El gobierno universitario y la elección popular de rectores

El pasado año 2024 dejó en evidencia una serie de fallas en los mecanismos de gobierno establecidos para las Instituciones de Educación Superior (IES) oficiales. El traumático proceso de designación de Leopoldo Múnera en la Universidad Nacional, la inesperada reelección en la Universidad de Antioquia del rector Arboleda, cuya gestión contribuyó  a los serios problemas financieros que hoy vive esta institución; las dificultades para llegar a una designación de rector en la Universidad Tecnológica de Pereira y la imposibilidad de desarrollar un proceso tranquilo de designación de rector en el Universidad Tecnológica del Chocó son algunos ejemplos que reflejan estos fallos. No es difícil observar cómo estos traumáticos procesos han puesto en peligro el cumplimiento de las funciones misionales asignadas a las IES, amenazando su autonomía y sometiéndolas a presiones y disputas políticas que las afectan negativamente.

Las fallas reseñadas, en buena medida, se originan en la manera como se designa a los miembros del Consejo Superior Universitario (CSU). Los mecanismos existentes facilitan que las universidades queden bajo el control de grupos de poder existentes, internos o externos, quienes en algunas ocasiones priorizan sus intereses o sus agendas políticas sobre los intereses a largo plazo de la institución.

El estudio titulado “Gobierno Corporativo en las Instituciones de Educación Superior en Colombia” de Guzmán, Trujillo y Restrepo (2015) reseña muchas de las falencias de gobierno en la IES. Una de las conclusiones más relevantes hace referencia a los consejos directivos de las instituciones, sus integrantes, sus funciones y su independencia. El estudio plantea la necesidad de establecer perfiles para estos cargos y exigir unos mínimos de formación y experiencia que garanticen un conocimiento profundo de las necesidades del sector educativo. Igualmente, menciona una serie de responsabilidades legales y morales de quienes asumen estos cargos, la necesidad de establecer mecanismos de selección que garantice su independencia, la urgencia de un código de buen gobierno y de políticas de regulación de los conflictos de intereses, entre otros muchos aspectos.

Es relevante entonces que miremos las mejores prácticas de universidades líderes a nivel mundial, así como los modelos de gobernanza basados en la meritocracia y en la adopción de mecanismos que estimulen las buenas prácticas del gobierno corporativo; prácticas que deben ir acompañadas de mecanismos de control efectivo a la gestión de sus directivos y profesores. Su propósito debe ser garantizar que en ejercicio de la autonomía universitaria se cumplan de manera adecuada las labores misionales que se encomiendan a estas.

Analizando los casos de las universidades de California , Lovaina, São Paulo y  Autónoma de México, todas de carácter público y de reconocida trayectoria, se encuentran elementos recurrentes. Para los miembros de los órganos de gobierno se establece como obligación actuar en el mejor interés de la Universidad, colocar los intereses de la Universidad y de la sociedad por encima de sus propios intereses, cumplir con sus responsabilidades con un alto grado de ética y franqueza. Se espera de los miembros que acepten su responsabilidad velen por la integridad de los recursos financieros, físicos e intelectuales de la Universidad y finalmente se solicita que los miembros de estos órganos revelen sus relaciones personales, familiares, comerciales u otros posibles conflictos de interés según corresponda. En correspondencia con la amplia autoridad y la responsabilidad conferida a estos órganos de gobierno universitario, se espera que cada miembro se familiarice con los programas educativos, de investigación y de servicio público de la Universidad, así como con los deberes, responsabilidades y obligaciones que se derivan del cargo que ocupan.

Las personas seleccionadas son de reconocido prestigio en el ámbito académico, industrial o social y con contribuciones significativas en su disciplina y conocedoras de la problemática educativa universitaria o en el campo de la CTeI. En esa medida, todos los miembros de los CSU deberían ser personas con calidades reconocidas, con experiencia relevante en áreas como finanzas, políticas públicas, ciencias, administración; además, que tengan una visión estratégica de las necesidades educativas y de investigación del país y de la región.  De esta manera, se puede lograr que las decisiones de los CSU de las universidades estén en manos de personas idóneas que no cedan fácilmente a presiones o injerencias indebidas.

Retomando el caso de los CSU en las IES del país, la ley 30 de 1992 establece cómo se conforman estos organismos. Para el caso de las universidades públicas de carácter departamental lo conforman, un delegado del ministro(a) de Educación Nacional, el gobernador(a) del Departamento, quien actúa como presidente, un miembro designado por el Presidente de la República que haya tenido vínculos con el sector universitario, sendos representantes de las directivas académicas, de los profesores, de los egresados, de los estudiantes, del sector productivo y de los ex rectores universitarios, además del rector que tiene voz pero no tiene voto. En total son nueve miembros con derecho a voz y voto, más el rector. El espíritu de esta norma busca que exista tanto representación interna como externa.

A continuación presentamos para la discusión algunas ideas de posibles mejoras en los procesos de conformación de los CSU y la designación de rector.

En la actualidad el Gobierno Nacional a través del Ministerio de Educación participa en los CSU y al mismo tiempo ejerce labores de control y vigilancia sobre ellas; este doble rol necesita ser clarificado e instrumentalizado de tal manera que no entren en conflicto; pues es indiscutible la conveniencia de contar con mecanismos de inspección y control para verificar el correcto cumplimiento de las políticas educativas por parte de las IES.

De tiempo atrás han surgido cuestionamientos sobre la representación del presidente de la República en el CSU, dado que el Gobierno Nacional ya está representado a través del MEN.  Una posible salida es que la designación se haga a partir de una terna propuesta por las 10 asociaciones científicas que hay en el país -agrupadas en el Colegio Máximo de las Academias de Colombia https://sci.org.co/colegio-maximo-de-las-academias/ – y que de esta terna el mandatario de turno designe a su representante.

Los representantes de empresarios y egresados deberían cumplir los requisitos que se establezcan a los miembros de los Consejos en términos de experiencia y conocimiento en temas educativos, lo que en la actualidad no siempre ocurre. La selección debería realizarse mediante un proceso público y participativo, en donde diversos organismos puedan proponer candidatos que cumplan unas calidades establecidas previamente. En el caso de la UdeA es el gobernador, presidente del Consejo Superior, quien designa al representante del sector productivo, una posibilidad es que se conforme una terna con personas designadas desde diversos orígenes, Cámaras de Comercio, Asociaciones Gremiales, etc. y de ellas sea designado el representante siempre que cumpla los requisitos establecidos para los miembros del CSU.

El representante de los exrectores es deseable que provenga de universidades diferentes a las que llegan como miembros del C.S.U.; es una manera se puede romper con la nociva endogamia y los circulos de poder que se han formado, sin dejar de recoger el valioso aporte que pueden hacer en los órganos de gobierno universitario. Otra razón para ampliar el abanico de candidatos es que generalmente el número de exrectores con el que cuentan las IES es reducido; a pesar de ello cuentan con una representación que tiene el mismo peso que otros estamentos más numerosos y de mayor importancia al interior de la universidad.

Los decanos o directivas académicas que tienen un miembro en el CSU deberían elegir a su representante mediante votación secreta para evitar la interferencia de la administración de turno como con frecuencia sucede. Además, es contradictorio que los miembros del equipo rectoral, designados por el rector, participen de la elección de uno de los miembros del CSU que luego se encargará de ejercer control sobre su gestión.

Respetando las diferentes formas de organización de los estudiantes, es muy importante motivarlos a participar en el CSU y que elijan representantes a partir de procesos democráticos ampliamente participativos. La importancia de la participación de los representantes estudiantil y profesoral está ligada a entender que el C.S.U es un espacio en donde se define la proyección estratégica de la institución, y se garantiza su sostenibilidad en el largo plazo acorde a las necesidades del país, a las tendencias mundiales en educación y a las realidades presupuestales. Los necesarios espacios para las peticiones y reivindicaciones de corto plazo se pueden instrumentalizar mediante otros mecanismos de representación y concertación.

El permitir la reelección de rectores dan cabida a una serie de prácticas muy reprochables de la política y nos distraen de la verdadera misión de la universidad pública. Debería considerarse aumentar a cinco años el periodo de los rectores, pero prohibiendo su reelección, de esta manera contarán con un tiempo justo para desarrollar un plan quinquenal para la institución y entregar resultados que puedan ser valorados en el tiempo. Los requisitos para ocupar el cargo de rector deberían estar orientados a garantizar la calidad académica, la capacidad de liderazgo y la trayectoria de quienes ocupen esta alta dignidad.

Aunque algunos proponen como salida la elección popular de rectores, y cursa en el Congreso de la República una iniciativa con este propósito, los hechos recientes demuestran lo inconveniente de adoptar este tipo de soluciones. Además de volver una contienda política una decisión que debería estar guiada por la meritocracia, en donde primen los conocimientos, la experiencia, el liderazgo  y los programas presentados por los candidatos, queda la pregunta si el concepto de elección popular, en donde solo participan los profesores y estudiantes que componen la universidad, si reflejan la voluntad de toda la sociedad. La elección popular como se propone es un mecanismo en donde solo un pequeño grupo de beneficiarios decide el destino de una institución que es patrimonio de toda la sociedad.

La consulta a los estamentos para la designación de rector, que tanta polémica ha generado por no ser decisoria, tiene su valor si se establecen algunas normas adicionales. Que sean un mecanismo para preseleccionar la terna final a presentar al CSU, como lo hace hoy la UN, y que solo sean tenidas en cuenta cuando participen por lo menos un porcentaje importante del potencial electoral del respectivo estamento.

Además de un CSU formado por personas de larga trayectoria en gestión educativa, se requiere implementar mecanismos de buen gobierno universitario que fortalezcan el ejercicio de la plena autonomía universitaria; lo que se logra solo si estos mecanismos incentivan las decisiones colegiadas, la transparencia en la gestión y propenden por una rigurosa rendición de cuentas a la comunidad universitaria, al CSU y a la sociedad.

Las prácticas del buen gobierno, entre otras labores, deben vigilar los conflictos de intereses que se puedan presentar en sus cuerpos directivos, validar las calidades de quienes asuman labores de dirección, establecer mecanismos de medición para el cumplimiento de metas e indicadores de gestión, validar la transparencia, eficacia y racionalidad en el uso de los recursos públicos y una correcta implementación de un sistema de costos. Defender la universidad pública pasa por hacer una gestión adecuada, transparente y rigurosa de su presupuesto. Los mecanismos de gestión modernos nos pueden ayudar a  mejorar el seguimiento, monitoreo y control en el uso de recursos. Velar por la eficiencia y la racionalidad en el uso óptimo de los recursos no es sinónimo de privatización de la educación como algunos lo argumentan.

Dado que la educación es de interés público lo deseable sería fortalecer los mecanismos de veeduría ciudadana que se ocupen de hacer seguimiento al quehacer de las universidades. La autonomía no exime a las IES de rendir cuentas a la sociedad que las arropa y las financia. Veedurías ciudadanas conformadas por miembros de las asociaciones científicas, intelectuales reconocidos, trabajadores del arte y la cultura, líderes de opinión, líderes empresariales, organizaciones no gubernamentales, entre otros partícipes, que incentiven una reflexión permanente en la sociedad sobre el papel que juegan las IES.

Este nuevo modelo de gobernanza debe tener como propósito fortalecer la democratización del acceso a la educación y facilitar el acceso a todos los sectores de la sociedad. Para lograrlo, la universidad debe contar con el apoyo del estado que garantice de manera completa su funcionamiento básico. En este momento es prioritario volver a impulsar la reforma de los artículos 86 y 87 de la ley 30 de 1992 acerca de la financiación de estas instituciones; pero al mismo tiempo hay que desarrollar iniciativas desde las universidades que les permitan conseguir mayores recursos producto de su gestión.

Instaurar las buenas prácticas en el gobierno universitario es apenas el comienzo de los retos que enfrentan hoy las universidades del país. El paso siguiente es construir una nueva mirada del papel de la educación respecto a los siglos XXI y repensar nuestro quehacer.  Es fundamental repensar el papel de la educación en el siglo XXI y encontrar un acuerdo nacional sobre su futuro. La educación como derecho fundamental también de adaptarse a las necesidades cambiantes de nuestra sociedad.

John Freddy Duitama M.

Profesor universitario.

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