“La cárcel representa el castigo retributivo moderno por excelencia, donde la sociedad responde al mal del delito con otro mal, la privación de libertad.”
El ministro de Justicia Néstor Osuna, tiene como objetivo primordial en la próxima reforma a la justicia implementar una política criminal enfocada a los mecanismos de justicia restaurativa, con el fin de evitar tanta privación de la libertad como solución a los fenómenos delictivos, por ende, resulta importante recordar el libro de Cesare Beccaria de “Los Delitos y las Penas”, avalado por el derecho penal contemporáneo de humanizar el sistema penal y en tal modo mejorar la seguridad ciudadana, sin embargo, en Colombia siempre se ha mantenido una concepción retrograda de siempre imponer la “cárcel”, dejando de lado la concepción central del Derecho Penal de la resocialización y la dignidad humana de las personas privadas de la libertad.
Evitar el populismo punitivo debe ser un eje central de la reforma a la justicia, la pena no borra en todo su esplendor el crimen, por ende, no se puede dejar de lado las penas restaurativas frente a determinados delitos, por lo cual, resulta indispensable superar la deficiente y deplorable situación en los centros penitenciarios, en tal modo, respetando y protegiendo los derechos de las víctimas.
En tal sentido, en materia penal, es urgente eliminar las reformas posteriores de la Ley 906 del 2004 (Código de Procedimiento Penal), las cuales impiden aplicar la justicia premial para la reducción de la pena mediante el allanamiento a cargos o acuerdos realizados con la Fiscalía General de la Nación, adicionalmente, es necesario considerar un sistema efectivo para culminar de forma extraordinaria los procesos penales, ya que no todos pueden llegar a la etapa de juicio oral, especialmente la derogación de la Ley 890 de 2004 que aumenta de manera general la pena en algunos delitos del Código Penal.
Por otro lado, los mecanismos de justicia restaurativa son dispersos, lo que dificulta comprender su alcance. En líneas generales, la Ley 906 no contempla que dichos medios puedan inducir a una terminación anticipada del proceso penal y la reducción considerable de la pena, por otra parte, la falta de preparación de los fiscales debido a la carga laboral excesiva lleva a la terminación de los procesos penales en nulidades o absoluciones por falta de empoderamiento del caso por parte del ente acusador, dejando de lado la concepción de la dignidad humana de los que son privados injustamente de su libertad.
En síntesis, la justicia restaurativa termina de ser el camino mas efectivo para solucionar los conflictos de manera consensuada, a través del dialogo entre los intervinientes, sin la participación del operador judicial, con el fin de consolidar una paz y un fin esencial del Estado Social de Derecho, especialmente del Derecho Penal.
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