Esta semana tampoco me fue posible elegir un tema único para mi columna. Me tocó dividirla, nuevamente, pero esta vez solo en dos: el prófugo, Quintero Calle, y el Patriota, Uribe Vélez.
Por grande que haya sido, el daño que Quintero Calle le hizo a Medellín, podría resultar minúsculo con el que le está haciendo al País. Sus maniobras para sacar a los contratistas iniciales de Hidroituango, contrariando autorizados conceptos técnicos, provocaron el atraso de las unidades 3 y 4 y tienen en total incertidumbre las cuatro de la segunda etapa.
Esos mil ochocientos megavatios, equivalentes al 10% de la capacidad del sistema, son causantes de la escasez actual y futura que está afectado el mercado, modificando la conducta de los agentes y llevando al alza del precio de la bolsa que tiene al borde de la insolvencia a 25 electrificadoras del País. Esos altos precios se han ido trasladando al consumidor final y son responsables de los grandes incrementos de la factura de electricidad y, en consecuencia, de la mayor inflación.
Las comercializadoras están expuestas a la bolsa porque nadie quiere venderles energía largo plazo a precio fijo. Los generadores limitan sus ventas largo plazo por temor a sobre contratarse y quedar, a su turno, expuestos al precio de bolsa dada la escasez resultante del atraso de Hidroituango. Como si esto fuera poco, ese atraso puede llevar a una situación de racionamiento en el próximo verano.
El renacer incontenible de la popularidad del presidente Uribe, que llevará a una gran victoria del Centro Democrático en las elecciones del 29 de octubre, ha provocado la reacción de sus enemigos que quieren sacarlo de la política a como dé lugar. Después de tratar de resucitar infructuosamente el mito histórico de los falsos positivos se vienen ahora con la aberrante decisión del Tribunal Superior de Bogotá de rechazar la solicitud de preclusión de su caso presentada por la fiscalía.
Esa decisión es aberrante porque desconoce la verdad material del proceso y va en contravía de la esencia misma del sistema penal acusatorio, en el cual la investigación y la recopilación de pruebas es responsabilidad del fiscal, quien con base en esas pruebas decide si acusa o no acusa, es decir, si precluye.
Salvo que la solicitud de preclusión presente grandes errores jurídicos, el juez debe aceptarla. El juez no puede alegar o presumir la existencia de elementos materiales que deberían obrar en el proceso y que son desconocidos por el fiscal o la defensa porque no es un juez de instrucción. El juez debe limitarse a decidir con base en las pruebas presentadas por las partes, en el caso de acusación. Si no hay acusación, hasta ahí llega su función.
La triste situación de un País donde un prófugo causante del desastre del sector eléctrico, está próximo a ser nombrado en elevado cargo; mientras que el Patriota que lo salvó de la tiranía de las Farc, está punto de ser llevado a un infamante juicio.
[1] Esta era la columna del 9 de octubre en El Colombiano. El diario decidió suspender la publicación de mi columna semanal durante el mes de octubre para abrir espacio a otros candidatos.
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