El ciberacoso puede manifestarse de maneras sutiles y destructivas, afectando la confianza y el bienestar emocional de quienes lo sufren. A diferencia del acoso en el mundo físico, el ciberacoso en las relaciones íntimas, entornos educativos, laborales o de amistad se presenta con una intensidad que puede ser difícil de medir y aún más difícil de erradicar.
La joven abogada Antioqueña Dayhana Betancur Escobar, quien fue mejor Congresista Nacional Universitaria 2021, Representante Académica de los Estudiantes UAM 2020 – 2022, columnista y creadora de exitosos vídeos sobre política, derecho y actualidad en Instagram, TikTok, nos brindó información para explorar los límites del ciberacoso en contextos esenciales para transmitir a los Aprendices el daño que puede ser infligido a través de medios digitales y cómo las víctimas pueden ser apoyadas para proteger su bienestar.
Apropósito del mes de la amor y la amistad, ¿cuáles son los comportamientos específicos dentro de una relación amorosa o de amistad que podrían ser considerados acoso cibernético según la ley colombiana?
Según la ley, el acoso sexual es cometido cuando una persona, en beneficio suyo o de un tercero -y valiéndose de su superioridad o relaciones de autoridad o de poder, edad, sexo, posición laboral, social, familiar o económica, acosa, persigue, hostiga o asedia física o verbalmente, con fines sexuales no consentidos, a otra persona.
Para que haya acoso, además, debe tratarse de actos habituales y con permanencia en el tiempo, por lo cual los actos aislados y aleatorios no están comprendidos en este delito.
El panorama con respecto a medios digitales, en el cual afirma que es posible que se configure el delito, aunque nunca haya contacto físico entre víctima y victimario y aun así los teléfonos, cámaras, computadores, o realidades virtuales le permitan al acosador obtener satisfacción sexual.
¿Qué medidas legales puede tomar una persona si está siendo acosada cibernéticamente por una pareja o amigo/a?
- Ingrese a la página oficial de Policía Nacional – Ficalía General de la Nación
- Seleccione la opción Denuncia Virtual:
- Lea atentamente los términos y condiciones
- Seleccione la categoría Delitos Informáticos, continúe y si tiene alguna duda consulte la normatividad
- Confirme si los hechos o no han sido puestos en conocimientos de una autoridad, si es así tenga los datos a la mano (Entidad o Autoridad, Departamento, Ciudad, Fecha de la denuncia y el número de la Denuncia o SPOA, si no continúe con el proceso de denuncia
- Realice el diligenciamiento de los Datos del denunciante y demás información que solicite la plataforma.
¿Qué tipo de pruebas son necesarias para que una denuncia de acoso cibernético en una relación amorosa o de amistad sea efectiva en el sistema judicial colombiano?
Es importante contar con pruebas documentales, las cuales son un medio de probatorio trascendental que permite llevar a los(as) jueces al convencimiento de los hechos que son materia de un proceso judicial, estas deben ser pertinentes, conducentes, lícitas y útiles.
Asimismo, estas deben acreditar la configuración del delito, es decir que se haga de manera insistente y reiterada, que no se tenga ningún tipo de autorización legítima para realizar los actos en cuestión y que se altere el desarrollo normal de la vida cotidiana de la persona acosada.
Es importante resaltar que la Corte Suprema de Justicia ratificó que las conversaciones de WhatsApp, siempre y cuando se presenten con las debidas garantías y se verifique su autenticidad, pueden ser admitidas como pruebas en un proceso judicial.
¿Cómo pueden las plataformas digitales y redes sociales colaborar en la prevención y sanción del acoso cibernético en relaciones amorosas y de amistad?
El lento desarrollo jurisprudencial hace imperativo que las plataformas digitales y redes sociales ayuden aprevenir el ciberacoso, me permito citar las estrategias de algunas webs frente a esto:
- Facebook – Instagram: Si existe un caso de acoso debe denunciarse a través de una publicación, un comentario, una historia o un mensaje directo (MD). Esta denuncia es anónima, es decir que el usuario de la cuenta denunciada no sabrá quién lo ha denunciado. Adicionalmente, afirman tener un equipo que trabaja las 24 horas del día para analizar tales denuncias en más de 70 idiomas para eliminar todo aquello que vulnere sus reglas de uso.
- Snapchat: Desde el portal “Here For You” ofrecen recursos sobre el acoso o la intimidación. La herramienta ha sido desarrollada en colaboración de destacadas organizaciones internacionales del ámbito de la salud mental y la defensa de los derechos para ayudar a los usuarios de esta red social.
- TikTok: Cuenta con una guía de prevención del acoso, en el cual se incluye una lista de recursos que puede a ayudar a denunciar conductas inadecuadas dentro de la plataforma.
¿Qué sanciones pueden enfrentar los agresores de acoso cibernético en relaciones personales, y cómo se determinan estas penas?
El delito de acoso se encuentra regulado dentro del Título I (Delitos contra la vida y la integridad personal), capítulo IX (De los actos de discriminación) del Código Penal de Colombia, en su artículo 134B. “El que promueva o instigue actos, conductas o comportamientos orientados a causarle daño físico o moral a una persona, grupo de personas, comunidad o pueblo, por razón de su raza, etnia, religión, nacionalidad, ideología política o filosófica, sexo u orientación sexual o discapacidad y demás razones de discriminación, incurrirá en prisión de doce (12) a treinta y seis (36) meses y multa de diez (10) a quince (15) salarios mínimos legales mensuales vigentes, salvo que la conducta constituya delito sancionable con pena mayor.”
Y en el caso del acoso cibernético existe una agravación punitiva, la cual se encuentra en el artículo 134C. “Las penas previstas en los artículos anteriores, se aumentarán de una tercera parte a la mitad cuando: 2. La conducta se ejecute a través de la utilización de medios de comunicación de difusión masiva.”
¿Qué recomendaciones legales daría a alguien que sospecha que está siendo víctima de acoso cibernético por parte de alguien en su círculo íntimo?
Lo primero sería que acuda a una persona de confianza para que sea acompañado de manera emocional en el proceso. Ahora bien, puede dirigirse a interponer la denuncia en una estación de Policía, SIJIN, Fiscalía o URI, o por medio de su página web.
También es aconsejable que reúna todas las pruebas que considere necesarias, como fotos o capturas de pantalla. Si el acoso ocurre a través de una red social, reporte en la misma los mensajes y/o publicaciones que configuren el ciberacoso para que puedan ser baneadas de la plataforma.
Si el agresor es parte de su círculo cercano, puede igualmente presentar una solicitud de medidas de protección ante la Comisaría de Familia. En esta solicitud debe incluir la identificación de la víctima y del agresor, una descripción detallada de los hechos ocurridos, y si hay niños, niñas o adolescentes involucrados, debe anexar las pruebas que tenga e informar si ha presentado más denuncias a otras autoridades.
La Comisaría de Familia estudiará la solicitud y ordenará la imposición de medidas de protección en favor de la víctima que se ajusten a cada caso. La Comisaría explicará cómo deben realizarse y cumplirse tales medidas y, en caso de que el agresor incumpla, puede imponerle sanciones. Además, es recomendable mantener un registro de todas las interacciones y reportes realizados, así como buscar apoyo psicológico si es necesario para afrontar el impacto emocional del ciberacoso.
La netiqueta es la manera en que nos relacionamos de maneras virtuales, al igual que en entornos físicos la netiqueta nos da pautas que permiten una sana interacción basadas en los comportamientos adecuados y los limites necesarios para interactuar de manera correcta, no dudes en investigar sobre el tema para evitar ser una víctima o victimario en el mundo digital.
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