Hablar de reforma al congreso debe asimilarse desde un aspecto muy sustancial.
A partir del estallido social que desató la inconformidad de miles y millones de colombianos por una inadecuada reforma tributaria, la cual generó grandes movilizaciones en el marco del paro nacional, ha venido creciendo más fuerte el clamor ciudadano sobre un tema en particular: reforma al congreso de la república. Si bien es cierto, muchas personas han hecho alusión principalmente a una serie de aspectos, por ejemplo, la reducción del salario a los congresistas y a su vez la disminución de sus miembros. Sin embargo, es importante mencionar que hablar de reforma al congreso debe asimilarse desde un aspecto muy sustancial, es decir, analizar de forma minuciosa lo siguiente: ¿cuáles son los requisitos para ser congresista en Colombia? Es por ello que traemos a colación lo descrito en la constitución política de 1991 en su artículo 172, el cual reza lo siguiente:
ARTICULO 172. Para ser elegido senador se requiere ser colombiano de nacimiento, ciudadano en ejercicio y tener más de treinta años de edad en la fecha de la elección.
Dado lo anterior, ser senador en Colombia contiene un mínimo de requisitos en comparación a la importancia que reviste la funcionalidad del poder legislativo en cabeza del congreso, como se puede apreciar en el artículo 114 el cual establece que le corresponde al congreso ‘‘reformar la constitución, hacer las leyes y ejercer el control político sobre el gobierno y la administración’’, las funciones que le atañen a la rama legislativa, tiene un impacto en nuestro sistema jurídico, social, político y sobre todo en lo democrático.
Es por ello, que antes de reformar el congreso, desde mi punto de vista, deberían adicionarse requisitos para que una persona colombiana sea congresista, inicialmente establecer una serie de criterios más completos e idóneos para el cargo a desempeñar, es decir, que en la medida posible exista mérito para ejercer dicho rol.
Comentar