“gracias a un decreto de estado de sitio, que no es tan garantista y le otorga amplísimas facultades legislativas al presidente, es que tenemos la Constitución que tenemos. Es decir, tuvimos que usar el talante antidemocrático, si se quiere, para pasar al democrático.”
A diferencia de la Carta Magna actual, estábamos, antes de 1991, regidos por la del 1886. Aquella Carta Política, también conocida como Constitución de Núñez, debido a que el presidente Rafael Núñez Moledo hizo los mayores esfuerzos por promulgarla, era de talante conservador, confesional, centralista y altamente presidencial. En síntesis, una Constitución bastante diferente a la que rige hoy en día.
Dicha Carta Magna tenía dentro de su articulado una figura excepcional, que se volvió la regla general: el famosísimo Estado de Sitio del artículo 121. Por ello, hubo una época en la República en la que el Congreso y las Altas Cortes de la época (Consejo de Estado y Corte Suprema de Justicia) se volvieron invisibles y puramente simbólicos, pues gracias a dicha situación extraordinaria, el Presidente quedaba investido transitoriamente de carácter legislativo, cosa que no es de un país democrático que digamos. Ahora bien, se preguntará el lector que qué era lo malo de la medida y argumentará que incluso esta nueva Constitución, a diferencia de la anterior, trajo 3 estados de excepción: pues lo malo fue que una medida transitoria se convirtió prácticamente en permanente y que su convocatoria se debía a altos sucesos oscuros en la historia de la República como ya veremos.
Examinemos, entonces. ¿Qué era lo que hacía que los presidentes declaran estado de sitio? Muchas cosas que hoy en día no pasan, por ejemplo, los exacerbados índices de violencia tanto en la zona rural como urbana, el narcotráfico y la alta debacle moral de la institucionalidad. Pero saben, no puedo ser tan contundente y severo con aquella medida, porque trajo consigo algo bueno: la posibilidad de que los colombianos se acercaran a las urnas a decidir si querían una nueva Constitución o no.
¿Acaso lo anterior no es paradójico? Sí, lo es, porque por medio del estado de excepción fue que el presidente de la República de aquella época, César Gaviria, convocó la papeleta para votar favorable o desfavorablemente por una Asamblea Nacional Constituyente y el 9 de octubre de 1990 se reunió la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, que resolvió declarar la constitucionalidad del decreto.
A quienes nos gusta el derecho constitucional esto nos parece un boom, porque gracias a un decreto de estado de sitio, que no es tan garantista y le otorga amplísimas facultades legislativas al presidente, es que tenemos la Constitución que tenemos. Es decir, tuvimos que usar el talante antidemocrático, si se quiere, para pasar al democrático.
¿A qué quiero ir con todo esto? A lo siguiente: en la historia hay momentos álgidos que hacen que se tomen decisiones, pero creo que hoy en día no tenemos uno de esos sucesos decisivos que hacen que tomemos decisiones sin neutralidad. Por ello, con el presidente Petro concuerdo en que hay temas de alta urgencia que tratar en el país y que necesitan cada vez más materialización, por ejemplo, el Acuerdo de Paz, el trabajo para mitigar la desigualdad y la lucha contra la corrupción. Sin embargo, dadas las condiciones de relativa estabilidad y fortaleza institucional del país, no es el momento para convocar una Asamblea Nacional Constituyente, pues ha mostrado la historia constitucional del país que siempre ha habido motivos fundados para su convocatoria y esta vez, al menos inmediatamente, no los hay.
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