Título Original: Estatuto disciplinario para la Policía Nacional Ley 2196 de 2022. “desde los dos extremos de la justicia disciplinaria” Primera entrega
A partir del presente artículo se hará entrega de ciertos apartes que constituyen la obra jurídica de este autor y que próximamente será publicada con el propósito de coadyuvar en la defensa de quienes en ocasiones padecen la angustia solitaria de un proceso disciplinario que eventualmente se torna despiadado para los muchos investigados que no gozan de formación jurídica y terminan defendiendo en causa propia sus intereses, viéndose “derrumbados” por el aparato punitivo del estado.
La obra jurídico literaria es pensada en los hombres y mujeres que a diario ponen en peligro su vida y que por diferentes circunstancias incluso del mismo quehacer terminan investigados y enfrentados solos al aparato sancionador del estado; la obra pretende convertirse en una guía pedagógica de reflexión y orientación para los funcionarios sujetos de la Ley 2196 de 2022, que no cuentan con formación jurídica ni recursos económicos suficientes para contratar los servicios de un profesional del derecho que ejerza en debida forma el derecho de contradicción y defensa. De igual manera, de considerarse podrá servir como guía para los funcionarios con atribuciones disciplinarias y litigantes que defienden los derechos en ocasiones limitados del personal disciplinable.
Su importancia radica en la observancia de los presupuestos legales que constituyeron el nuevo estatuto disciplinario (Ley 2196 de 2022), estudiados desde la perspectiva del escritor que fungió por más de once años como sustanciador y que además en su momento también padeció el rigor de una investigación disciplinaria, permitiéndole entender la importancia del adecuado ejercicio del derecho a la defensa en pro de la verdadera dialéctica que demanda la acción de esta naturaleza a cargo de instituciones castrenses, que al interior de sus filas hacen del derecho disciplinario una especialidad sui generis.
En la primera entrega se ha decidido traer por completo un mensaje de reflexión que, en el libro son las palabras de un investigado dirigidas a la oficina de control disciplinario interno que lo está procesando, letras en las que el disciplinable de manera desesperada y en medio de su soledad pide un proceso respetuoso de las garantías Constitucionales; escenario muy común en los estrados disciplinarios y que me inspiraron en la producción de un texto pedagógico que permita comprender las particularidades de la acción disciplinaria al interior de la entidad sobre la cual opera la norma ibidem.
Con ustedes, “la carta de reflexión”:
“(…) La vida nos reúne en torno a la frialdad y angustia que produce la calidad de investigado, por todos los medios he tratado de exponer a usted y a cuantos me han consultado la única verdad de los hechos por los que soy cuestionado, sin embargo, las pálidas hojas que resumen las decisiones disciplinarias me hacen sentir y entender mi soledad, si, esa soledad que me acompaña a enfrentar el sin número de señalamientos que le apuntan irremediablemente a sancionar, lo cual se hace más angustioso al verme en una lucha sin herramientas, sin el mínimo acompañamiento de un jurista que por lo menos me explique lo denso del lenguaje utilizado por quienes fueron encargados de investigar mi “comportamiento”.
Sé que luego del escaso cumplimiento de requisitos y por creer que la verdadera finalidad es corregir antes de prevenir y ejemplarizar, estoy aquí, frente a todos los que con asombro estudian una injusticia más, estoy en compañía de mis escasos conocimientos en derecho disciplinario, reducidos a los que recibí en mi escuela de formación, la misma en la que se dio origen a mi vida Policial, conocimientos que se alimentan con mi instinto de conservación laboral y me alientan a comprender que en ocasiones el quid del asunto no es la ley, el problema radica en sus intérpretes, en desconocer el contexto funcional de cada una de las instituciones públicas y especialmente en quienes se ha encomendado impartir justicia, esa a la que un día llamé “justicia disciplinaria”.
Perdonarán todos los que han intervenido, si en medio de mi angustioso afán de defensa he faltado a la “subordinación” o he desafiado los conocimientos y técnicas de la autoridad competente, sé que les asiste una tarea casi que apoteósica, pues les corresponde decidir el prescindir o no de mis servicios, tarea que espero sea apegada a la justa valoración de las pruebas recaudadas por el funcionario instructor y alejadas de motivaciones personales que terminen cambiando el rumbo de mi vida laboral.
Quiero insistir en que defenderé mi inocencia, aunque este claro que esa defensa sin conocer las particularidades de ese algo que le llaman “derecho disciplinario”, seguramente de nada servirá, soy consciente que el sentido del fallo será sancionatorio, sé que sin conocer de mi trabajo o del ejercicio de las funciones de mi cargo, me otorgan el calificativo de “malo”, “personaje” y de “irrespetuoso”.
Sí, como un león defiendo mis derechos, sé que no por decisión suya, sino por la estructura infortunada de un esquema denominado “competencia” le correspondió a una autoridad decretar, practicar y valorar pruebas, imputar cargos y finalmente a usted tomar decisión, solo usted, solo asumiendo el rol de juzgador sin comprender el verdadero valor de justicia, solo contra el expediente que desconoce de mi fuero interior, esa subjetividad que usted a pesar de los medios de prueba nunca podrá conocer, ese expediente que como si se tratara de una novela de terror contiene absurdos señalamientos y la cruel complicidad de quienes por temor a su inestabilidad aunque no se lo digan saben que deben declarar en mi contra, así implique incluso faltar a la gravedad del juramento, que en este curioso país resulta manipulable.
Quisiera contarles que mi angustiosa soledad se ha trasladado a mi familia, quienes se aferran a una oración milagrosa que ilumine su mente y le permita apartarse de sentimientos personales al momento de decidir mi continuidad en una institución a la que ofrendé los mejores años de mi vida y en la que incluso estuve dispuesto a perderla; ruego a usted valorar en sana crítica las probanzas que obran en la carpeta que otros sabedores llaman proceso, pues sé que de lo contrario la oración milagrosa de mi familia nunca tendrá el resultado esperado.
Finalmente, es mi voluntad manifestar que detrás de esa inexistente conducta por la que se pretende sancionar, en un sistema disciplinario carente de garantías y por las dificultades que enfrento en los desplazamientos tortuosos originados por nuestra geografía Colombiana, me arriesgo en me propia defensa, pues en ella se refugian los sueños de una familia y la esperanzadora fe en la justicia disciplinaria, de manera que si usted quisiera honrar el valor a la verdad, le invito a pensar como autoridad, le invito a pensar como fallador y no como uniformado, recuerde la importancia de la autonomía de la que por disposición legal goza, no olvide que por más reprochable que sea una conducta, su investigado merece un trato respetuoso y digno…”
Las anteriores frases son el abre bocas de lo que se encontrará en el libro que llamaré DESDE LOS DOS EXTREMOS DE LA JUSTICIA DISCIPLINARIA y que espero lanzar al público dentro de muy poco, una vez logre sobre pasar las barreras que en nuestro país indistinto de la finalidad o intensión, limitan la producción de obras jurídico-literarias que más allá del lucro personal, buscan facilitar la defensa disciplinaria de quienes no ostentan el título de abogado y que no cuentan con los recursos económicos para contratar los servicios de uno, pues el texto brindará un análisis de las faltas disciplinarias de la Ley 2196 de 2021, las sanciones y enseñará algunas herramientas de defensa absolutamente comprensibles para quienes carecen de formación jurídica, permitiendo el verdadero acceso a la administración de justicia disciplinaria en condiciones de igualdad.
Excelente artículo ,hijo, esperamos el libro muy pronto