La justicia que no llega: cuando las regiones se adelantan al Estado

En Colombia, la desconfianza hacia el aparato judicial ha dejado de ser un murmullo para convertirse en un clamor colectivo. Para el ciudadano común, el sistema parece moverse entre rebajas de pena, libertades anticipadas y vencimientos de términos que, en la práctica, se perciben como premios a la impunidad. Mientras tanto, en las orillas del Estado, allí donde la institucionalidad llega tarde o no llega, resurgen formas comunitarias de resolución de conflictos que, con todos sus matices y riesgos, a menudo producen más orden que el propio ordenamiento jurídico. Este contraste, incómodo pero innegable, revela un divorcio profundo: por un lado, el lenguaje solemne de la ley; por otro, la experiencia cotidiana de una justicia que, ante la ausencia estatal, termina resolviéndose por mano propia. Y esto no ocurre solo en la periferia rural; sucede, de manera cada vez más visible, en el mismísimo corazón del centralismo: Bogotá.

No se trata de negar los avances normativos ni de idealizar la informalidad. Se trata de admitir que el modelo centralista luce exhausto. Colombia es un país pluricultural y plurirregional; sin embargo, ha pretendido administrar justicia con una plantilla única, diseñada desde y para un centro que con frecuencia desconoce las periferias. La imagen es tosca, aunque útil: tratamos de vestir un cuerpo continental con un traje europeo de talla estándar; el resultado es torpeza, parálisis y frustración generalizada.

Nuestro sistema, diseñado bajo parámetros homogéneos, ignora la diversidad de legitimidades que conviven en el territorio. En Bogotá, por ejemplo, se debaten protocolos de justicia restaurativa en seminarios bienintencionados; en contraste, comunidades afro del Chocó han practicado durante generaciones formas eficientes de reparación y reintegración, y en la Amazonía los pueblos indígenas sostienen nociones de justicia profundamente vinculadas al entorno y a la recomposición del tejido social, no al mero castigo.

La pregunta es inevitable: ¿por qué insistir en un único modelo cuando el país exhibe realidades tan disímiles? No se trata de un elogio a la informalidad por sí misma, sino de un llamado a reconocer lo que ya funciona y a integrarlo dentro de un marco constitucional que lo regule y lo potencie.

Álvaro Gómez Hurtado habló de la “presencia diferenciada del Estado” para describir una nación donde la autoridad no llega igual a todas partes. En vastas zonas rurales, esta realidad se expresa en un dato crudo: cuando a un campesino le usurpan su tierra, su primer recurso no es un juzgado; acude a quien ejerce autoridad efectiva en el territorio. Durante décadas, en numerosos municipios, esa autoridad ha sido un comandante guerrillero o un jefe paramilitar.

¿Por qué ocurre esto? Porque al intentar resolverlo por vías institucionales, se le exigirían escrituras, planos y folios en una Colombia con altísimas tasas de informalidad en la propiedad. El pleito se eterniza, la violencia escala y la convivencia se rompe. En cambio, le guste o no al observador, el actor armado resuelve en horas lo que el despacho judicial tramitaría en años. No es un ideal: es la expresión brutal de un vacío estatal. La respuesta no puede ser romantizar la violencia, pero tampoco negar el fenómeno: sin justicia accesible y oportuna, la gente busca juez donde lo haya.

Este mismo patrón se replica en contextos urbanos. En barrios como Ciudad Bolívar, Kennedy o Bosa, cuando la delincuencia se desborda, los vecinos no esperan pasivamente: forman “vigías” o “frentes de seguridad”, aplican castigos expeditivos a presuntos vándalos o ladrones y, en casos extremos, recurren a la llamada “limpieza social”. No se trata de anécdotas aisladas: son la expresión urbana del mismo vacío que, en el campo, alimenta a los “comandantes”. Aquí, el juez de facto no es un actor armado, sino la turba enardecida o grupos organizados de vecinos desesperados.

Hay ejemplos que el debate oficial suele soslayar por su carga polémica. En zonas de Urabá y del norte de Córdoba, comunidades han ejercido sanciones ejemplares contra agresores violentos: desde trabajos comunitarios hasta mecanismos de vigilancia social y reparación directa a las víctimas. No es un sistema perfecto —ninguno lo es— y conlleva riesgos de arbitrariedad. Aun así, para muchas de estas comunidades, los resultados son tangibles: menos extorsión, mayor seguridad nocturna y disuasión efectiva.

En Castilla, corregimiento del norte de Córdoba, un delincuente reincidente fue juzgado públicamente y condenado a reparar caminos vecinales. Meses después, la comunidad reportaba una sensación de mayor seguridad; el sancionado, bajo supervisión social, se había reincorporado a labores productivas. ¿Garantiza esto la ausencia de abusos? No. ¿Muestra que la comunidad, cuando se organiza, puede generar orden donde el Estado ha sido errático? Indiscutiblemente sí.

La diversidad jurídica no implica caos. Nigeria reconoce sistemas consuetudinarios junto a tribunales estatales. Guatemala admite la justicia maya en ámbitos comunitarios. Incluso en Somalia, tras el colapso estatal, el derecho consuetudinario (Xeer) mantuvo cierta paz local en territorios huérfanos de gobierno central. No se trata de copiar modelos, sino de aceptar un principio elemental: la unidad nacional no exige uniformidad absoluta.

Por ello, vale la pena discutir sin eufemismos un federalismo judicial por regiones culturalesAndina, Caribe, Pacífica, Amazonía, Orinoquía e Insular— con autonomía regulada para adaptar procedimientos, sanciones y prioridades. No es carta blanca, sino elasticidad responsable.

  1. La Constitución como techo y piso: derechos fundamentales inamovibles.
  2. Asambleas legislativas regionales con competencia en materia penal y penitenciaria.
  3. Cortes regionales con jueces formados en prácticas locales.
  4. Coordinación interregional para criminalidad transfronteriza.
  5. Sistemas penitenciarios diferenciados, con énfasis en penas alternativas donde el encarcelamiento masivo ha fracasado.

Polémicas que debemos enfrentar

  1. “¿No legitima esto la justicia por mano propia?” No. Se trata de dotar de marco jurídico a prácticas comunitarias que ya existen, evitando excesos y garantizando derechos.
  2. “¿No habrá disparidades intolerables?” Las hay hoy, solo que clandestinas y sin control. Un federalismo judicial serio visibiliza, regula y somete a estándares mínimos esas diferencias.
  3. “¿No se abrirá la puerta a castigos degradantes?” Cláusulas pétreas deben prohibir torturas y tratos crueles. La autonomía no es sinónimo de barbarie.

Conclusión: la justicia no espera al Estado

El centralismo judicial prometió igualdad; entregó indiferencia. Las regiones, con todas sus tensiones, ya están buscando soluciones. El deber del Estado no es aplastarlas: es encauzarlas. Como dijo Alirio Pineda, campesino de la Sierra Nevada, con sabiduría sencilla:

Durante siglos nos han dicho cómo debemos resolver nuestros conflictos, pero quienes nos lo dicen no resuelven los suyos”.

El debate está servido. Negarlo es condenarnos a repetir los mismos errores, mientras el clamor por justicia continúa creciendo en la periferia de un Estado que aún no decide escuchar.

Julián Ramírez

Asesor en Relaciones Internacionales y Geopolítica. Politólogo e Internacionalista por la Universidad Sergio Arboleda, con formación de posgrado en Estrategia y Geopolítica en la Escuela Superior de Guerra.

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