Sintraelecol encuentra desconcertante que Empresas Públicas de Medellín se siga negando a respetar la dignidad del sindicato a pesar del tremendo esfuerzo que ha hecho Sintraelecol durante los últimos 16 años para seguir subsistiendo a pesar del atropello laboral a los trabajadores sindicalizados que planeo, proyectó y ejecutó Empresas Públicas de Medellín al liquidar la Empresa Antioqueña de Energía.
El sindicato tuvo ingresos por $517.540.115. para el periodo 2003 – 2007 y de Empresas Públicas de Medellín haber cumplido la cláusula 71 de la Convención Colectiva de Trabajo y haber ejecutado la sustitución patronal de los contratos de trabajo y la convención colectiva de trabajo, seguramente sería no sólo el sindicato más grande en el Grupo EPM, sino el sindicato más grande en casa matriz.
La Corte Suprema de Justicia – Sala de Casación Laboral sentenció claramente a Empresas Públicas de Medellín a reintegrar los trabajadores por haber violado la Convención Colectiva de Trabajo, y además le dejó claro a Empresas Públicas de Medellín que los trabajadores no tenían porqué renunciar a sus conquistas sindicales para poder ser contratados por Empresas Públicas de Medellín en el año 2006-2007 cuando se ordenó la liquidación de EADE.
Esta decisión de la Corte Suprema de Justicia en la sentencia SL 4293 -2020, Magistrado ponente Dr. Carlos Arturo Guarín Jurado, desarrolla la anterior tesis en el siguiente sentido:
“En efecto, en las referidas providencias, al analizarse los medios de convicción censurados en el presente cargo, encontró la Corporación, como también aquí acontece, que a la acusación le asistía razón, en el sentido de que entre las sociedades se gestó una estrategia para disfrazar, mediante una modalidad contractual diferente, la posibilidad de que se aplicara la sustitución patronal pactada entre la EADE S. A. ESP y Sintraelecol, para impedir que los trabajadores gozaran de los derechos extralegales que aquí reclaman.
(…)
Para ello, la alternativa que brindó a los trabajadores de la EADE, que no fue aceptada por el sindicato, consistió en «que renunciaran a su convención laboral vigente y se acogieran a la convención de EEPPM con SINTRAEMSDES
(…)
Realiza la Corte la anterior memoria fáctico – probatoria, porque, conforme se indicó, de ella se desprende que el Tribunal incurrió en los errores de hecho que se le increpan, en razón a que, a pesar de que la liquidación de la empleadora estuvo soportada en una política de unificación de tarifas, la causa determinante, según informa el Anexo n.° 3 del Acta n.° 41, fue la existencia de la CCT con Sintraelecol y particularmente la cláusula 71, a través de la cual se garantizaba la sustitución patronal de carácter extralegal.
Así se dice, porque, como lo precisa la prueba, fue la negativa del sindicato a renunciar a la CCT, la que dio lugar a la decisión liquidatoria de la sociedad, como «el vehículo que permitirá lograr los objetivos de la integración empresarial y posterior unificación de tarifas, mitigando al máximo los riesgos y costos de tipo laboral», sin que resulten admisibles jurídica, ni fácticamente, las consideraciones del Juez de apelación, en torno a que no era nada despreciable la propuesta de acogimiento a la CCT que regía en EPM ESP y mucho menos, que con ello demostraba la intención loable de dicha sociedad en la protección de los derechos de los trabajadores de su filial.”
Es tan preciso el análisis de la Corte Suprema de Justicia – Sala Laboral, que deja en evidencia que Empresas Públicas de Medellín líquido toda una empresa y efectuó un severo plan ilegal para disfrazar la liquidación de la Empresa Antioqueña de Energía, con el único y específico fin de impedir la llegada de Sintraelecol y la Convención Colectiva de Trabajo a Empresas Públicas de Medellín.
Por lo anteriormente indicado, es que Sintraelecol ha pedido a Empresas Públicas de Medellín que asuma su responsabilidad en todos y cada uno de los daños causados al sindicato por sus arbitrarias e ilegales decisiones, y en especial la responsabilidad en la vía de hecho creada por Empresas Públicas de Medellín para impedir que Sintraelecol Subdirectiva Antioquia pudiera subsistir material y jurídicamente.
Esto no es una aspiración sin sustento o producto de la mera imaginación política del sindicato, son medidas de reparación al daño histórico, político, económico y jurídico creado por Empresas Públicas de Medellín que entre otras cosas ha llevado a la entidad a tener que destinar aproximadamente 135 mil millones de pesos para el pago de la condena determinada por la corte suprema de justicia, por el atropello laboral causado en el año 2006 y 2007 en contra de los trabajadores de la EADE.
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