superado el umbral de votación (3%).

 

Con el propósito de ilustrar el proceso de repartición de curules con el Sistema de la Cifra Repartidora, se harán dos ejemplos; un ejemplo ilustrará un proceso de repartición de las curules asignadas en la Cámara de Representantes para Antioquia, y el otro ejemplo ilustrará un proceso de repartición de curules para el Senado de la República.

EJEMPLO # 1

Elecciones para Cámara de Representantes en Antioquia

Supongamos que las elecciones para la Cámara de Representantes en Antioquia arrojan el siguiente resultado:

  • Partido A: 4,000 votos
  • Partido B: 64,000 votos
  • Partido C: 36,000 votos
  • Votos en Blanco: 34,000
  • Partido D: 32,000 votos

 

Como el departamento de Antioquia cuenta con más de dos curules asignadas en la Camara de Representantes (17 curules en total), es preciso usar el Sistema de Cifra Repartidora para repartirlas.

El primer paso en el sistema de cifra repartidora, es calcular el total de votos válidos.

Número Total de Votos Válidos = Votos Válidos de los Partidos + Votos en Blanco

  • 4,000 + 64,000 + 36,000 + 34,000 + 32,000 = 170,000 votos

Posteriormente, calcularemos el Cuociente Electoral; que es el producto de la división entre los votos válidos y el número de curules a asignar en la Cámara de Representantes para la circunscripción territorial.

Cuociente Electoral = Votos Válidos  Número de Curules

  • 170,000 17 = 10,000

Seguidamente, calcularemos el Umbral; que, en este caso, es el 50% del Cuociente, porque Antioquia tiene más de dos curules asignadas en la Cámara de Representantes.

Umbral = 50% del Cuociente (Cuociente  2)

  • 10,000 2 = 5,000
  • Esto significa que cada partido político debe obtener al menos 5,000 votos para poder aspirar a conseguir una curul en la Cámara de Representantes.

A continuación, hemos de determinar cuáles partidos políticos del ejemplo superaron el umbral.

  • Partido A: 4,000. Este partido NO superó el umbral, porque para superarlo debió haber tenido al menos 5,000 votos y solo consiguió 4,000 votos en las elecciones.
  • Partido B: 64,000. Este partido sí superó el umbral.
  • Partido C: 36,000. Este partido sí superó el umbral.
  • Partido D: 32,000. Este partido sí superó el umbral.

Así pues, podemos concluir que los partidos entre los que se repartirán las 17 curules son los siguientes:

  1. Partido B: 64,000 votos.
  2. Partido C: 36,000 votos.
  3. Partido D: 32,000 votos.
  • Anotación: es importante ordenarlos de mayor a menor.

 

Finalmente, ha llegado el momento de calcular la Cifra Repartidora, que se obtiene de la siguiente forma:

  1. Se hace una tabla en la que dividimos el número total de votos de cada partido político (que supere el umbral) por el número de curules asignadas.
  2. Aquella operación, se hace dividiendo: primero x1, luego x2, luego x3… Hasta llegar al número de curules asignadas que tenga cada territorio. Por ejemplo, el departamento de Antioquia cuenta con 17 curules asignadas. Esto significa que se dividirán los votos que obtuvo cada partido político; primero x1, luego x2, luego x3, luego x4, luego x5, luego x6, luego x7, luego x8, luego x9, luego x10, luego x11, luego x12, luego x13, luego x14, luego x15, luego x16 y luego x17.
  3. Estas divisiones se deben relacionar en una matriz de resultados similar a la que se muestra a continuación.

 

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17
64,000 32,000 21,333.33 16,000 12,800 10,666.67 9,142.86 8,000 7,111.11 6,400 5,818.18 5,333.33 4,923.08 4,571.43 4,266.67 4,000 3,764.71
36,000 18,000 12,000 9,000 7,200 6,000 5,142.86 4,500 4,000 3,600 3,272.73 3,000 2,769.23 2,571.43 2,400 2,250 2,117.65
32,000 16,000 10,666.67 8,000 6,400 5,333.33 4,571.42 4,000 3,555.56 3,200 2,909.09 2,666.67 2,461.54 2,285.71 2,133.33 2,000 1,882.35

 

  1. Una vez completada la matriz de resultados, se identifican en ella las mayores cifras.
  • La cantidad de cifras que se han de identificar en la matriz, es equivalente al número de curules a asignar por circunscripción territorial. (en este caso, son 17 curules las que debemos asignar, porque Antioquia tiene 17 curules, entonces hemos de identificar las 17 mayores cifras).
  1. La menor de aquellas cifras identificadas en la matriz, será la Cifra Repartidora.

 

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17
64,000 32,000 21,333.33 16,000 12,800 10,666.67 9,142.86 8,000 7,111.11 6,400 5,818.18 5,333.33 4,923.08 4,571.43 4,266.67 4,000 3,764.71
36,000 18,000 12,000 9,000 7,200 6,000 5,142.86 4,500 4,000 3,600 3,272.73 3,000 2,769.23 2,571.43 2,400 2,250 2,117.65
32,000 16,000 10,666.67 8,000 6,400 5,333.33 4,571.42 4,000 3,555.56 3,200 2,909.09 2,666.67 2,461.54 2,285.71 2,133.33 2,000 1,882.35

 

La Cifra Repartidora es entonces 7,200. Porque 7,200 es la última cifra de entre las primeras 17 mayores cifras que aparecen en la matriz de resultados.

Por último, se le entrega a cada partido político un número de curules igual al número de veces que la cifra repartidora quepa en el total de votos válidos que haya obtenido en las elecciones.

  • Repartición de Curules por Partidos:
  1. Partido B: 64,000 votos. 64,000 7,200 = 9 (8 curules)
  • Son 8 curules, porque 7.200 cabe 8 veces en 64.000. También es preciso aclarar que solo se tomarán en cuenta los números enteros.
  1. Partido C: 36,000 votos. 36,000 7,200 = 5
  • Son 5 curules, porque 7,200 cabe 5 veces en 36,000
  1. Partido D: 32,000 votos. 32,000 6,000 =4 (4 curules)

 

Esto significa que, en la Cámara de Representantes, de las 17 curules que tiene Antioquia:

  • 8 curules serán ocupadas por miembros del Partido B
  • 5 curules serán ocupadas por miembros del Partido C
  • 4 curules serán ocupadas por miembros del Partido D

 

¿Pero qué miembros ocuparán las curules? Esto depende de si las listas presentadas por los partidos son cerradas o abiertas.

  • Listas Abiertas o Voto Preferente: cuando el tarjetón del partido muestra los números de varios candidatos. Si los partidos presentan listas abiertas, entonces las curules se reparten entre los candidatos que hayan tenido más votos.
  • Listas Cerradas o No Preferentes: cuando el tarjetón del partido está vacío. Si los partidos presentan listas cerradas, entonces los miembros del partido que ocuparán las curules serán determinados internamente dentro del partido.

 

Ejemplo de Tarjetones de Listas Cerradas o No Preferentes:

Ejemplo de Tarjetones de Listas Abiertas o Voto Preferente:

 

¿Si la lista es abierta, el elector debe votar forzosamente por alguien aunque no sepa por quién? No. Es posible votar solamente por el partido para que esos votos cuenten a favor de conseguir curules. Esto se hace marcando solo el logo del partido en los tarjetones de listas abiertas, como se muestra en la imagen.

¿Qué pasa si en listas abiertas alguien vota por el partido y no por un candidato? El artículo 13 del Acto Legislativo 1 del 2003, dice que:

 

En el caso de los partidos y movimientos políticos que hayan optado por el mecanismo del voto preferente, los votos por el partido o movimiento que no hayan sido atribuidos por el elector a ningún candidato en particular, se contabilizarán a favor de la respectiva lista para efectos de la aplicación de las normas sobre el umbral y la cifra repartidora, pero no se computarán para la reordenación de la lista. Cuando el elector vote simultáneamente por el partido o movimiento político y por el candidato de su preferencia dentro de la respectiva lista, el voto será válido y se computará a favor del candidato.”

 

Esto significa que, aunque sólo se debe votar por uno de los candidatos en las listas abiertas, si el elector vota por más de un candidato de la misma lista, este voto será para el partido, pero no para los candidatos en particular.

EJEMPLO # 2

Elecciones para el Senado

Supongamos que las elecciones para el Senado arrojan el siguiente resultado:

  • Partido A: 20 votos
  • Partido B: 64,000 votos
  • Partido C: 36,000 votos
  • Votos en Blanco: 34,000
  • Partido D: 32,000 votos

 

Recordemos que el Senado tiene 108 curules: 100 elegidas por voto popular, 2 para indígenas, 5 para las FARC y 1 el que le siguió en votos al Presidente, si acepta.

 

Como en el ejemplo anterior, primero se calcula el total de votos válidos.

 

Número Total de Votos Válidos = Votos Válidos por Partido + Votos en Blanco

  • 20 + 64,000 + 36,000 + 34,000 + 32,000 = 166,020 votos

 

Posteriormente, calcularemos el Cuociente Electoral.

 

Cuociente Electoral = Votos Válidos  Número de Curules

  • 166,020 107 = 1,551.6 = 1,551
  • Recordemos que se tiene en cuenta sólo el número entero, no los decimales.

Seguidamente, calcularemos el Umbral. El umbral del Senado es el 3% del Cuociente.

Umbral = 3% del Cuociente (Cuociente x 0.03)

  • 1,537 03 = 46.53 = 46
  • Esto significa que cada partido político debe tener al menos 46 votos para poder aspirar a una curul.

 

A continuación, hemos de determinar cuáles partidos políticos del ejemplo superaron el umbral.

  • Partido A: 20 votos. Este partido NO superó el umbral
  • Partido B: 64,000 votos. Este partido sí superó el umbral
  • Partido C: 36,000 votos. Este partido sí superó el umbral
  • Partido D: 32,000 votos. Este partido sí superó el umbral

 

Así pues, podemos concluir que los partidos entre los que se repartirán las 107 curules son los siguientes:

  1. Partido B: 64,000 votos
  2. Partido C: 36,000 votos
  3. Partido D: 32,000 votos

 

 

Finalmente, ha llegado el momento de calcular la Cifra Repartidora, que se obtiene de la siguiente forma:

 

  1. Se hace una tabla en la que dividimos el número total de votos de cada partido político (que supere el umbral) por el número de curules disponibles en el Senado.

 

  1. Aquella operación, se hace dividiendo: primero x1, luego x2, luego x3… Hasta llegar al número de curules disponibles en el Senado (107). Esto significa que se dividirán los votos que obtuvo cada partido político; primero x1, luego x2, luego x3, luego x4, luego x5, luego x6, luego x7, luego x8, luego x9… hasta finalmente dividir

 

  1. Estas divisiones se deben relacionar en una matriz de resultados similar a la que se muestra a continuación.

 

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 107
64,000 32,000 21,333.33 16,000 12,800 10,666.67 9,142.86 8,000 7,111.11 6,400 5,818.18 5,333.33 4,923.08 4,571.43 4,266.67 598.13
36,000 18,000 12,000 9,000 7,200 6,000 5,142.86 4,500 4,000 3,600 3,272.73 3,000 2,769.23 2,571.43 2,400 336.4
32,000 16,000 10,666.67 8,000 6,400 5,333.33 4,571.42 4,000 3,555.56 3,200 2,909.09 2,666.67 2,461.54 2,285.71 2,133.33 299.1

 

 

  1. Una vez completada la matriz de resultados, se identifican en ella las mayores 107 cifras, y la menor de aquellas cifras identificadas será la Cifra Repartidora.

 

  1. Por último, se le entrega a cada partido político un número de curules igual al número de veces que la cifra repartidora quepa en el total de votos válidos que haya obtenido.

Ahora bien, ya hemos concluido el tema de la Cifra Repartidora. No obstante, considero pertinente dejar algunos ejemplos de cómo votar.

Así pues, es posible concluir que, aunque a simple vista parezca complejo, el sistema de Cifra Repartidora es un medio idóneo para garantizar la equitativa representación de los partidos y movimientos políticos y grupos significativos de ciudadanos[2].”

Volviendo a lo mío, la pedagogía electoral, manifiesto que: creo que hay muy buenos candidatos tanto a la Cámara como al Senado, con excepción del llamado Pacto Histórico, que no es más que un nombre propio que no representa a la democracia.

Por ser yo, miembro del partido político Centro Democrático, mi voto será por candidatos de ese partido.

Aunque dentro del partido hay muy buenos candidatos, mi voto será para el Senado por Esteban Quintero con el número 23 y para Cámara por Oscar Darío Pérez con el número 102. En mi opinión, el primero representa juventud y el valle del oriente; el segundo representa experiencia y el valle del Aburrá.

Creo en la necesidad de la armonía, integración (que no absorción) de los dos valles, y su direccionamiento a Urabá.

Respeto profundamente la opinión de los lectores y sólo expreso esta opinión para aquellos que aún tienen dudas por quién votar mañana.


[1] Acto Legislativo 2 del 2021.

[2] Artículo 263 del Acto Legislativo 01 del 2003.

Julio González Villa

Doctor en Derecho U. Externado de Colombia; Abogado UPB; Magíster Administración de EAFIT; Especialista Derecho Ambiental U. Externado y Derecho Administrativo y Comercial.

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