Algunos comentarios a la resolución CREG 101 066 de 2024 que define nuevos precios de escasez del cargo por confiabilidad

Me temo que esta resolución en búsqueda de un alivio en el corto plazo para los usuarios desencadene una suerte de barreras de mercado y aumento de precios en el largo plazo. Peor incluso que el efecto que nos ha dejado la opción tarifaria, de la que aún no hemos logrado salir.

A través de la resolución CREG 101 066 de 2024 el Gobierno de Colombia modifica el precio máximo al que los usuarios pagarán por sus compras en bolsa de energía. Este tope que ya existía con el nombre de precio de escasez, se separa en dos, aquel precio de escasez que se le pagará a las plantas que usan combustibles líquidos, de 945 pesos por cada kWh; y el precio que se le pagará a las demás plantas de 359 COP/kWh.

“Esta medida tendrá efecto inmediato en las tarifas de energía de las y los colombianos. Hoy el mercado de la energía es más justo con los usuarios, quienes llevan años exigiendo este tipo de acciones”, señaló el ministro de Energía, Andrés Camacho.

Santiago Carmona, periodista del periódico La Patria, me ha abordado con algunas preguntas sobre el tema. A él le agradezco por la motivación para la escritura de esta columna que nace de la respuesta a sus inquietudes: ¿Quiénes verán las tarifas de energía reducidas en períodos de escasez?, ¿Esta medida es útil o tiene matices?, ¿Hay ejemplos de decisiones similares?, ¿Hay algún cálculo como ejemplo de las nuevas tarifas para un hogar en época de sequía, por ejemplo?

Inicio contestando la segunda pregunta y de allí se irán desenvolviendo las demás. Entre las dos opciones, me quedo con los matices. Y lo explico de así

Los usuarios pueden comprar energía en bolsa de energía o contratos. Es preferible comprar en contratos porque es un precio fijo independiente de lo que ocurra en bolsa de energía. El precio de bolsa de energía es volátil. Las transacciones en bolsa de energía solo las desean agentes con mucha información y capaces de administrar el riesgo

Los usuarios compran en bolsa cuando los contratos que han firmado no alcanzan a cubrir todas sus cantidades. Comprar en bolsa es una consecuencia no deseada de los usuarios. Más del 30% de la energía del país se está comprando en bolsa por la escasez de energía en contratos.

Con la escasez hidrológica que estamos viviendo el precio de bolsa ha subido mucho y puede que siga esta situación en los próximos meses.

Para que los usuarios no compren a precios «demasiado altos» se diseñó el precio de escasez que es un techo para que los usuarios no compren a más precio de ese techo. A cambio los usuarios pagan en la factura un rubro que se llama Cargo por Confiabilidad.

El precio de escasez que conocíamos es de 945 COP/kWh. A este precio se compraba como máximo. Cuando el precio de bolsa superaba los 945 los usuarios compraban a 945 por sus compras en bolsa. Así los usuarios desprotegidos que compraban en bolsa por falta de contratos tenían que pagar máximo 945.

Con la nueva resolución los usuarios no pagarán los 945 como máximo, sino que pagarán la combinación resultante de pagarle a 945 a las plantas de combustibles líquidos y a 359 COP/kWh a las plantas con recursos renovables o carbón.

De esta forma para los próximos meses, solo cuando el precio de bolsa esté lo suficientemente alto debido a la escasez, los usuarios pagarán menos por las compras de bolsa de energía. Beneficiando a los usuarios.

De otro lado, cuando el precio de bolsa supera al precio de escasez, los generadores de plantas renovables o carbón que su generación no sea suficiente para cubrir sus ventas en contratos tendrán que comprar energía a precio de bolsa para vender en contratos. Dicho de otra forma: lo que los usuarios ganan por compras en bolsa con techo, lo perderán los generadores renovables y carbón que no tengan generación suficiente. Así, una medida que beneficia a los usuarios, reduciendo sus compras en bolsa, lo tendrán que pagar las plantas renovables y a carbón.

Si antes la bolsa tenía un precio de 1000 COP/kWh el generador hidráulico que no alcanzaba a generar sus contratos, compraba en bolsa a 1000 y vendía al usuario en 945. Pero ahora compraría en 1000 y venderá al usuario a 359, absorbiendo como pérdidas no remuneradas la diferencia.

En estas condiciones, los administradores de plantas renovables y carbón tendrán pérdidas en el corto plazo que luego tendrán que llevar a los nuevos contratos de largo plazo. En los contratos de largo plazo que se firmen en el futuro deberá aparecer una nueva prima de riesgo debido al diferencial de precios de escasez: Encareciendo los contratos de largo plazo (que abastecen el 70% de la demanda).

Ya en otro momento del tiempo se hizo una modificación al precio de escasez, aumentándolo para que las plantas que estaban operando a gas pudieran utilizar combustibles líquidos en épocas de escasez. Esto fue necesario debido a la escasez de contratación en firme de gas natural.

Así, con la resolución identifico:

  • Reducción de precios de compra en bolsa para los usuarios que ya «están perjudicados» con compras en bolsa.
  • Posibles pérdidas por compras en bolsas para agentes con plantas renovables en los próximos meses cuando su generación no sea suficiente para cubrir sus contratos en periodos de escasez
  • Aumento de precio de los contratos de largo plazo para los próximos años. Los agentes de renovables y carbón deben cobrar por el riesgo adicional que comienzan a asumir. Esto afectará a todos los usuarios. La solución de un problema transitorio se convertirá en un alza de precios permanente.
  • Los generadores reducirán la venta de energía en contratos para reducir el riesgo. Aumentando aún más la exposición de los usuarios debido a eventos climáticos futuros. La proporción de ventas en contratos, con los recursos actuales, se reducirá.
  • Desincentivo a la instalación de plantas renovables en el país debido al aumento de riesgos en bolsa de energía. El precio techo asignado a las plantas renovables está cerca del precio del contrato actual; cualquier movimiento de variables macroeconómicas o cambio de tendencia en el costo de tecnologías puede hacer inviable la instalación de nuevos proyectos.
  • Incentivo a reducir el nivel de los embalses. Cuando el precio de bolsa supere el precio de escasez los generadores hidráulicos podrían perder 600 pesos por cada kWh que decidan almacenar y no utilicen para cubrir sus contratos; percibiendo un castigo por el agua almacenada y no generada.

La solución a un problema por falta de contratos de largo plazo nos puede llevar a tener menos contratos de largo plazo para proteger al usuario final. Así, un «aparente castigo a los generadores» será nuevamente pagado, ojalá no apagado, por los usuarios.

Quienes con su generosidad han acompañado la lectura hasta este momento, habrán notado que no he presentado el cálculo de los beneficios para un usuario, en tanto el beneficio de corto plazo podría estimarse, pero las consecuencias de largo plazo pueden tomar de un esfuerzo considerable para realizarse.

En todo caso, me temo que esta resolución en búsqueda de un alivio en el corto plazo para los usuarios desencadene una suerte de barreras de mercado y aumento de precios en el largo plazo. Peor incluso que el efecto que nos ha dejado la opción tarifaria, de la que aún no hemos logrado salir.

«Atacar el efecto no nos libera de la causa »

Gracias por leer,

Alfredo Trespalacios Carrasquilla

Doctor en Economía, Magíster en Finanzas, Ingeniero Electricista. Consultor y formador en temas de energía, finanzas y riesgos.

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