Empeñados en llamar “regiones” a los departamentos

La Reforma Constitucional para modificar el Sistema General de Participaciones se ha presentado en términos de un re-ordenamiento territorial en Colombia y en gracia de discusión, le falta pelo pal` moño. El hecho de que exista un valioso consenso sobre estos pequeños pasos hacia la descentralización fiscal de la administración nacional, no significa abandonar las luchas por profundizar en los temas de distribución del espacio y del poder en un Estado donde el mapa político administrativo actual no representa la realidad política de su territorio. Un buen hecho para ratificar que tanto Constituyente de 1991 como el Acuerdo de La Habana de 2016, tienen los ingredientes suficientes para asociar el re-ordenamiento territorial con la Paz. El consenso viene de que a todos y todas en el mundo político les cae bien la Reforma.

Si bien se trata del tradicional desarrollismo legislativo, lo cierto es que el tema lleva más de tres décadas sin que se ejecuten normas con impactos importantes en el Ordenamiento Territorial del país. Al gobierno le cae bien, porque es consecuente con su defensa del espíritu democratizador de la Constitución Política de 1991. Le permite acercarse y legitimarse con sectores dirigentes en las escalas subnacionales. De esto también saca provecho la oposición oportunista que reivindicará como suya la iniciativa, cuando lleva 30 años negando la descentralización, atrincherada en el centralismo tecnocrático. Hoy les interesa cuando han perdido la administración del Estado nacional y ven lejos su retorno. Ahora promueven el federalismo con más intensidad. Sin duda se sembró un tema para la próxima campaña electoral.

El mandato constitucional no es solo un asunto presupuestal y fiscal. Con la CPC de 1991, su desarrollo con la Ley 1454 de 2011, Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial, LOOT, y el Acuerdo de La Habana, se tienen las bases para que Colombia organice su Estado con las “nuevas” realidades del territorio. Regiones y subregiones, por ejemplo, las Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz (CTEP) y los Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial (PDET), son nuevas realidades territoriales, nuevas escalas de planeación y nuevas escalas de representación. La representación política en las decisiones de Estado está cada vez más involucrada en la narrativa de las demandas locales para resolver el conflicto, pues tienen la idea según la cual los recursos del desarrollo territorial dependen casi exclusivamente de esa representación.

En este marco, incluso con la intención de descentralizar, se reproduce el centralismo en el proyecto de Reforma y su exposición en medios masivos de comunicación, pues se empeñan en llamar regiones a los departamentos. Llevamos más de 30 años de que la CPC les diera nombre y representación a los llamados “territorios nacionales”.  Es precisamente esta escala, la departamental, la que se convierte talanquera para la representación y la administración de las políticas públicas democratizadoras y de impacto en la realidad de la población. Está el camino de la Regionalización. La transformación territorial, el desarrollo territorial y la paz territorial, nombres utilizados para referirse a la justicia social y territorial, comienzan por una nueva forma de organizar el territorio del Estado.

Fredy Escobar Moncada

Trabajador Social. Magíster en Ciencia Política.

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