De la comisión de la verdad e informes

CR (RVA) CARLOS JAVIER SOLER PARRA

En COLOMBIA, después de más de 40 años de conflicto armado interno o guerra irregular, conflicto armado de baja intensidad, guerra insurgente y contra insurgente, donde pasamos por múltiples fenómenos como movimientos guerrilleros que intentaron la toma del poder o, por lo menos, el control territorial en algunos territorios confrontando por las armas al Estado, hemos presenciado más de diez procesos de “Justicia transicional” (también llamadas amnistías por algunos), donde por alguna razón de diseño de los procesos no se llegó a lo esperado, es decir, a la “NO REPETICIÓN” o “NO REVICTIMIZACIÓN”, que es precisamente lo que justifica que el Estado Social de Derecho en justicia ordinaria y grandes penas “CEDA” a un modelo especial, basado en “verdad, justicia y reparación”, garantizando cerrar las heridas sociales, conocer  la verdad, asumir una justicia de Mínimos acordada y recibir una reparación por el Estado o por los Victimarios.

Ese fue el modelo que se negoció en la Ciudad de la Habana con las FARC, una justicia restaurativa que garantizaría cesar un conflicto armado interno de más de 40 años, desde donde se dispuso desarmar una estructura insurrecta de aproximadamente 10 mil Guerrilleros entre hombres y mujeres, unos 3 mil Milicianos Bolivarianos y Populares encargados de las tareas propias de control territorial como el abastecimiento, reclutamiento, cobro de extorsión e instalación de explosivos. Los combatientes que aceptaban y reconocían al Estado, se comprometían de manera obligatoria a entregar su armamento, a someterse a un proceso de adaptación a la vida civil, concentrarse en zonas veredales y puntos transitorios de normalización y, por tanto, recibían una amnistía de IURE por los delitos políticos de rebelión, sedición, asonada, conspiración, seducción, usurpación y retención ilegal de mando y demás delitos que son conexos con estos de conformidad con la ley. No obstante, los Combatientes que estaban inmersos en procesos judiciales, con órdenes de captura o condenados por crímenes de guerra o delitos de lesa humanidad, asumían la obligación legal de asistir cuando fuesen requeridos por la instancia judicial creada para tal fin, esto es, el tribunal denominado Jurisdicción Especial para La Paz (JEP), donde debían contar la verdad, colocarse al día con las víctimas en ejercicios conjuntos de perdón que no se otorga por obligación legal y es una decisión de las victimas autónoma y voluntaria, y según lo dispuesto por esta jurisdicción especial, recibir una CONDENA TRANSICIONAL, que oscila entre 5 y 8 años que podría ser ejecutadas en lugar especial acordada con la JEP. Además, cabe resaltar que este procedimiento no se debe entender como “amnistía” –como manifiestan algunos– ya que este mecanismo es prohibido por el Estatuto de Roma, cuyo tratado fue suscrito y ratificado por Colombia; algo simétrico y diferenciado aplicaría para miembros de fuerza pública tal como quedo en el acto legislativo que dio piso jurídico a los acuerdos de paz.

En cuanto a La Verdad, se creó la Comisión de Esclarecimiento de la Verdad (CEV) como un mecanismo extrajudicial del que NO se podrán derivar responsabilidades penales, como quedo plasmado en el acto legislativo y su decreto reglamentario. En función de sus competencias, la Comisión recientemente publicó parcialmente los tres primeros informes y sobre lo cual mucha tinta ha corrido. Es por esto que es necesario hacer varias precisiones, sin fanatismo, sin radicalización, pero sobre todo, en sede de construcción de paz, sin entrar en el terreno de sospecha o de dinámicas de enemigo/enemigo, entendiendo que el espíritu de los acuerdos no es otro que cerrar heridas de más de 40 años de conflicto donde se reclutaron menores, se colocaron miles de minas quiebrapatas o AEI que mutilaron a campesinos, niños y miles de soldados, se realizaron tomas de poblaciones, se desplazaron miles de campesinos, indígenas y afros, se realizaron ejecuciones extrajudiciales u homicidios en persona protegida (mal llamados falsos positivos), algunos agentes estatales realizaron alianzas “non sanctas” con grupos de autodefensas privadas o como fueron llamados “paramilitares”, y claro, en algunas áreas se desplazaron campesinos para hurtar sus tierras u obligarlos a venderlas a precios irrisorios, algo que fue una lesión enorme y cruel,  sin contar el terrible capítulo del combustible que aviva y nutre la llama de todos nuestros males: “el Narcotráfico”.

Sin embargo, cuando trato de leer los informes oficiales sobre toda esta barbarie de La Página Oficial, encuentro que, de la información obtenida por las 29 Casas de la Verdad instaladas en todo el Territorio Nacional,  de lo recogido en las más de 14 mil entrevistas, del intercambio de información con el estado y ONGs, y de los 24 Tomos que se proyecta publicar, solo se han publicado tres documentos bases, un prólogo del Director de la CEV el Sacerdote Francisco José De Roux como Introducción, uno de Historias del Conflicto, uno de Hallazgos y Recomendaciones titulado “Cuando los Pájaros no Cantaban”.

Ante esto, considero que, desde lo académico, salir a descalificarlos es claramente falto de argumentos, además de ir en contravía del espíritu propio de la construcción de paz, es un juicio apresurado, ya que no se conocen los otros 21 Documentos e investigaciones y su metodología de contraste y conclusiones. Me niego entonces a creer que se tuviese una visión reduccionista o vindicativa desde la Comisión y que se buscase sistemáticamente privilegiar una verdad sobre otra, o peor aún, hacer responsables a solo uno de los actores como al Estado o grupos paraestatales, pues esto no ayudaría en el ideal de una verdad liberadora sino por el contrario, se convertiría en una revictimización de las victimas excluidas o no mencionadas, algo que en nada contribuirían a la construcción de una Paz Estable y Duradera, máxime cuando en los territorios se encuentra uno con fenómenos y realidades que NO deberían estar ocurriendo como masacres, reclutamiento forzado, combates entre grupos irregulares y desplazamiento forzado y hasta confinamiento de comunidades.

Lo anterior, hace que sea difícil en los territorios hablar contundentemente de un éxito rotundo del proceso; por el contrario, nos plantea un gran interrogante y un reto:

¿Cómo hacer para acelerar la implementación de lo acordado y cumplirle a las víctimas y las comunidades?

Por otro lado, ¿Qué hacer con el ELN, el Clan del Golfo, las disidencias del proceso FARC, el Residual 1 y Marquetalia, así como reductos de grupos de narcotraficantes?

Analizando esto, destaquemos que estos grupos requieren dinámicas diferenciales que van desde explorar escenarios de diálogo, pero también, presión armada que contenga y evite su expansión y consolidación. Dichas acciones se justifican en cuanto hay riesgo la estabilidad de los antiguos Territorios Nacionales, las áreas de grandes cultivos de narcóticos y laboratorios de procesamiento, así como rutas de comercialización de sustancias ilícitas que podría incendiar las regiones en una lucha a muerte por el control de estas rentas ilegales, por lo que el Estado no puede dejar de cumplir su función de seguridad para asegurar su posición de garante de la vida y la seguridad de millones de campesinos, indígenas y afros que habitan el suelo Colombiano.

Para finalizar, se requiere avanzar, y rápido, en estrategias prácticas, pragmáticas y eficientes; no da tiempo al ensayo error. Y una buena práctica es NO desechar el informe de la comisión, sin darnos la oportunidad de leerlo todo y evaluar con cabeza fría y grandeza sus recomendaciones, son retos, pero no se partirá de cero, pues ya se inició un diálogo con el ELN, se acordaron unos puntos bases y aunque por el ataque indiscriminado con métodos y medios prohibidos por el DIH por parte de esta guerrilla en contra la Escuela de Policía, que costó la vida a varios cadetes, se suspendieron los diálogos de manera inmediata, habiendo decisión política y voluntad de las partes, ese camino deberá volverse a andar en una apuesta por acuerdos e implementación de los mismos, que requerirá fortaleza, tenacidad, formación en construcción de paz y grandeza.

Cr (Rva) Carlos Javier Soler Parra

Coronel retirado del Ejército, Profesional en Ciencias Militares y Abogado, especialista en Derecho Administrativo, Recursos Militares, Seguridad y Defensa, Derechos Humanos, Derecho Internacional Humanitario aplicado a Conflictos, Magister en Derecho Público y Derechos Humanos y Construcción de paz y Optante a Doctor en Derecho, alumno de los cursos básicos y avanzado en el Instituto Internacional de Derecho Humanitario en San Remo, Italia. Ex director de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario del Ministerio de Defensa Nacional, Ex jefe de Estado Mayor y Segundo Comandante del Comando Conjunto de Monitoreo y Verificación.

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