Mucho se viene hablando y debatiendo acerca de la libertad de expresión, la libertad de prensa, los derechos, deberes y sobre todo las obligaciones que le asisten a aquellas personas que de una u otra forma ejercen el periodismo en los Estados democráticos, derechos que son garantizados por un marco jurídico internacional, de tal sentido que el documento base lo encontramos en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, sin embargo con el pasar de los años, muchos Estados adecuaron lo desarrollado por el artículo 19 en sus constituciones. Ahora bien, Colombia no es ajena ni al debate ni al aporte constitucional.
No obstante, existe un eslabón que llama la atención dentro del gremio en particular: el periodismo ejercido por las mujeres, cabe resaltar, ante todo, lo manifestado por el Informe[ii] Anual en 1999 emitido por la Comisión I.D.H., por cuanto destaca la participación de la mujer en los procesos de información y en el ejercicio de su libertad de expresión, a raíz de lo anterior surgen estos interrogantes ¿Están siendo vulneradas las mujeres en el ejercicio profesional? ¿Existe la libertad de opinión y protección particular a las féminas que ejercen el periodismo? ¿Existe un movimiento excluyente en el medio? Estas son unas simples preguntas que surgen en virtud del presente escrito a lo cual trataremos de darle sentido.
Muchas son las razones para certificar los anteriores cuestionamientos, por ejemplo, las presiones sociales y la percepción de vulnerabilidad. En el caso concreto de las mujeres que trabajan como periodistas, suele hablarse de un “doble ataque”: se las ataca tanto por ser mujeres como por ser periodistas.
Esto fue lo que se puso sobre la mesa en la pasada Resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas en el 2017 sobre la Seguridad de los Periodistas, en ella, se subrayó la importancia y sobre todo la absoluta necesidad de un enfoque sensible al género para abordar las cuestiones relacionadas con la seguridad de las periodistas de tal forma que la mencionada Resolución condena la discriminación por razón de i. género; ii. Violencia; iii. Intimidación; iv. Acoso; v. Desigualdad y -sobre las anteriores cuestiones, se hizo hincapié en los- vi. Estereotipos basados en razón de género.
En consecuencia y como respuesta a los anteriores elementos abordados por la Asamblea, su objetivo principal buscó su enfoque en qué a las mujeres se les permita el acceso al periodismo de manera libre y permanezcan en él bajo el principio de igualdad de condiciones con los hombres, garantizando al mismo tiempo su mayor seguridad posible ¿Sucede en Colombia?
Debemos considerar dos elementos distintos, pero al mismo tiempo conexos que nos implica abordar: nos encontramos de cara al acceso de las mujeres a trabajos informativos de alto riesgo, por un lado, y ataques sexistas contra las periodistas, por otro. En este sentido, es sumamente lamentable que las mujeres resulten ser violentadas por ataques no sólo de quienes intentan silenciar sus actividades informativas (bandas criminales, agentes del Estado o delincuencia común), sino también por parte de alguna de sus fuentes y/o sus colegas.
Cabe resaltar que para el 2012 fue aprobado por la Junta de Jefes Ejecutivos de la ONU el Plan de Acción sobre la Seguridad de los Periodistas cuyo objetivo fue sentar las bases para “crear un entorno libre y seguro para los periodistas y trabajadores de los medios de comunicación”, igualmente, destacó la susceptibilidad de las mujeres periodistas a la violencia sexual como represalia por su trabajo (caso Bedoya Lima y Otra vs Colombia), como parte de la violencia colectiva cuando cubren acontecimientos públicos o cuando se encuentran detenidas o cautivas.
[…es sumamente lamentable que las mujeres resulten ser violentadas por ataques no sólo de quienes intentan silenciar sus actividades informativas (bandas criminales, agentes del Estado o delincuencia común), sino también por parte de alguna de sus fuentes y/o sus colegas.]
Frente a lo anterior, la Declaración Internacional sobre la Protección de los Periodistas pone de presente los continuos riesgos que existen frente a la seguridad de aquellos que ejercen la profesión y se maximiza en el momento que dicha labor es ejercida por el género femenino.
Entre los esfuerzos realizados por la sociedad civil, los distintos colectivos pro derechos de libertad de prensa y derechos de las mujeres junto con las acciones del gobierno y la academia para abordar estos problemas de seguridad se encuentran el aumento de la visibilidad de las agresiones contra las mujeres, el desarrollo de capacidades y la adopción de medidas preventivas, así como la formación en materia de seguridad específica de género para hacer frente a los riesgos concretos a los que se enfrentan las mujeres en virtud del día a día en el ejercicio de la profesión.
Finalmente se necesita que se adopten estrategias serias y fuertes para combatir la impunidad, elaborando y aplicando estrategias para minimizar los hechos de impunidad generalizada para los delitos contra periodistas basadas en buenas prácticas y garantizando un enfoque coherente que tenga en cuenta las cuestiones de género.
*Al cierre del presente escrito, en Colombia según reposa en la base de datos[iii] del Observatory of Killed Journalist a cargo de la UNESCO, desde 1995 y a la fecha, han sido reportados 53 periodistas asesinados, de los cuales tres (3) han sido mujeres, equivalente a un 5,66%.
Todas las columnas del autor en este enlace: https://alponiente.com/author/nicolasgc/
[i] Escrito de opinión desarrollado en virtud del artículo denominado: La protección universal a la libertad de prensa y expresión. ¿Un derecho constitucional sin garantía? Abordado en el marco del Congreso Internacional de libertad de prensa en los Estados democráticos, Universidad Francisco de Paula Santander.
[ii] Informe Anual 1999 de la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
[iii] https://www.unesco.org/en/safety-journalists/observatory/statistics
Comentar