Enhorabuena el estatuto temporal de protección para migrantes venezolanos

Consecuente con el Régimen de Protección Internacional de Refugiados y la Ley 35 de 1961  la cual  dispone de más de 40 artículos aprobatorios para tal fin, el Gobierno colombiano en un hecho a mi consideración histórico puesto que  tendrá un  impacto considerable en número de beneficiados, decretó  el Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos.

La crisis humanitaria generada por el gobierno dictatorial de Nicolás Maduro conllevó a un masivo fenómeno migratorio  que alcanza a la fecha a más de 5 millones de venezolanos refugiados por todo el mundo,  de los cuales y según datos de Migración Colombia,  un 40% de los mismos se encuentran en nuestro territorio.

Un país como el nuestro con hechos de reconocida violencia interna que ha sido predominante a lo largo de su historia, se acostumbró  en  ver salir a sus nativos más no a tener o convertirse en una nación receptora de migrantes como le está sucediendo desde hace ya varios años con los venezolanos.

Lo mismo se avala en los marcos normativos de esta parte del continente donde Colombia siempre estuvo apática en este tema quizás por acostumbrarse a procesos de salida masiva de sus nacionales más que en ser receptor de personas de otros países.

Si bien Colombia hace parte de la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 y del Protocolo sobre los emigrantes de 1967,   fue impensable en la nueva Constitución del 91 incorporar el derecho al asilo como lo establecieron países como Brasil, Costa Rica, Cuba, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua, Paraguay y Perú;  es por ello que es de real importancia el nuevo  Estatuto Temporal creado especialmente por los venezolanos.

Muchos venezolanos que vienen siguiendo al pie de la letra el desarrollo normativo de la situación de sus compatriotas, celebraron la aprobación del Documento Conpes 3950 del 2018 el cual busca atender a la población migrante desde Venezuela en el mediano plazo y fortalecer la institucionalidad para su atención.

Precisamente el Conpes 3950 se convirtió en la hoja de ruta y fue determinante para que el actual gobierno de Iván Duque buscara nuevos mecanismos de flexibilización migratoria que tendrá como propósito que el venezolano ingrese a la vida productiva de una manera legal y justa.

Llama la atención las opiniones presentadas especialmente por parte de la oposición frente a este nuevo Estatuto. En las mismas redes sociales y en la ventana de transparencia de la Presidencia de la República, se escuchan voces favorables y de apoyo a esta decisión del actual gobierno lo que indica que el Decreto final tendrá un feliz término que lo llevará  a implementar en sus diferentes fases mecanismos que ayudarán a los venezolanos a tener mejores condiciones socio económica en nuestro país.

En hora buena el Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos puesto que desde su misma operación se podrá generar un mayor crecimiento económico, formalización de la fuerza laboral evitando con ello la explotación o el abuso a personas indocumentadas y un mayor aporte tributario que de una u otra manera favorecerá la economía de nuestro país.

Mauricio Correa Taborda

Trabajador Social, Comunicador Social Periodista. Especialista en Estudios Políticos. Magíster en Gobierno. Candidato a doctor en Estudios Políticos

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