La entrada en vigencia del acuerdo 028 del 2017, mediante el cual se modifica y actualiza el sistema de participación ante el PP, trae como aspecto adicional un esquema de tramas e incertidumbres que deslumbran la participación de la comunidad y pone en vilo el ejercicio ampliamente participativo de líderes y lideresas de las diferentes zonas del Municipio de Medellín, llámese comunas o corregimientos.
Uno de los argumentos más utilizados por parte de la administración durante el tiempo de socialización y debate para la construcción del acuerdo 055, ahora llamado acuerdo 028, era que los recursos de PP y los Consejos Comunales estaban siendo manipulados y dominados por personas inescrupulosas abyectas a los procesos sociales y comunitarios de los territorios, comentarios que en cierto momento genero indigestión y polémica dentro de los mismos habitantes del territorio. Ahora con la entrada en vigencia de este nuevo acuerdo, 028 del 2017, no sabemos si lo que se presenta es peor o doblemente peor de lo que se realizaba en el sistema anterior con el acuerdo 043 del 2007. Primero, porque coarta el nivel de participación de los líderes dentro de los consejos comunales, hago claridad en este apartado, de un Consejo Comunal que estaba integrado con cerca de 200 y 205 participantes renovados cada año, ahora pasa a estar conformado con cerca de 30 y 40 participantes por un periodo de 4 años, esto desde luego representa un cambio radical y sustancial dentro de esta corporación.
Como segundo, las ideas de proyecto que los Consejos Comunales deberán priorizar junto con la comunidad, deberán ir ligados al Plan de Desarrollo Municipal, que en síntesis, es el plan de gobierno del Alcalde, y los planes de desarrollo local deberán ir acorde con el POT (Plan de Ordenamiento Territorial) parecerá en estos momentos que se trata de un proceso articulado, pero es más una imposición arbitraria que una voluntad ciudadana por planearse el territorio de acuerdo a las problemáticas y necesidades de cada sector. Es un arbitrio completo si retomamos los antecedentes históricos del PP que develan su función y el motivo de su creación, donde la ciudadanía de acuerdo a sus intereses y necesidades inciden en la distribución porcentual del gasto público. Ilustrado de otra manera, no es lo mismo las necesidades reflejadas en la comuna 14 el Poblado a las necesidades de la comuna 8 Villahermosa, cada territorio tiene su identidad al igual que sus problemáticas e intereses, y una imposición de proyectos significa que habrá un Consejo Comunal y Corregimiental sesgado y manipulado por la administración. Y eso que sin contar con las diversas maniobras que tendrán que realizar los consejeros o representantes cuya intención sea la de perpetuarse en el puesto, como ha sucedido en muchas otras corporaciones sociales y políticas.
Como tercero y último, se le quita participación a la JAL, pues ya no será el encargado de elaborar junto con la comunidad los Planes de desarrollo local, sino que será el Consejo Comunal y Corregimental de Planeación el ente encargado de hacerlo y posteriormente el DAP (Departamento Administrativo de Planeación) el encargado de elaborar el direccionamiento técnico y metodológico.
En síntesis, el Consejo Comunal y Corregimental de Planeación no será más que una corporación maquillada con cara de “Participación” y “Democracia”, la incertidumbre frente a este tema es enorme, ya se realizaron en muchas comunas y corregimientos elección a representantes, de la cual muchas organizaciones y JALS no participaron en razón de su desacuerdo con las nuevas modificaciones que se le introdujeron al acuerdo 043 del 2007 con la entrada en vigencia del nuevo acuerdo 028 del 2017, que ya empezó a regir pero que se hará mucho más efectivo para el próximo año 2018. Desde luego, estaremos a la expectativa y ejerciendo control y vigilancia a esta nueva dinámica de participación con PP.