Topes al incremento del impuesto predial y a quién le afectarían. ¿Una solución justa para todos?

LUIS CARLOS GAVIRIA ECHAVARRIA

En medio de preocupaciones crecientes sobre el impacto del aumento del impuesto predial en el municipio de Andes y otros lugares del país, un proyecto de ley ha surgido como una potencial solución. Este proyecto, presentado por los ministerios de Hacienda y de Agricultura, busca establecer topes al incremento del impuesto predial después de una actualización catastral. En este artículo, exploraremos los detalles de esta propuesta y su posible repercusión en los propietarios de viviendas.


En el municipio de Andes, la preocupación se ha intensificado debido al reciente aumento en la actualización catastral y, como consecuencia, en el impuesto predial. Esta situación no es exclusiva de este lugar, sino que se replica en distintas regiones del país. Sin embargo, hay esperanza en un proyecto de ley que podría brindar cierto alivio a esta problemática.

El proyecto de ley del impuesto predial, presentado por los ministerios de Hacienda y de Agricultura, ha despertado un interés particular. Busca establecer topes al incremento del impuesto predial después de una actualización catastral, lo que podría mitigar el impacto que ha afectado a muchos propietarios en diversos municipios del país.

¿Qué implicaría esta ley y a quiénes afectaría?

La propuesta no impactaría a todos los propietarios del país, sino específicamente a aquellos cuyos terrenos o inmuebles no han sido actualizados catastralmente durante años, resultando en un pago de impuestos prediales inferiores a lo que deberían abonar. Esto significaría un ajuste significativo para algunos, pero también una corrección de discrepancias en el sistema tributario.

En términos prácticos, la aplicación de esta ley estaría limitada a municipios donde se haya realizado una actualización catastral por parte del IGAC. Grandes ciudades como Bogotá, Cali, Medellín o Barranquilla ya han completado este proceso. Asimismo, los predios que se incorporen por primera vez a la base catastral no se verían afectados por esta medida.

¿Cuáles serían los topes propuestos?

El proyecto contempla distintos topes dependiendo del avalúo catastral de la vivienda. Por ejemplo, para propiedades cuyo avalúo catastral sea menor o igual a 135 salarios mínimos mensuales legales vigentes (aproximadamente 175,5 millones de pesos), el incremento máximo sería del 50%. Esta cifra disminuye gradualmente conforme aumenta el valor catastral de la propiedad, alcanzando un máximo del 200% para aquellas valuadas por encima de los 500 salarios mínimos.

Es importante destacar que, según el proyecto, ningún impuesto predial resultante de estas regulaciones puede ser inferior al 0,1% del avalúo catastral.

Además, se propone la implementación de regímenes tarifarios diferenciados en el año de entrada en vigencia de las modificaciones catastrales. Esto pretende evitar un aumento desproporcionado del impuesto, especialmente para propiedades de estratos bajos y áreas de conservación ambiental.

¿Es esta la solución esperada?

Si bien este proyecto de ley podría ofrecer un respiro a aquellos afectados por los bruscos aumentos en el impuesto predial, también plantea interrogantes sobre su implementación y efectividad a largo plazo. ¿Será suficiente para resolver las discrepancias en el sistema tributario? ¿Cómo se garantizará que los municipios apliquen estos topes de manera justa y equitativa?

Estas preguntas quedan abiertas mientras el proyecto sigue su curso en el Congreso. Lo que sí es claro es que se necesita una solución que equilibre la necesidad de financiamiento de los municipios con la capacidad de pago de los ciudadanos, garantizando al mismo tiempo la equidad y transparencia en el sistema tributario.

Anteriormente, el máximo a pagar era de 300 por ciento, ahora sería de 200 por ciento. Quedarían así:

– El impuesto predial podría subir hasta un 50 por ciento en los predios urbanos con destino habitacional y comercial y cuyo avalúo catastral sea menor o igual a 135 salarios mínimos mensuales legales vigentes (s. m. m. l. v.), esto es, unos 175,5 millones de pesos a precios de este año. También en los predios rurales con uso habitaciones, comercial rural, de producción agropecuaria y de conservación menor o igual a 135 salarios.

– Para los predios cuyo avalúo catastral se encuentren en el rango superior a esos 135 salarios mínimos y menor a 250 salarios (325 millones de pesos), el incremento podría ser de hasta 75 por ciento. (en el proyecto inicial era de 100 por ciento)

Hay alrededor 2,7 millones de predios obligados a pagar o declarar el predial.

– Los que estén por encima de los 250 salarios y por debajo de los 350 smmlv (455 millones de pesos) tendrían un ajuste del 100 por ciento (antes era de 150 por ciento).

– Para aquellos cuyo avalúo sea superior a los 350 pero menor a 500 salarios mínimos (650 millones de pesos) podrían sufrir un incremento del predial del 150 por ciento. (antes 200 por ciento).

– Mientras que los predios que superen los 500 salarios mínimos podrían tener un ajuste en el impuesto predial de hasta 200 por ciento (antes 300 por ciento).

Hoy, como está la norma, podrían pagar el 1000 % del predial que pagaban el año anterior.

El proyecto de ley sobre el impuesto predial ofrece una esperanza de alivio para los propietarios de viviendas en municipios afectados por bruscos aumentos en los impuestos. Sin embargo, su implementación plantea desafíos y preguntas sobre equidad y transparencia. A medida que este proyecto sigue su curso en el Congreso, es crucial considerar cómo garantizar que se apliquen de manera justa y equitativa los topes propuestos, buscando un equilibrio entre las necesidades financieras de los municipios y la capacidad de pago de los ciudadanos.


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