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Definitivamente a menos que se activen los medios de control judicial, la historia otorgará la razón o reprochará la toma de decisiones relativas al aumento para algunos desacertado del salario mínimo vital y móvil como es identificado por el artículo 53 de la Carta Política, que hoy pretenden cambiar.
Y es que, mientras unos lamentan la decisión de aumentar el salario mínimo en veintitrés por ciento (23%), otros sonríen y celebran que éste haya alcanzado tal cumbre inesperada por todos, incluso por las mismas centrales obreras, pero que en parte reconoce el trabajo digno, la mano de obra respetuosa, la igualdad económica y el sudor de quienes día a día le aportan de manera favorable al crecimiento de país.
Colombia enfrenta un hecho histórico política y económicamente hablando, en el que a través del Decreto 1469 del 29 de diciembre de 2025, el gobierno nacional fijó el 23% de aumento del salario mínimo, porcentaje que ha desatado una lluvia de críticas polarizando la opinión y haciendo más amplio el desacuerdo entre ciertos sectores, generando temores que de apoco se adueñan de las conversaciones de barrio.
Sin duda, mientras que la técnica económica clásica enseña el posible impacto negativo que pueda causar el aumento del salario mínimo sobre la inflación, los precios, la canasta familiar, el consumo y especialmente en la generación o conservación de empleos, para el premio Nobel de Economía (2021) David Card, la idea defendida por los economistas tradicionales según la cual salarios mínimos más altos significan menos empleos resulta de especial análisis y obedece a una tesis por reescribir, pues según el citado académico:
“[…] Si hay un gran número de trabajadores que ganan exactamente el mínimo y los empleadores simplemente salen y contratan a los trabajadores con el salario mínimo entonces es una situación económica algo diferente y se esperaría que esos ajustes, que ese aumento del salario mínimo, si tendrían algunos efectos negativos sobre el empleo…”[1] (Cursivas fuera del texto)
Por su parte, para el también premio Nobel de Economía (2021) Joseph Stiglitz, pensar que el aumento del salario mínimo respecto de la generación o pérdida de empleo funciona igual a la fórmula de oferta y demanda, corresponde a “una especie de creencia religiosa”, pues según resultados de investigaciones empíricas han demostrado lo contrario, como sucedió en la década de los 90 en Estados Unidos.
De las propuestas elevadas por los importantes economistas, es de rescatar la perspectiva de análisis focalizada a sectores y regiones de manera distinta, de tal suerte que, previo a fijar el aumento del salario mínimo es de conocer la realidad económica de cada uno de los territorios en los que tendrá vigencia y de esa manera definir el costo de vida para luego establecer o no porcentajes en aumento.
Ahora bien, en publicación del Departamento Nacional de Planeación titulada “El incremento del salario mínimo es una apuesta del gobierno nacional para garantizar ingresos dignos y mejorar la productividad del país”, señaló:
“[…] En diciembre de 2025, la OIT presentó ante la Comisión Permanente de Concertación un estudio para Colombia, sustentado en la Encuesta Nacional de Presupuestos de los Hogares, que estima el costo de los gastos esenciales en cuatro grandes grupos: alimentación, vivienda, salud y educación, y otros esenciales. Según este ejercicio, el gasto mensual de una familia promedio de cuatro personas en 2024 es de 2’982,960 millones. Al considerar el número promedio de trabajadores por hogar (1,5), el salario vital por persona se puede estimar en cerca de $2 millones mensuales…” (Cursivas propias) (OIT. Organización Internacional del Trabajo)
Una y otra postura invitan a reflexionar en ¿quién tendrá la razón?, será que como lo señalan las agremiaciones, las organizaciones económicas, la industria, entre otras, ¿Colombia entrará en una especie de debacle laboral?, o por el contrario el aumento del salario mínimo que dignifica la mano obrera ¿impactará favorablemente la producción y en consecuencia habrá más consumo?
Para este autor, es de insistir que solo la historia dará la razón, a menos que como se indicó en líneas anteriores se activen por parte de algún interesado los mecanismos judiciales, en igual términos a lo acontecido en el año 2016 y que resultó ser el génesis de la sentencia radicada con el número 11001-03-25-000-2016-00019-00 (0034-2016), proferida por la honorable Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Segunda, con ponencia del Doctor GABRIEL VALBUENA HERNÁNDEZ, en la que se estudió la Nulidad del Decreto 2552 de 2015 que fijó el salario mínimo legal para el año 2016.
Decisión en la que acudiendo a la figura de Conjuez, declaró la nulidad del Decreto 2552 de 30 de diciembre de 2015, al considerar que “(…) la motivación del acto administrativo mediante el cual se fija el salario mínimo deberá explicitar con la mayor claridad y precisión, los fundamentos económicos, sociales, técnicos y financieros que llevan al Gobierno Nacional a fijar el salario mínimo en una cuantía determinada, de tal suerte que los ciudadanos puedan conocer las razones objetivas de su determinación…”
Trámite judicial que por tratarse de una nulidad simple, a voces del artículo 137 de la Ley 1437 de 2011, cualquier persona por sí, o por medio de representante, podrá solicitar que se estudie la legalidad del acto de carácter general, sin embargo, en época electoral media un costo político que seguramente pocos estarían en condiciones de asumir, ello porque demandar el acto administrativo (Decreto1469) terminaría siendo una ofensa a la clase obrera, de tal manera que, ¿Cuál de los candidatos por amor o convicción en el “daño que se causará con el aumento” está dispuesto a ser fiel a sus pensamientos aunque ello implique perder posibles electores?
Pues bien, más allá de intereses económicos, partidistas o de cualquier otra naturaleza, desde la academia jurídica vale la pena evaluar el Decreto1469 de 2025, a efectos de identificar el nivel y grado de sustancialidad que sirvieron de fundamento para el aumento que hoy genera sentimientos encontrados en una relación que, sin lugar a dudas aunque tóxica para estas épocas, hablando de trabajadores y empresarios, resulta indispensable para un estado como el Colombiano que demanda con urgencia de unidad, de intereses comunes y de fines erigidos a incrementar el Producto Interno Bruto (PIB), con el propósito de aunar esfuerzos para dejar de ser “un país en vía de desarrollo”, como lo vienen enseñando por lo menos desde que tengo uso de razón.
Finalmente, sea la oportunidad para invitar a leer notas de prensa publicadas por diferentes medios en las que se realizó un análisis a países como Brasil, Ecuador y Bolivia, en los que gobiernos de izquierda incrementaron el salario mínimo en cifras “escandalosas” y pese a ello no se afectó la inflación, pero si lograron reducir la pobreza y mejorar el poder adquisitivo; estudio del que se espera que, la opinión pública deje de ser un constructo de odios dando paso a la objetividad, pues lo acontecido en Brasil para la época del expresidente Lula da Silva, son lecciones que ameritan el conocimiento de la sociedad y la generación de espacios de discusión académica.
[1] Tomado de https://www.bloomberglinea.com/2021/10/21/si-el-minimo-es-como-el-salario-medio-subirlo-podria-ser-negativo-en-el-empleo/












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