Actualmente el sistema educativo colombiano le esta exigiendo a los futuros maestros, una excelente preparación académica, ya que quieren que sus alumnos aprendan bastante sobre una materia, pero porque no nos están dando el dinero para los materiales, es decir, por naturaleza somos didácticos entonces para nuestras clases nos gusta llevar fotocopias, carteleras etc, pero quién nos da este recurso económico? nadie.
Además, si queremos quejarnos con la secretaría de educación, el proceso se va a demorar, entonces nos tendremos que aguantar esta injusticia. Sumado esto, en los pueblos o veredas a los docentes les dan seis grupos (6-7-8-9-10-11). Y aparte el docente tiene que pagar transporte para llegar al colegio, que injusticia que un profesional de la educación tenga que sacar de su poco salario para pagar materiales, transporte, comida, etc. Esta obligación le corresponde a los jefes administrativos como decir el presidente, Ministros de educación.
Ahora miremos si el gobierno apoya a los estudiantes que ya recibieron un bachillerato de calidad, a entrar a la espera educación superior. Sabemos que cuando terminamos o culminamos el bachillerato, el paso a seguir es entrar a la universidad, es importante que nos matriculemos en la carrera que nos guste. Porque esto nos ayudará a ser profesionales íntegros y aptos para servirle a la sociedad; porque si no lo hacemos, seremos profesionales frustrados. Es interesante plantear este tipo de artículos de opinión para ayudar a las personas a tomar una buena decisión a la hora de elegir su carrera profesional.
Las normas legales que rigen la educación superior son:
“La Ley 115 de 1994 (Ley General de Educación), de conformidad con el artículo 67 de la Constitución Política, define y desarrolla la organización y la prestación de la educación formal en sus niveles de preescolar, básica (primaria y secundaria) y media, no formal e informal” Tomado de la página del Ministerio de Educación: http://www.mineducacion.gov.co/1621/w3-article-184681.html
“La educación superior, por su parte, es reglamentada por la Ley 30 de 1992 que define el carácter y autonomía de las Instituciones de Educación Superior -IES-, el objeto de los programas académicos y los procedimientos de fomento, inspección y vigilancia de la enseñanza”. Tomado de la página del Ministerio de Educación: http://www.mineducacion.gov.co/1621/w3-article-184681.html
“Estas dos leyes indican los principios constitucionales sobre el derecho a la educación que tiene toda persona, por su parte, las condiciones de calidad que debe tener la educación se establecen mediante el Decreto 2566 de 2003 y la Ley 1188 de 2008”. Tomado de la página del Ministerio de Educación: http://www.mineducacion.gov.co/1621/w3-article-184681.html
“El Decreto 2566 de 2003 reglamentó las condiciones de calidad y demás requisitos para el ofrecimiento y desarrollo de programas académicos de educación superior, norma que fue derogada con la Ley 1188 de 2008 que estableció de forma obligatoria las condiciones de calidad para obtener el registro calificado de un programa académico, para lo cual las Instituciones de Educación Superior, además de demostrar el cumplimiento de condiciones de calidad de los programas, deben demostrar ciertas condiciones de calidad de carácter institucional” Tomado de la página del Ministerio de Educación: http://www.mineducacion.gov.co/1621/w3-article-184681.html.
“Esta normatividad se complementa con la Ley 749 de 2002 que organiza el servicio público de la educación superior en las modalidades de formación técnica profesional y tecnológica, amplía la definición de las instituciones técnicas y tecnológicas, hace énfasis en lo que respecta a los ciclos propedéuticos de formación, establece la posibilidad de transferencia de los estudiantes y de articulación con la media técnica”. Tomado de la página del Ministerio de Educación: http://www.mineducacion.gov.co/1621/w3-article-184681.html
A continuación encontrará el listado de normas generales sobre Educación Superior que pueden ser útiles para la labor de Delegados y Representantes:
“Ley 30 de 1992 – Servicio Público de Educación Superior. Expresa normas por medio de las cuales se reglamenta la organización del servicio público de la Educación Superior”. (El Congreso de Colombia, 28 de Diciembre de 1992)” Tomado de la página del Ministerio de Educación: http://www.mineducacion.gov.co/1621/w3-article-184681.html.
“Decreto 1403 de 1993 – Reglamentación de Ley 30 de 1992. Establece que mientras se dictaminan los requisitos para la creación y funcionamiento de los programas académicos de pregrado que puedan ofrecer las instituciones de educación superior, estas deberán presentar al Ministerio de Educación Nacional por conducto del Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior (ICFES), con el fin de garantizar el cumplimiento de los fines de la educación, la información referida al correspondiente programa. Así también regula lo referido a la autorización de la oferta de programas de Maestría, Doctorado y Postdoctorado, de conformidad con la referida Ley. (Dado el 21 de Julio de 1993 y Publicado en el Diario Oficial N° 41.476 del 5 de agosto de 1994” Tomado de la página del Ministerio de Educación: http://www.mineducacion.gov.co/1621/w3-article-184681.html.
“Ley 115 de 1994 – Ley General de Educación. Ordena la organización del Sistema Educativo General Colombiano. Esto es, establece normas generales para regular el Servicio Público de la Educación que cumple una función social acorde con las necesidades e intereses de las personas, de la familia y de la sociedad. Respecto a la Educación Superior, señala que ésta es regulada por ley especial, excepto lo dispuesto en la presente Ley. «Excepto en lo dispuesto en la Ley 115 de 1994, sobre Educación Tecnológica que había sido omitida en la Ley 30 de 1992. Ver Artículo 213 de la Ley 115” Tomado de la página del Ministerio de Educación: http://www.mineducacion.gov.co/1621/w3-article-184681.html.
“Ley 489 de diciembre 29 de 1998 – Por la cual se dictan normas sobre la organización y funcionamiento de las entidades del orden nacional” Tomado de la página del Ministerio de Educación: http://www.mineducacion.gov.co/1621/w3-article-184681.html.
“Decreto 2230 de 2003 – Modificación Estructura Ministerio de Educación Nacional. Sanciona normas por las cuales se modifica la estructura del Ministerio de Educación Nacional, y se dictan otras disposiciones. Dado en Bogotá, D. C., a 8 de agosto de 2003” Tomado de la página del Ministerio de Educación: http://www.mineducacion.gov.co/1621/w3-article-184681.html.
“Decreto 644 de 2001 – Reglamentación sobre puntajes altos en Exámenes de Estado” Tomado de la página del Ministerio de Educación: http://www.mineducacion.gov.co/1621/w3-article-184681.html.
“Acuerdo No. 01 de Junio 23 de 2005. Consejo Nacional de Educación Superior, CESU, por el cual se expide el reglamento interno de funcionamiento”. Tomado de la página del Ministerio de Educación: http://www.mineducacion.gov.co/1621/w3-article-184681.html.
“Acuerdo No. 02 de Junio 23 de 2005 – Consejo Nacional de Educación Superior, CESU, por el cual se subroga el Acuerdo 001 de 2000 del Consejo Nacional de Educación Superior, CESU, y con el cual se expide el reglamento, se determina la integración y las funciones del Consejo Nacional de Acreditación” Tomado de la página del Ministerio de Educación: http://www.mineducacion.gov.co/1621/w3-article-184681.html.
“Resolución N° 183 de Febrero 2 de 2004 – Por la cual se define la organización de la Comisión Nacional Intersectorial de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior, CONACES” Tomado de la página del Ministerio de Educación: http://www.mineducacion.gov.co/1621/w3-article-184681.html.
“Decreto 4675 de 2006 – Por el cual se Modifica la Estructura del Ministerio de Educación Nacional” Tomado de la página del Ministerio de Educación: http://www.mineducacion.gov.co/1621/w3-article-184681.html.
“Decreto 4674 de 2006 – Por el cual se modifica la Planta Global del Ministerio de Educación Nacional” Tomado de la página del Ministerio de Educación: http://www.mineducacion.gov.co/1621/w3-article-184681.html.
“Decreto 4729 de 2007. Por el cual se otorga la Orden a la Educación Superior y a la Fe Pública «Luis López de Mesa». Tomado de la página del Ministerio de Educación: http://www.mineducacion.gov.co/1621/w3-article-184681.html
“Decreto 128 de enero 26 de 1976 – Por el cual se dicta el estatuto de inhabilidades, incompatibilidades y responsabilidades de los miembros de las juntas directivas de las entidades descentralizadas y de los representantes legales de estas” Tomado de la página del Ministerio de Educación: http://www.mineducacion.gov.co/1621/w3-article-184681.html.
“Ley 1286 de 2009 – «Por la cual se modifica la ley 29 de 1990, se transforma a Colciencias en departamento administrativo, se fortalece el sistema nacional de ciencia, tecnología e innovación en Colombia y se dictan otras disposiciones» Tomado de la página del Ministerio de Educación: http://www.mineducacion.gov.co/1621/w3-article-184681.html.
“Ley 29 de 1990 – «Por la cual se dictan disposiciones para el fomento de la investigación científica y el desarrollo tecnológico y se otorgan facultades extraordinarias.» Tomado de la página del Ministerio de Educación: http://www.mineducacion.gov.co/1621/w3-article-184681.html.
“Ley 749 de 2002 – Por la cual se organiza el servicio público de la educación superior en las modalidades de formación técnica profesional y tecnológica, y se dictan otras disposiciones”.
Tomado de la página del Ministerio de Educación: http://www.mineducacion.gov.co/1621/article-85847.html
“Decreto 1295 de 2010 – Por el cual se reglamenta el registro calificado de que trata la Ley 1188 de 2008 y la oferta y desarrollo de programas académicos de educación superior” Tomado de la página del Ministerio de Educación: http://www.mineducacion.gov.co/1621/w3-article-184681.html
Algunas veces pensamos que si estudiamos Psicología, Licenciaturas en Educación o Derecho ganaremos dinero; pero ante todo hay que decir lo siguiente: lo importante aquí, no es el dinero, sino la tranquilidad y satisfacción de saber que esos cinco años valieron la pena, porque estudiamos lo que quisimos, y ahora lo restante es poner en práctica lo aprendido.
Este sería el pensamiento que todos los universitarios deberíamos tener y no pensar a cada rato en el dinero, porque ese se acaba rápido, en cambio el orgullo de ser lo que siempre soñamos no se compara con nada.
Retomando el tema principal, cuando pasamos a la Universidad, es aconsejable tener en cuenta, que todo va a diferente, por ejemplo: Algunos compañeros van a ser antipáticos, otros amables, y algunos serán groseros; sin embargo, lo importante es no dejarnos afectar por eso, ya que todo es un proceso de conocimiento social, porque en el lugar que sea existirán este tipo de personas.
Se puede concluir diciendo que la vida universitaria es una etapa importante y valiosa para nuestra vida, ya que allí, aprenderemos a formarnos como personas llenas de valores, también tendremos criterios humanísticos con los cuales desarrollaremos un léxico impecable.
Además es necesario que veamos la Universidad como un tiempo para reflexionar y aprender de todas las personas que se encuentran a nuestro alrededor.
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