La concepción del Estado de derecho recae en una premisa fundamental que es la separación de poderes. Dicha doctrina es conocida por la obra El espíritu de las leyes (1748) escrita por Montesquieu, en donde se establece la separación de poderes de manera tripartita: el poder ejecutivo, legislativo, y judicial, los cuales deben actuar de manera independiente para ser contrapesos entre sí. En tal sentido, cualquier intervención del poder judicial en las Políticas Públicas y la distribución de recursos públicos recaería tanto en el riesgo de independencia como en la efectividad y legitimidad de estas.
Ahora bien, habría que tener claro: ¿Cuáles son las funciones de los jueces? Conceptualmente son los encargados de resolver conforme a la ley las controversias jurídicas que se susciten en la sociedad, por lo que no están facultados para la creación y/o ejecución de leyes o Políticas Públicas. Friedrich August von Hayek, autor de Los fundamentos de la libertad (1960), indica que el Estado de derecho implica precisamente que las leyes deben ser generales, abstractas y de aplicación imparcial; no obstante, los jueces al extralimitarse de sus competencias y tomar decisiones de índole económico o distributivo corrompen los principios del Estado de derecho y ponen en riesgo la democracia misma, pues dejan de ser árbitros neutrales e imparciales para convertirse en actores políticos.
Lo anterior se puede ejemplificar con la Sentencia T-760 de 2008, en la que la Corte constitucional colombiana ordenó al Estado adoptar medidas específicas en el sistema de salud. Si bien las buenas intenciones van dirigidas a la protección de derechos fundamentales, esta práctica forzó al ejecutivo y legislativo a redirigir recursos y priorizar Políticas Públicas, comprometiendo la separación de poderes y generando una incertidumbre jurídica y un desbalance institucional.
Asimismo, sucedió con la Sentencia C-055 de 2022, en la cual la Corte Constitucional regula el aborto, ampliando sus causales para llevarse a cabo y permitiéndolo hasta las 24 semanas de gestación sin necesidad de justificación. Nuevamente la Corte se encuentra extralimitándose en sus funciones al establecer estándares legislativos.
De hecho, la participación del poder judicial en la asignación de recursos contradice en pila el principio de eficiencia que deben tener las Políticas Públicas. Un juez no tiene la capacidad técnica ni el acceso al presupuesto público para poder enfrentar decisiones que afecten al país desde el punto de vista fiscal. Por tanto, por muy bien intencionadas que sean las regulaciones del poder judicial, estas deben recaer en el poder legislativo, quien tiene la función de regular en aras de evitar decisiones ineficientes e irresponsables.
Además, la intervención judicial en políticas distributivas genera externalidades negativas. Por ejemplo, al ordenar la asignación de recursos para un sector específico, como salud o educación, se puede desatender la financiación de otras prioridades estatales igualmente críticas. Milton Friedman en Capitalismo y libertad (1962), sostiene que las decisiones económicas centralizadas –en este caso, por los jueces– tienden a ser menos efectivas y más susceptibles de generar resultados no deseados.
El respeto por la separación de poderes no significa que el Estado deba ser indiferente frente a las necesidades de sus ciudadanos. Sin embargo, garantizar derechos sociales y económicos debe ser tarea de los órganos democráticamente elegidos, quienes tienen la legitimidad y el mandato popular para decidir cómo se distribuyen los recursos. De lo contrario, como señala Ludwig von Mises en La acción humana (1949), el exceso de intervencionismo puede degenerar en un Estado paternalista que erosiona las libertades individuales.
En conclusión, permitir que los jueces participen activamente en las Políticas Públicas representa un retroceso en los ideales del Estado de derecho y de la democracia per se. Respetar la independencia de las ramas ejecutiva, legislativa y judicial no es una mera formalidad, sino una garantía para preservar las libertades individuales frente a la concentración del poder. Si el poder judicial continúa extendiendo su influencia sobre áreas que no le competen, corremos el riesgo de debilitar las bases mismas de nuestra democracia y de comprometer el futuro de una sociedad libre y próspera.
La versión original de esta columna apareció por primera vez en nuestro medio aliado El Bastión.
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