SALIR DE MADURO: NUESTRO IMPERATIVO CATEGÓRICO
La primera obligación de la mayoría plena de la Asamblea Nacional, por mandato mayoritario de la ciudadanía, es librar a Venezuela de Nicolás Maduro. Y enrumbar la República hacia su plena reconstitución. Es un imperativo categórico que nada ni nadie podrá impedir.
Antonio Sánchez García @sangarccs
Abandono: “cesión, abdicación, renuncia, abandonamiento, resignación, deserción, dimisión, entrega, retirada, descuido, dejadez, desaliño, desidia, negligencia, suciedad, desorden, incuria, pereza, apatía, pasividad, laxitud, abulia, frialdad, tibieza, desánimo, lentitud.” Langenscheidt, Summa Diccionario, Sinónimos y Antónimos, Océano, Barcelona, 1999.
Abandono: “Abandonamiento, cesión, renuncia, dejación, abjuración, injuria, negligencia, dejadez, descuido, indolencia, flojedad, desgobierno, huida, deserción.”
Diccionario español de sinónimos y antónimos, Federico Sainz de Robles, Aguilar, Madrid, 1978
Dos exigencias morales de alta política nos llevaron a millones de venezolanos a votar en bloque y en paquete, sin distingo de nombres, partidos, dirigencias y valores cívicos, por quienes hoy detentan el Poder legislativo: rechazar a Nicolás Maduro, vale decir, votar por la inmediata liberación de todos nuestros presos políticos o condenados injustamente, en primer lugar, y destituir y sacar de la presidencia de la República a quien lo ocupa de manera fraudulenta, pues ostenta una nacionalidad que no es la nuestra. Liberar a los presos políticos y desalojar del Poder a Nicolás Maduro y su régimen.
La resolución del Concejo Nacional Electoral (CNE) dando por legítima la elección de tres diputados opositores por el estado Amazonas ha venido finalmente a blindar la cantidad de 112 diputados en manos opositoras y, con ello, a dar por legítimos los dos tercios necesarios para proceder a actuar en todas aquellas circunstancias de gran trascendencia que requieran de dicha cantidad de diputados.
Pero ni siquiera es el caso de la mayoría simple requerida para aplicar el artículo 233 de la Constitución Nacional que reza: “Artículo 233 Serán faltas absolutas del Presidente o Presidenta de la República: su muerte, su renuncia, o su destitución decretada por sentencia del Tribunal Supremo de Justicia; su incapacidad física o mental permanente certificada por una junta médica designada por el Tribunal Supremo de Justicia y con aprobación de la Asamblea Nacional; el abandono del cargo, declarado como tal por la Asamblea Nacional, así como la revocación popular de su mandato. Cuando se produzca la falta absoluta del Presidente electo o Presidenta electa antes de tomar posesión, se procederá a una nueva elección universal, directa y secreta dentro de los treinta días consecutivos siguientes. Mientras se elige y toma posesión el nuevo Presidente o la nueva Presidenta, se encargará de la Presidencia de la República el Presidente o Presidenta de la Asamblea Nacional. Si la falta absoluta del Presidente o la Presidenta de la República se produce durante los primeros cuatro años del período constitucional, se procederá a una nueva elección universal, directa y secreta dentro de los treinta días consecutivos siguientes. Mientras se elige y toma posesión el nuevo Presidente o la nueva Presidenta, se encargará de la Presidencia de la República el Vicepresidente Ejecutivo o la Vicepresidenta Ejecutiva. En los casos anteriores, el nuevo Presidente o Presidenta completará el período constitucional correspondiente. Si la falta absoluta se produce durante los últimos dos años del período constitucional, el Vicepresidente Ejecutivo o la Vicepresidenta Ejecutiva asumirá la Presidencia de la República hasta completar dicho período.”
Resulta obvio de toda obviedad que el constituyente, por “abandono del cargo” no entendió la separación física, corporal, del presidente de la república de su responsabilidad al frente del gobierno. Cosa que, por lo demás, ha hecho en innumerables ocasiones, secreta o públicamente, cuando de ir a La Habana y recibir las instrucciones de sus verdaderos jefes se ha tratado: no el soberano venezolano detentor máximo del Poder según la Constitución, sino los dos tiranos del Caribe que se lo apropiaran por traición de Hugo Chávez: Fidel y Raúl Castro.
Por abandono del cargo el constituyente comprendió el abandono político, existencial y moral de sus funciones constitucionales, la incuria, la desidia, la entrega de nuestra soberanía a poderes extranjeros, la irresponsabilidad en el cumplimiento para con los ciudadanos en orden a asistirlos en su sobrevivencia material, económica, social, laboral, sanitaria y de seguridad.
¿Quién puede poner en duda que Venezuela naufraga a la deriva por culpa de Nicolás Maduro y aquellos que lo sustentan, que Nicolás Maduro está política, intelectual, moral y profesionalmente incapacitado para atender al mando de la República y sobrevenir a las necesidades de sus ciudadanos? ¿Quién que no sean sus esbirros y protegidos, sus mantenidos y aprovechados – los Jaua, los Cabello, los Aissami, los Flores, los Saab, los narcogenerales y los espalderos multimillonarios a costas de PDVSA y el Tesoro Nacional así como la pandilla de diputados que le hacen coro – puede sostener que el hijo de una señora colombiana, es decir: un colombiano, convertido en agente de Cuba para el asalto al Poder y puesto al servicio del G2 no se ha ausentado del gobierno de la República por correr a servir a los Castro?
Haber salido de Carlos Andrés Pérez por quítame ahí esas pajas constituye un pesado fardo moral para la Venezuela democrática que debe ser reparado por Venezuela toda sacando cuanto antes del poder a Nicolás Maduro. ¿Por qué a Carlos Andrés Pérez sí, que pusiera en marcha una Venezuela liberal, en franco progreso y crecimiento, y a Maduro no, que obedeciendo las órdenes de Chávez y los Castro la ha hundido en los abismos del castrocomunismo, la devastación, la miseria y la muerte? La primera obligación de la mayoría electa de la Asamblea Nacional es librar a Venezuela de Maduro. Y enrumbar la República hacia su plena reconstitución. Es su imperativo categórico.
Los leguleyos rojorojitos brincarán exigiendo que nada de destitución sin un juicio de mérito a cargo de los tinterillos que los Castro se sacaran de la manga a la carrera. Y en el colmo del bandidaje y la hipocresía vienen ahora a esgrimir la separación de poderes que atropellaran desde el mismo día en que liquidaran el Estado de Derecho en Venezuela.
La primera obligación de la mayoría plena de la Asamblea Nacional es librar a Venezuela de Nicolás Maduro. Y enrumbar la República hacia su plena reconstitución. Es un imperativo categórico que nada ni nadie podrá impedir.
Comentar