¿Hasta cuándo tendrán que llorar a sus familiares fallecidos?
La tragedia ocurrida el día de hoy en la cárcel de Tuluá, en la que falleció un número aproximado de 51 internos y se presentaron alrededor de 40 heridos, no es más que una crónica avisada, previsible y prevenible que obedece a la dejación del Estado con los internos de los centros de reclusión de Colombia; la violación programática, repetitiva de los derechos fundamentales de los internos por parte del Estado Colombiano se ha convertido en un panorama habitual, los reclusos han tenido que aguantar situaciones que vulneran el marco constitucional, transgreden sus derechos fundamentales y para nada obedecen a el fin propio de nuestro sistema penitenciario, cual fuere, por lo menos desde lo ideológico, el de la resocialización.
Este evento que enluta a nuestra sociedad, nos pone de presente una realidad que hemos preferido callar y pasar por alto; nos hemos olvidado de nuestros privados de la libertad; y es que en nuestra sociedad parece existir una errónea idea de que a los imputados, acusados, procesados y en el peor de los casos condenados, les debe esperar en los centros de reclusión o cárceles un trato inhumano, como sí de una revancha se tratara, olvidando por completo que aún son ciudadanos, aún son personas y sobre todo, que el Estado tiene con ellos unas obligaciones surgidas de su estado de especial sujeción y sobre todo, del marco constitucional y la ley 65 de 1993.
Es claro que los centros de reclusión de Colombia no dan abasto, las tasas de hacinamiento, qué para nada son una problemática reciente, y que se vienen presentando desde inicios de los años 90s ha llegado a llegado a puntos críticos, contribuyendo con la propagación masiva de enfermedades como la tuberculosis y el sarampión y, más recientemente, la infección Covid-19, última enfermedad que dio lugar el día 22 de marzo de 2020, mediante la resolución N° 1144, el Director General del INPEC declaró el estado de emergencia carcelario.
El hacinamiento y las condiciones inhumanas que han llevado a la misma Corte Constitucional a declarar el Estado de cosas inconstitucionales en los centros de reclusión en varias de sus providencias, entre ellas la T-153 de 1998, T-388-13 y la T-288-20. La tasa de sobrepoblación repercute en la incapacidad del Estado para realizar la atención debida y los cuidados necesarios sobre los diferentes internos, situación que genera la proliferación de enfermedades venéreas, el agravamiento de posibles patologías y enfermedades de base, así como las muertes de personal e internos por las fallas en los controles y a las obligaciones de seguridad, tal y cómo ocurrió recientemente en la ciudad de Tuluá.
Al interior de las cárceles y los establecimientos de reclusión nacionales se causan anualmente una gran cantidad de muertes e incontables perjuicios, tanto materiales como inmateriales. En su gran mayoría, los daños son causados por la violación a las obligaciones de seguridad en cabeza del Estado, producto, entre otros, del hacinamiento existente en los recintos públicos. Según datos de la Defensoría del Pueblo colombiano, la sobrepoblación en los centros penitenciarios es del 58,3%, y en algunas cárceles es de hasta el 400%.
La sociedad colombiana merece un mejor trato para sus internos de los centros de reclusión y cárceles. El Gobierno Nacional debe tener este tema entre sus prioridades; el mensaje debe ser el de la resocialización y no el del olvido, la dejación y sobre todo la violación sistemática de los derechos fundamentales, misma que al parecer se muestra como una especie de revancha o vendetta social.
Los internos, sus familiares y amigos no tiene porqué llorar una tragedia más, el Estado Colombiano necesita en forma urgente una reforma a su sistema penitenciario, necesita controlar en forma inmediata las tasas de hacinamiento existentes, y sobre todo, necesita cambiar su política criminal, entendiendo que no es con cárcel que se forja una sociedad justa y pacífica, es con educación y respeto del marco constitucional; se requiere una reforma profunda y estructural, no solo que implique adecuar la infraestructura carcelaria, sino también la forma en la que son tratados y se visualiza a los privados de la libertad, así como la manera de abordar las políticas criminales en Colombia.
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