Importancia del Derecho Internacional Humanitario en el escenario global actual

El panorama internacional no está completamente avizorado y comprendido, si se dejan de lado los desarrollos históricos que se traducen en maneras diferentes de relaciones sociales, políticas, económicas, epistemológicas, científicas y culturales. El proyecto de la ilustración ha fracasado, todo el siglo XX viene a contrariar el ideal de progreso y sociedades pacificadas a fuerza de la gran razón universal y totalizante”


“Sabemos que nadie se apodera del mundo con la intención de dejarlo. El poder no es un medio, sino un fin en sí mismo. No se establece una dictadura para salvaguardar una revolución; se hace la revolución para establecer una dictadura. El objetivo de la persecución no es más que la persecución misma. La tortura sólo tiene como finalidad la misma tortura. Y el objetivo del poder no es más que el poder”

George Orwell.


La configuración del nuevo orden mundial y las relaciones internacionales cada día recobran suma importancia, en consecuencia, el principio de la soberanía nacional y bajo la sombra proyectada de la autodeterminación de los pueblos, es en cada momento más difusa. A este fenómeno se le ha denominado: la globalización, una forma de conexión planetaria, de formas nuevas de relaciones económicas y políticas; estas dinámicas han reconfigurado la forma como los Estados se rigen y se implican entre sí, dando paso a la comunidad internacional, por lo tanto, nuevas disposiciones jurídicas, clasificadas en la rama del derecho internacional público.

El panorama internacional no está completamente avizorado y comprendido, si se dejan de lado los desarrollos históricos que se traducen en maneras diferentes de relaciones sociales, políticas, económicas, epistemológicas, científicas y culturales. El proyecto de la ilustración ha fracasado, todo el siglo XX viene a contrariar el ideal de progreso y sociedades pacificadas a fuerza de la gran razón universal y totalizante. I. Berlín, advirtió que, se ha derramado más sangre, ha predominado el signo de la muerte en sus múltiples formas y expresiones en el siglo XX, que en los demás periodos que le precedieron, el escollo que se presenta es, muy a pesar del acelerado proceso científico (las dos grandes guerras mundiales inauguraron novedosas formas de masificar la muerte y mayor capacidad de destrucción), al margen de los fundamentos epistemológicos y políticos del opúsculo de Kant: La paz perpetua. A reglón seguido la frustración de la Sociedad de las Naciones.

En parte este proceso ha dejado instituciones que han intentado humanizar la guerra –entendido este como hacerlo más justo, amable o menos riguroso–, por lo tanto, no es posible desplegar un esbozo general de DIH sin tener presente el elemento de complementariedad del Derecho Internacional de los Derechos Humanos y la incidencia en el ámbito internacional en esta época de la globalización.

En ese universo del Derecho Internacional Público, se encuentran dos áreas importantes que buscan garantizar y materializar la dignidad humana: Derecho Internacional de los Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario. Este último, se aplica en conflictos armados internacionales y no internacionales, se instauran como cartas de navegación, cuya finalidad es humanizar la guerra, y restringir y limitar los medios y métodos de la conducción de la guerra.  La guerra no ha sido ajena a nuestro contexto e historia, no es una historia que nos cuentan sobre gestas grandilocuentes y heroicas, no es un pretérito, sino un pasado que no termina de pasar, en Colombia ha pervivido un conflicto armado por más de seis décadas, como ciudadanos, sujetos de derechos y sujetos políticos, tenemos una responsabilidad social y estamos llamados a ser guardianes de los preceptos Constitucionales y legales, esto referido al derecho interno; y a los principios y disposiciones del Derecho Internacional Humanitario, existe armonía entre el artículo 4 y 93 de la Constitución Política de Colombia.

Los Cuatro Convenios de Ginebra y sus protocolos Adicionales, así como el Estatuto de Roma, mediante el cual, se creó la Corte Penal Internacional, no son normas ajenas a nuestra realidad, sino que sirven como contraste, la realidad que vivimos viene a demostrar exactamente que aquello que está proscrito en las disposiciones internacionales en pan de cada día, en ese sentido estamos en la obligación de transformar este contexto, encaminarlo a garantizar, tutelar y respetar derechos humanos. El DIH tiene retos importantes en un mundo globalizado y que no ha podido erradicar la guerra –sus propuestos son en sí mismos una derrota- o para ser más exacto hacerla menos cruenta y dolorosa, en cambio, lo que se evidencia es el surgimiento de nuevas formas de destrucción, como son los drones y las nuevas tecnologías al servicio bélico.

Fray Esteban Atehortua Aguirre

Abogado y estudiante de filosofía de la Universidad de Antioquia, especialista en Cultura Política: Pedagogía de los Derechos Humanos

Comentar

Clic aquí para comentar

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.