Jhon Doe contra Chiquita Brands: Banana Republic

Juan Manuel Sáenz

Enhorabuena, en el año 2011 el estado colombiano introdujo en la legislación penal el delito de Financiación del Terrorismo, lo cual hizo posible que directivos del grupo empresarial Banacol y Chiquita Brands enfrenten cargos[1]. Sin embargo, el legislador, bien sea por ingenuidad o por conflicto de intereses con aquellos que financian las campañas políticas, omitió atribuir directa y expresamente la responsabilidad civil a las personas jurídicas de derecho privado vinculadas con crímenes de lesa humanidad.

A este punto ya no es un secreto que otras personas jurídicas o sociedades comerciales colombianas han financiado grupos terroristas. Las declaraciones de Salvatore Mancuso ante la Justicia Especial para la Paz – JEP confirmaron lo que algunos habían denunciado, pero ninguna autoridad judicial o administrativa en Colombia había tomado la iniciativa de investigar, tal vez, valiéndose de la falta de regulación en nuestro ordenamiento jurídico.

Es curioso, aunque a mi manera de ver vergonzoso, saber que, aunque el conflicto armado interno en Colombia tenga más de setenta años, el Congreso de Colombia sea timorato o actúe con cierto grado de complicidad frente a la omisión de configurar instituciones jurídicas que atribuyan responsabilidad civil a las personas jurídicas de derecho privado de forma directa por crímenes de lesa humanidad.

El caso Jhon Doe contra Chiquita Brands que actualmente se tramita en la jurisdicción de los Estados Unidos de Norteamérica fue una salida al alto grado de impunidad que azota a los colombianos. Lo primero que hay que recordar es que Chiquita Brands es la sucesora de United Fruit Company, la misma empresa relacionada con la masacre de las bananeras ocurrida en 1928, durante el gobierno del tristemente célebre Miguel Abadía Méndez.

Chiquita Brands afronta reclamación de indemnización civil en el estado de la Florida a causa de los hechos ocurridos en la década de los noventa en Colombia[2]. Los demandantes acusan a Chiquita Brands de financiar a la Autodefensas Unidas de Colombia – AUC quienes perpetraron múltiples masacres en las que aproximadamente 700 personas perdieron la vida. Los demandantes acudieron a esa jurisdicción americana ultra poderosa buscando compensación económica de la empresa controlante, básicamente porque en Colombia no hay ley civil que les vincule jurídicamente para obligarlos a indemnizar a las víctimas.

Sin embargo, el asunto jurídico aun está lejos de resolverse a favor de las víctimas, en el año 2019, la Tribunal del Distrito Sur de Florida falló a favor de los demandados y le concedió la petición de juicio sumario bajo la ley colombiana.  Esa decisión fue apelada y en la actualidad no hay decisión definitiva que confirme o revoque.

Bajo la ley colombiana ni Chiquita Brands, ni Postobón, ni Coca-Cola ni Drummond[3] ni ninguna otra sociedad comercial serán civilmente responsables por financiar grupos terroristas que hayan cometido masacres o crímenes de lesa humanidad. La estructura de la responsabilidad civil en Colombia es limitada y tiene un elemento bastante complejo de demostrar y es el nexo de causalidad. Demostrar la relación directa entre la financiación del grupo terrorista y los crímenes de tortura, homicidio, desaparición forzada, violencia sexual o de género, será todo un desafío. Principalmente porque en Colombia no existe la institución jurídica de los daños punitivos.

Entonces, así exista medio de prueba documental y testimonial que acredite que los administradores de esas empresas, bien sea en calidad de representantes legales o miembros de junta directiva, ordenaron la entrega de dinero a esos grupos terroristas para atacar sistemáticamente a la población civil colombiana, con el fin de facilitar su operación comercial o productiva en ciertos territorios, serán impunes, pues no hay un marco legal civil que los haga responsables.

En Colombia aplicamos el principio jurídico Nulla Poena sine Lege. Mientras no haya una reforma legal que atribuya responsabilidad civil y penal a las personas jurídicas de derecho privado por crímenes de lesa humanidad, Colombia seguirá siendo una ‘Banana Republic’[4].


[1] https://www.wradio.com.co/noticias/actualidad/banacol-rechazo-llamado-a-juicio-de-cuatro-de-sus-funcionarios-por-caso-chiquita-brands/20180904/nota/3794891.aspx consultado el 3 de julio de 2023.

[2] https://earthrights.org/case/doe-v-chiquita-brands-international/ consultado el 3 de julio de 2023.

[3] https://www.infobae.com/colombia/2023/05/21/las-empresas-colombianas-y-extranjeras-que-senalo-salvatore-mancuso-de-promover-el-paramilitarismo-en-el-pais/ consultado el 3 de julio de 2023.

[4] Cabbages and Kings. O. Henry

Juan Manuel Sáenz de Brigard

Abogado, Especializado en Derecho Tributario (Universidad Javeriana), Maestro en Derecho con énfasis en Negocios Internacionales (Birmingham City University). Litigante en diversas áreas del Derecho con más de 10 años de experiencia. Estructuración de negocios agroindustriales y forestales. Litigios internacionales, asesor de multinacionales de industria minera. Ex candidato a la Cámara de representante por Bogotá de la CCE.

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