“Esto no es objeción de conciencia: es coerción institucional disfrazada de moral.”
En Colombia, el debate sobre la autonomía, el cuerpo y la conciencia suele presentarse como una disputa entre extremos: de un lado, quienes defienden convicciones religiosas profundas; del otro, quienes reclaman derechos reproductivos como expresión básica de la libertad individual. Pero hay un terreno menos visible, más incómodo y, quizá, más injusto: aquel donde las instituciones deciden por todos, incluso por quienes no comparten sus creencias.
No se trata aquí de la objeción de conciencia individual —figura legítima, reconocida por la jurisprudencia y amparada por la Constitución—, sino de algo muy preocupante: una objeción institucional encubierta que opera sin declararse, sin asumir sus consecuencias jurídicas y, sobre todo, sin respetar los derechos de los pacientes y de los profesionales.
Estos casos están pasando de forma cotidiana y silenciosa en muchas Instituciones Prestadoras de Salud del país, especialmente aquellas vinculadas al Opus Dei.
Algunas mujeres que acuden a servicios de salud solicitando anticoncepción de emergencia —el llamado “medicamento del día después”— se encuentran con una negativa. No porque exista una contraindicación médica o un riesgo clínico, sino porque la institución ha decidido que ese servicio no hace parte de su “misión”.
Pero esto no termina allí. Dentro de esas instituciones trabajan médicos que no son objetores de conciencia, profesionales bien formados y bien informados, que conocen la normatividad vigente y que, en condiciones normales, sí formularían sin reparo ese medicamento. Sin embargo, no lo hacen, y no porque no quieran, sino porque no pueden. Porque saben —aunque nadie lo diga abiertamente— que hacerlo tiene consecuencias: no les renuevan sus contratos una vez finalizan, su relación laboral se “complica” y se ve afectada su trayectoria profesional. No hay memorandos, no hay sanciones explícitas. Solo una forma eficaz de disciplinamiento: la incertidumbre laboral y profesional.
Esto no es objeción de conciencia. Es una forma deliberada de ejercer una coerción institucional que vulnera los derechos de las pacientes y de los profesionales de la salud.
Entonces, ¿puede una institución imponer su moral al punto de anular la conciencia individual de sus profesionales y los derechos de sus pacientes?
La Corte Constitucional ha sido clara en múltiples ocasiones: la objeción de conciencia es personal, no institucional. No puede convertirse en una política corporativa ni en una excusa para desatender obligaciones del sistema de salud. Sin embargo, en la práctica, todo eso se diluye y se maquilla.
Y, mientras tanto, el costo lo siguen pagando los mismos: las mujeres que no reciben atención oportuna y los médicos que aprenden, poco a poco, que ejercer con autonomía puede ser un lujo que no todos pueden permitirse.
P.D. No dude en escribirme sus comentarios a mi cuenta de X @sanderslois













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