Entre las opciones para mitigar los efectos de no percibir ingresos y, teniendo en cuenta el fin con el que han sido creadas las cajas de compensación familiar, han optado por aplicar al subsidio de desempleo que deben entregar por solidaridad dichas entidades. Sin embargo, frente a este salvavidas en vez de encontrar solidaridad, por demás Principio constitucional y del Estado Social de Derecho, han hallado trabas y dilataciones por parte de COMFENALCO, vulnerándoles el derecho al mínimo vital a quienes aplican a ese beneficio.
Las cajas de compensación familiar se remontan en Colombia hacia el año 1954 con la creación de la Ley 90 que tuvo como objetivo dar atención a los subsidios familiares que los patronos decidieran asumir en beneficio de sus trabajadores. En el mes de junio de 1957 el gobierno estableció el Decreto 118, a través del cual se dio paso a la creación de las cajas de compensación familiar. Se supone —lo cual debería ser de esa manera— que estas entidades sin ánimo de lucro, de redistribución económica y naturaleza solidaria, fueron creadas con el fin de mejorar la calidad de vida de los trabajadores colombianos y sus familias; lastimosamente en muchos casos NO es así.
Miles de maestros provisionales vinculados al magisterio colombiano, finalizando el 2023 fueron desvinculados de su labor a causa de la asignación de plazas a quienes adquirieron sus derechos de carrera. Frente a la inminente realidad, muchos de ellos —como es normal— se vieron en la necesidad de buscar empleo para suplir sus necesidades personales y familiares; no obstante, muchos no han tenido la suerte de encontrar uno como medio de su sustento.
Entre las opciones para mitigar los efectos de no percibir ingresos y, teniendo en cuenta el fin con el que han sido creadas las cajas de compensación familiar, han optado por aplicar al subsidio de desempleo que deben entregar por solidaridad dichas entidades. Sin embargo, frente a este salvavidas en vez de encontrar solidaridad, por demás Principio constitucional y del Estado Social de Derecho, han hallado trabas y dilataciones por parte de COMFENALCO, vulnerándoles el derecho al mínimo vital a quienes aplican a ese beneficio.
Frente a una cantidad injustificada de dilataciones se han encontrado los docentes. Cómo si no fuera suficiente el mero hecho de estar sin empleo y presentar la resolución de terminación de contrato y otros documentos solicitados por ellos, devuelven la petición por cuestiones insignificantes y entregando un lapso para subsanar totalmente contrario a Ley; tiempo que, de ser excedido, tiene como consecuencia radicar a través de un nuevo intento la petición para acceder al beneficio.
¿Para qué tanta traba a algo se cree es un medio de protección al trabajador? ¿Para qué dilatar los tiempos por insignificancias? ¿Por qué tanta bellaquería para entregar un subsidio que, no solo protege al trabajador, sino garantiza el ingreso que se requiere para suplir el mínimo vital de una familia que no la pasa bien a falta de empleo?
Desvirtúan el fin con el cual fueron creadas, ponen por encima de la necesidad de las personas al dinero o al papel que quede faltando. Por teléfono te hablan del derecho, pero en la realidad vulneran el derecho; y, como si fuera poco, te vuelven a invitar a subsanar lo subsanado para seguir dilatando y extendiendo el tiempo para hacer efectiva la entrega de estos dineros que, seguramente, serán el salvavidas para muchas familias.
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