El Ecuador viene dando pasos importantes en materia de relacionamiento internacional a través de la firma de acuerdos comerciales, cartas de entendimiento, aumento de la inversión extranjera —que a septiembre de 2025 ya bordeaba los 900 millones de dólares, equivalentes a todo lo recibido por este concepto en 2023 y 2024—, reducción del riesgo país, incremento del consumo y la recaudación tributaria, así como un crecimiento sostenido de las exportaciones, especialmente las no petroleras, en sus segmentos tradicionales y no tradicionales.
Pero, para cerrar este círculo virtuoso que empieza a evidenciarse en la economía, es imprescindible avanzar en una reforma laboral que permita mayor dinamismo en el mercado de contratación. Solo así podrán generarse suficientes plazas de trabajo y dejar atrás situaciones tan penosas como la falta de acceso de mujeres y jóvenes al mercado laboral.
Si bien el empleo adecuado se incrementó del 33 % al 37 % entre diciembre de 2024 y diciembre de 2025, aún se requieren esfuerzos adicionales en todos los frentes, involucrando a los distintos actores de la economía nacional. En ese punto, Argentina surge como un referente de lo que Ecuador debe empezar a abordar: una reforma laboral profunda que elimine las inequidades de acceso a un mercado de trabajo rígido, especialmente en la contratación. No se trata de facilismos: se trata de impulsar facilidades que permitan mejorar las condiciones de vida de la población.
La ley de modernización laboral, presentada por el gobierno de Javier Milei, propone una reconfiguración del ámbito de aplicación del contrato de trabajo en Argentina, marcando condiciones más idóneas para la contratación. Entre sus principales medidas se encuentran nuevos esquemas de indemnización, la creación de un fondo de cese laboral y un fondo de asistencia a cargo de los empleadores, orientados a facilitar el cumplimiento de obligaciones laborales.
Asimismo, introduce mayor flexibilidad en la jornada laboral, permitiendo —por acuerdo entre las partes— ajustes en turnos y horarios según las necesidades de la empresa, respetando el límite semanal de 48 horas. A esto se suma la regulación del derecho a la huelga, frecuentemente distorsionado por ciertos sectores sindicales tanto en Argentina como en buena parte de América Latina, incluido Ecuador, donde, pese a existir normativa, su cumplimiento es irregular.
Otro avance relevante es la incorporación de un régimen específico para plataformas tecnológicas, que reconoce mejores condiciones para repartidores y conductores, incluyendo cobertura de seguros y el acceso íntegro a las propinas. También se establecen límites a prácticas desleales como bloqueos y se generan incentivos claros hacia la formalización laboral.
Estas medidas ofrecen elementos valiosos para repensar el mercado laboral ecuatoriano. Sin embargo, en el pasado, propuestas como la contratación por horas o la flexibilización laboral han sido rechazadas bajo argumentos de “regresión de derechos”, promovidos por sectores que han preferido preservar privilegios antes que ampliar oportunidades.
Si el objetivo es cambiar la realidad, no podemos seguir recurriendo a las mismas fórmulas que la han mantenido estancada. La legislación laboral no puede continuar diseñada únicamente para el 37 % de los ecuatorianos con empleo adecuado, sino que debe ampliarse para incluir al 63 % restante que hoy permanece al margen de condiciones laborales dignas.
Esta columna fue publicada originalmente en El Insubordinado.













Comentar